Novedades Legislativas

Bizkaia regula el tratamiento en el IRPF de las cantidades que se restituyan por cláusulas suelo

En el Boletín Oficial de Bizkaia de 14 de marzo de 2017 se ha publicado el DECRETO FORAL NORMATIVO 1/2017, de 7 de marzo, por el que se modifica la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en relación con las denominadas cláusulas suelo.

La sentencia del Tribunal Supremo de fecha 9 de mayo de 2013 declaró la nulidad, por su carácter abusivo, de las cláusulas suelo. Sin embargo, limitó temporalmente la retroactividad de la declaración de nulidad, de manera que no afectaría ni a las situaciones definitivamente decididas por resoluciones judiciales con fuerza de cosa juzgada ni a las cantidades satisfechas antes del 9 de mayo de 2013, fecha de la sentencia. El 21 de diciembre de 2016 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado sentencia en los asuntos acumulados C-154/15, C-307/15 y C-308/15 ha fallado que el artículo 6, apartado 1, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con las personas consumidoras, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una jurisprudencia nacional que limita en el tiempo los efectos restitutorios vinculados a la declaración del carácter abusivo de las cláusulas citadas.

La rebaja del tipo impositivo de los libros electrónicos: una reforma inminente de la Directiva del IVA

Ayer, 7 de marzo de 2017, se anunció mediante comunicado del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la publicación de una nueva sentencia en materia de tipo impositivo de IVA aplicable a los libros electrónicos. Y ya va la tercera, puesto que, meses antes, las sentencias de 5 de marzo de 2015, en los asuntos C-479/13 y C-502/13, ya habían resuelto en el mismo sentido que esta última.

El procedimiento judicial fue diferente -por la vía del incumplimiento de Estado las dos primeras, por la de petición de decisión prejudicial esta última-, pero la conclusión la misma: el tipo impositivo del IVA aplicable al suministro de libros digitales por vía electrónica es el tipo general, dado que no pueden considerarse otra cosa que servicios prestados mediante vía electrónica, y estos, como categoría general, no están beneficiados por la aplicación de ningún tipo impositivo reducido.

Álava regula el tratamiento en el IRPF de las cantidades que se restituyan por cláusulas suelo

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava de 8 de marzo de 2017 se ha publicado el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 2/2017, del Consejo de Gobierno Foral de 28 de febrero, que modifica el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en relación con las denominadas cláusulas suelo.

La sentencia del Tribunal Supremo de fecha 9 de mayo de 2013 declaró la nulidad, por su carácter abusivo, de las cláusulas suelo. Sin embargo, limitó temporalmente la retroactividad de la declaración de nulidad, de manera que no afectaría ni a las situaciones definitivamente decididas por resoluciones judiciales con fuerza de cosa juzgada ni a las cantidades satisfechas antes del 9 de mayo de 2013, fecha de la sentencia. El 21 de diciembre de 2016 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado sentencia en los asuntos acumulados C-154/15, C-307/15 y C-308/15 ha fallado que el artículo 6, apartado 1, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con las personas consumidoras, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una jurisprudencia nacional que limita en el tiempo los efectos restitutorios vinculados a la declaración del carácter abusivo de las cláusulas citadas.

Gipuzkoa regula el tratamiento en el IRPF de las cantidades que se restituyan por cláusulas suelo

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de 6 de marzo de 2017 se ha publicado el DECRETO FORAL-NORMA 1/2017, de 28 de febrero, por el que se determina el tratamiento en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de las cantidades percibidas como consecuencia de la restitución de las cantidades satisfechas en aplicación de las cláusulas suelo.

La sentencia del Tribunal Supremo de fecha 9 de mayo de 2013 declaró la nulidad, por su carácter abusivo, de las cláusulas suelo. Sin embargo, limitó temporalmente la retroactividad de la declaración de nulidad, de manera que no afectaría ni a las situaciones definitivamente decididas por resoluciones judiciales con fuerza de cosa juzgada ni a las cantidades satisfechas antes del 9 de mayo de 2013, fecha de la sentencia. El 21 de diciembre de 2016 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado sentencia en los asuntos acumulados C-154/15, C-307/15 y C-308/15 ha fallado que el artículo 6, apartado 1, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con las personas consumidoras, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una jurisprudencia nacional que limita en el tiempo los efectos restitutorios vinculados a la declaración del carácter abusivo de las cláusulas citadas.

Establecimiento de la obligación de identificar la residencia fiscal de los titulares de cuentas financieras en Álava

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava del 1 de marzo de 2017 se ha publicado el DECRETO FORAL 6/2017, de 21 de febrero, del Territorio Histórico de Álava, del Consejo de Gobierno Foral, que establece la obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras y de suministro de información acerca de las mismas en el ámbito de la asistencia mutua.

Cantabria aprueba medidas fiscales

El 28 de febrero de 2017, se ha publicado la Ley de Cantabria 2/2017, de 24 de febrero, de Medidas Fiscales y Administrativas.

De dicha Ley, cabe destacar que en relación con los tributos propios:

  • Se procede a la actualización de Tasas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y de sus Entes de Derecho Público elevando los tipos de cuantía fija hasta la cuantía que resulte de la aplicación del coeficiente 1 por ciento al importe exigido para el ejercicio 2016.

Valor de negociación medio del 4.º trimestre de 2016 de los valores negociados en mercados organizados a efectos del impuesto sobre el patrimonio

Próximo el comienzo del plazo de presentación de la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio, correspondiente al ejercicio 2016 y de la declaración, por parte de las entidades depositarias de valores mobiliarios, de la declaración informativa anual acerca de la valoración de las acciones y participaciones en el capital o en los fondos propios de entidades jurídicas y de los valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios, negociados ambos en mercados organizados (modelo 189 de declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas aprobada por Orden EHA/3481/2008, de 1 de diciembre), la Orden HFP/145/2017, de 20 de febrero (BOE de 24 de febrero), aprueba la relación de valores negociados en Bolsa con su cotización media correspondiente al cuarto trimestre de 2016; la relación de valores negociados y su cotización, en el último trimestre del año, en el mercado de Deuda Pública en Anotaciones, así como la relación y los valores medios de cotización del mercado de la Asociación de Intermediarios de Activos Financieros (AIAF) del último trimestre de 2016.

Modificaciones de los Reglamentos del IRPF e IS de Álava

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava del 22 de febrero de 2017 se ha publicado el DECRETO FORAL 3/2017, del Consejo de Diputados de 14 de febrero, que modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades.

Mediante esta norma se introduce un nuevo supuesto de retención e ingreso a cuenta para las ganancias patrimoniales procedentes de transmisión de derechos de suscripción en el Reglamento del IRPF alavés, con efectos desde el 1 de enero de 2017, naciendo dicha obligación en el momento en que se formalice la transmisión de dichos derechos de suscripción, cualquiera que sean las condiciones de cobro pactadas. El porcentaje de retención correspondiente que se establece es del 19 por ciento de su importe.

Proyecto de Orden de aprobación modelo 221 “Prestación patrimonial por conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración tributaria”

Proyecto de Orden de aprobación modelo 221 “Prestación patrimonial por conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración tributaria”

Como es conocido, la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016 introdujo la disposición adicional decimotercera en la Ley del impuesto sobre sociedades, en la que se estableció un nuevo pago denominado “Prestación patrimonial por conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración tributaria”, estando obligados a ello los contribuyentes del impuesto sobre sociedades que tengan registrados activos por impuesto diferido y pretendan tener el derecho establecido en el artículo 130 de la misma respecto de dichos activos, siendo opcional la aplicación de este régimen.

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