Novedades Legislativas

El BOE publica las modificaciones de las declaraciones informativas relativas a los modelos 187, 117, 190, 196, 198, 289 y 291

La Orden HAC/1417/2018, modifica las Órdenes reguladoras de esos modelos acomodando las mismas a cuestiones pendientes

Como viene siendo habitual por estas fechas en el BOE de 29 de diciembre de 2018, se ha publicado la Orden HAC/1417/2018, de 28 de diciembre (en vigor el 30 de diciembre  de 2018 y aplicable, por primera vez, para las declaraciones correspondientes a 2018 que se presentarán en 2019),  modifica la Orden HAP/1608/2014, de 4 de septiembre, por la que se aprueba el modelo 187, de declaración informativa de acciones o participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva; la Orden EHA/3435/2007, de 23 de noviembre, por la que aprueban los modelos de autoliquidación 117, 123, 124, 126, 128 y 300; la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta; la Orden EHA/3300/2008, de 7 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 196, sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras; la Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 198, de declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios; la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre, por la que se aprueba el modelo 289, de declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua, y por la que se modifican otras normas tributarias, y la Orden EHA/3202/2008, de 31 de octubre, por la que se aprueba el modelo 291 «Impuesto sobre la Renta de No Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración informativa de cuentas de no residentes».

Aprobadas medidas fiscales de apoyo a la creación artística y la cinematografía 

Se introducen modificaciones en IRPF, IVA e IS para mejorar la fiscalidad del sector.

El pasado día 29 de diciembre de 2018 se publicó en el BOE y entró en vigor el Real Decreto-ley 26/2018, de 28 de diciembre, que aprueba medidas de urgencia sobre la creación artística y la cinematografía, a través de las cuales se pretende mejorar, según señala su exposición de motivos, “las condiciones de todos los trabajadores de la cultura, adecuando la normativa que le es de aplicación a las especialidades del sector cultural, y en especial, a su carácter intermitente”.

Las medidas que se adoptan se centran en la fiscalidad del sector,  la protección laboral y de Seguridad Social, y la compatibilidad entre prestaciones por jubilación e ingresos por derechos de autor.

Aprobado el modelo 233 de “Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados”

Publicada en el BOE la Orden que aprueba el modelo 233 así como el lugar, forma, plazo y el procedimiento para su presentación.

Como es sabido, la Ley 6/2018, de 3 de julio, de PGE para el año 2018, modificó la redacción del art. 81 de la Ley 35/2006 (Ley IRPF), y prevé que el importe de la deducción por maternidad se pueda incrementar hasta en 1.000 euros adicionales cuando el contribuyente que tenga derecho a la misma hubiera satisfecho en el periodo impositivo gastos por la custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.

Nuevo modelo 763 de autoliquidación del impuesto sobre actividades de juego en los supuestos de actividades anuales o plurianuales

Como es sabido, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 (Ley 6/2018, de 3 de julio) modificó Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, concretamente el apartado 7 del artículo 48, para establecer que en todos los supuestos de juegos, con la doble excepción de las apuestas mutuas deportivo-benéficas del Estado y las combinaciones aleatorias con fines publicitarios o promocionales, la base imponible, sobre la que se aplica un tipo de gravamen único, queda constituida por los ingresos netos de premios.

Adicionalmente, la citada Ley de Presupuestos también modificó, con la finalidad de contribuir a atenuar los efectos de su singularidad territorial, el artículo 48.7 de la Ley de regulación del juego para regular los tipos a exigir en la Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla con una bonificación del 50 por ciento.

Tipo de interés efectivo anual para el primer trimestre de 2019, a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros

Publicado el tipo de interés efectivo anual para el primer trimestre de 2019 a efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los activos financieros con rendimiento mixto

En el BOE de 22 de diciembre de 2018 se ha publicado la Resolución de 19 de diciembre de 2018, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se publica el tipo de interés efectivo anual para el primer trimestre natural del año 2019, a efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los activos financieros con rendimiento mixto, conforme a lo previsto en los artículos 63 del RIS y 91 del RIRPF.

Precios medios de venta para 2019 aplicables en la gestión del ITP y AJD, ISD e IE sobre Determinados Medios de Transporte

Se actualizan para 2019 los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte

Como es habitual por estas fechas, en el BOE de 24 de diciembre de 2018, se ha publicado la Orden HAC/1375/2018, de 17 diciembre (en vigor el 1 de enero de 2019), que aprueba los precios medios de venta de vehículos de turismo, todo terrenos, motocicletas, embarcaciones de recreo y motores marinos para 2019, que serán utilizables como medios de comprobación de valores a los efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

Se modifica y adapta el Reglamento del IRPF a los cambios operados por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018

Modificaciones en materia de deducciones en la cuota diferencial por circunstancias familiares, obligación de declarar, pagos a cuenta, rentas vitalicias aseguradas y obligaciones registrales

El Real Decreto 1461/2018, de 21 de diciembre (BOE de 22 de diciembre de 2018  y en vigor el 23 de diciembre de 2018 (excepto algunas excepciones que entrarán en vigor el día 1 de enero de 2019), modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (RIRPF), aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, en materia de deducciones en la cuota diferencial por circunstancias familiares, obligación de declarar, pagos a cuenta, rentas vitalicias aseguradas y obligaciones registrales.

La mayoría de los cambios que a continuación vamos a reseñar vienen motivados, por una parte, por diversas medidas aprobadas por la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, cuya aplicación práctica quedaba condicionada al establecimiento de nuevos requisitos reglamentarios (así, se concreta el contenido de la declaración informativa a presentar por las guarderías o centros de educación infantil autorizados;  se especifica la forma de cálculo del incremento de la deducción por maternidad, se establecen los nuevos límites determinantes de la obligación de retener aplicables a partir de 1 de enero de 2019…), y por otra, adaptando el contenido del Reglamento a las modificaciones  legalmente establecidas (con respecto a la obligación de declarar se adapta su contenido a los nuevos límites; en materia de deducción por familias numerosas o personas con discapacidad a cargo también se adapta su contenido a la nueva regulación….).

Novedades tributarias para el año 2019. Leyes de Presupuestos y de Medidas de las CC. AA.

A continuación les resumimos las principales novedades en materia tributaria introducidas por las Leyes de Presupuestos y de Medidas Tributarias de las Comunidades Autónomas que se han publicado hasta la fecha.

ARAGON

Aragón sustituye la obligación de declaración y pago de las herencias regidas por la fiducia aragonesa por declaraciones informativas

ASTURIAS

Asturias incrementa el tipo impositivo de AJD aplicable a las escrituras de préstamos hipotecarios

Real Decreto-Ley 21/2018: Medidas fiscales en ITP e IBI en favor del arrendamiento de vivienda

alquiler vivienda

Exención del ITP en la suscripción de contratos de arrendamiento para uso estable y permanente e incorporación en el IBI de medidas que favorecen el mercado de arrendamiento de vivienda

El Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre (BOE de 18 de diciembre y en vigor, salvo alguna excepción, a partir del 19 de diciembre), de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, contempla un conjunto de medidas de carácter urgente para mejorar el acceso a la vivienda y favorecer el alquiler asequible.

Este real decreto-ley comprende modificaciones en cinco normas: la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos (LAU); la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal; la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil; el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), y el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (TRLITPAJD); si bien solamente vamos a reseñar los cambios incorporados en las normas de índole fiscal y que afectan al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, modalidad transmisiones patrimoniales onerosas y al impuesto sobre bienes inmuebles (IBI).

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