Se modifican los plazos de presentación del IS, conforme a lo establecido en el RDLey 8/2020, se establece la suspensión del pago de la factura de electricidad, gas natural y determinados productos derivados del petróleo, se declaran exentas en el ISD e IRPF las prestaciones por las contingencias de fallecimiento y de enfermedad por causa del COVID-19, derivadas del seguro colectivo gratuito a favor del personal sanitario. Se establece la deducción del 100% de las cantidades satisfechas en 2020 por el sujeto pasivo por cotizaciones a la Seguridad Social como consecuencia de contratos formalizados con personas que trabajen en el hogar familiar en el cuidado de las personas descendientes, ascendientes, otros parientes y personas discapacitadas y otra del 30 % de los gastos e inversiones efectuados en el año 2020 en materia de digitalización de actividades económicas, también aplicable al IS junto con la deducción del 25% de las inversiones en instalaciones de energías renovables. En el ITP y AJD se declaran exentas de la cuota gradual del impuesto sobre actos jurídicos documentados las escrituras de formalización de las diferentes moratorias legales y convencionales y se modifica la Ley Foral General Tributaria de Navarra para incorporar la posibilidad de que las actuaciones de la Administración tributaria con los obligados tributarios se puedan realizar mediante videoconferencias, así como se amplía hasta el 30 de septiembre el plazo de publicación de la lista de deudores a la Hacienda Foral.
En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 23 de junio de 2020 el DECRETO-LEY FORAL 6/2020, de 17 de junio, por el que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19).
Durante la situación extraordinaria generada por la evolución del coronavirus (COVID-19) ha determinado la adopción de diversas medidas de carácter extraordinario y urgente en todos los ámbitos de nuestra sociedad, para paliar sus efectos. En el ámbito tributario es necesario completar estas medidas con las que se aprueban ahora en el Título IV de este Decreto-ley Foral y que son las siguientes: