Selección de jurisprudencia. Julio (2.ª quincena) y Agosto 2014
Enviado por Editorial el Lun, 01/09/2014 - 09:52- Deducción por doble imposición en el IRPF: el tipo de deducción dependerá del gravamen soportado por la entidad pagadora no residente, lo que deberá acreditar el contribuyente
- El devengo de los intereses de demora no deja de producirse si no se abona el montante total de la devolución que era procedente en Derecho -principal más intereses de demora-
- Las indemnizaciones no llevan IVA pero el IVA sí se incluye en las indemnizaciones
- Impugnación de valores catastrales que superan el valor de mercado (voto particular)
- Si consta domicilio fiscal en España no hay que notificar al representante de la entidad no residente
- Los intereses del préstamo con garantía hipotecaria impagados integran la base imponible del periodo y sirven para acreditar la existencia del préstamo participativo