Autonómica

Madrid incrementa la bonificación en ISD hasta el 50% para todos los parientes del Grupo III

Madrid incrementa la bonificación en ISD hasta el 50% para todos los parientes del Grupo III. Imagen de la bandera de la Comunidad de Madrid

Además, se simplifican los requisitos en el impuesto sobre donaciones.

El 27 de junio de 2025, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, la Ley 2/2025, de 25 de junio, por la que se modifica el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, del Consejo de Gobierno, para incrementar la bonificación aplicable a los parientes incluidos en el Grupo III de parentesco en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y simplificar los requisitos de acceso a los beneficios fiscales en el Impuesto sobre Donaciones. Tiene como entrada en vigor el primer día del mes siguiente a su publicación, es decir, el 28 de junio.

Se modifica el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre.

Aragón aprueba un nuevo texto refundido de los impuestos medioambientales

Aragón aprueba un nuevo texto refundido de los impuestos medioambientales. Imagen de la bandera de Aragón y bandera española ondeando al viento

El Gobierno de Aragón ha aprobado un nuevo texto refundido de los Impuestos Medioambientales, en virtud de la delegación legislativa contenida en la Ley 2/2024, de 23 de mayo, con el fin de integrar y reorganizar la normativa vigente en esta materia, el Decreto Legislativo 1/2025, de 28 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de los Impuestos Medioambientales de la Comunidad Autónoma de Aragón. Este texto incluye lo que exponemos a continuación.

1. Antecedentes legislativos

  • Desde la Ley 13/2005, Aragón ha ido desarrollando impuestos medioambientales como tributos propios para gravar impactos en el medio natural.
  • Diversas leyes (3/2012, 10/2015, 3/2019, 8/2022, 17/2023 y 2/2024) han introducido, modificado o suprimido estos tributos, abarcando emisiones contaminantes, grandes superficies comerciales, agua embalsada, transporte eléctrico, parques eólicos y fotovoltaicos.

La Comunitat Valenciana adopta medidas fiscales que afectan a IRPF, ITP y AJD, ISD, tasas y canon de saneamiento de aguas

La Comunitat Valenciana adopta medidas fiscales que afectan a IRPF, ITP y AJD, ISD, tasas y canon de saneamiento de aguas. Imagen de la bandera de Valencia

El día 31 de mayo de 2025 se ha publicado en el DOGV la Ley 5/2025, de 30 de mayo, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat. A continuación, exponemos las modificaciones que se han adoptado.

IRPF

La Ley 13/1997 se modifica en varios artículos para actualizar las deducciones autonómicas en el IRPF.

  • Nacimiento, adopción, guarda o acogimiento familiar
    • Deducción por hijo nacido o adoptado: 600 € por el primero, 750 € por el segundo, y 900 € por el tercero o siguientes. Aplicable también en los dos ejercicios siguientes al nacimiento/adopción.
    • Deducción por acogimiento o delegación de guarda durante todo el ejercicio: 600 €, 750 €, y 900 €.
  • Persona con discapacidad acogida, adoptada o nacida durante el ejercicio: deducción de 246 € si es el único caso, 303 € si hay más de uno.
  • Gastos de guardería o educación infantil: deducción del 15 % hasta 297 € por menor de 3 años.
  • Conciliación de vida laboral y familiar: deducción de 460 € por hijo o persona acogida de entre 3 y 5 años. En exclusiva para la madre o acogedora.

Cataluña realiza una segunda modificación en la entrada en vigor del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos

Cataluña realiza una segunda modificación de la entrada en vigor del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos. Imagen de un edificio de pisos turísticos

Respecto a la primera modificación -Decreto Ley 9/2025- que se hizo de la entrada en vigor del Decreto Ley 6/2025 fue aprobado acuerdo de derogación el 14 de mayo de 2025: Acuerdo de derogación del Decreto ley 9/2025, de 29 de abril, por el que se modifica el Decreto ley 6/2025, de 25 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos.

El Decreto ley 6/2025, aprobado el 25 de marzo de 2025, introdujo una serie de medidas urgentes en relación con el impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos. Aunque el decreto fue convalidado por el Parlamento de Cataluña -Resolución 202/XV del Parlamento de Cataluña, de convalidación del Decreto ley 6/2025 publicada en el DOGC el 14 de mayo-, se ha optado por su tramitación como proyecto de ley, lo que conlleva la necesidad de ajustar los plazos de aplicación de determinadas disposiciones contenidas en el mismo, a fin de garantizar la seguridad jurídica de los obligados tributarios y del conjunto de operadores turísticos.

Ampliación de plazos administrativos en la Comunidad de Madrid por la interrupción del suministro eléctrico del 28 de abril de 2025

Ampliación de plazos administrativos en la Comunidad de Madrid por la interrupción del suministro eléctrico del 28 de abril de 2025. Imagen de la bandera de la Comunidad de Madrid

Medida que se adopta mediante acuerdo.

El 28 de abril de 2025, se produjo una interrupción generalizada del suministro eléctrico que afectó gravemente al funcionamiento de infraestructuras, servicios públicos y sistemas administrativos en toda la Comunidad de Madrid. Debido a esta emergencia, se solicitó y obtuvo la declaración de emergencia de interés nacional para la Comunidad de Madrid, lo que permitió adoptar medidas para mitigar los efectos del apagón.

Este incidente afectó el normal desarrollo de los procedimientos administrativos, especialmente en lo que respecta a la relación telemática entre los ciudadanos y la Administración, impidiendo que los interesados pudieran realizar ciertos trámites y actuaciones administrativas dentro de los plazos establecidos.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 39/2015 (Procedimiento Administrativo Común), el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid decidió ampliar en dos días los plazos de los procedimientos administrativos que no estuvieran finalizados el 28 de abril de 2025. Esta medida busca cubrir la dificultad o imposibilidad de realizar trámites debido a la emergencia. Dicha medida se adopta mediante el Acuerdo de 30 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se acuerda la ampliación general de los plazos de todos procedimientos administrativos de la Administración de la Comunidad de Madrid y sus entidades del sector público, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 1 de mayo de 2025.

Castilla y León, teniendo en cuenta las obligaciones tributarias, amplía los plazos administrativos por la interrupción del suministro eléctrico del 28 de abril de 2025

Ampliación de plazos por el apagón eléctrico. Imagen de bandera de Castilla y León

Medida adoptada mediante orden.

La Junta de Castilla y León ha aprobado la ampliación de plazos en los procedimientos administrativos, incluidos los tributarios y de contratación pública, debido a los efectos del apagón eléctrico generalizado que tuvo lugar el 28 de abril de 2025 en todo el Estado español, mediante la Orden PRE/430/2025, de 30 de abril, por la que se amplían los plazos de los procedimientos tramitados por la Administración General e Institucional de la Comunidad de Castilla y León y sus Fundaciones y Empresas públicas, debido a la caída de la red eléctrica en España, publicada el día 2 de mayo en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Castilla-La Mancha amplía los plazos administrativos por la interrupción del suministro eléctrico del 28 de abril de 2025

Castilla-La Mancha amplía los plazos administrativos por la interrupción del suministro eléctrico del 28 de abril de 2025. Imagen de la bandera de Castilla-La Mancha

En el Diario Oficial de Castilla-la Mancha de 3 de mayo de 2025, se ha publicado el Acuerdo de 02/05/2025, del Consejo de Gobierno, por el que se determina la ampliación general de plazos en los procedimientos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha como consecuencia de la interrupción generalizada del suministro eléctrico que sobrevino el 28/04/2025, lo que supone una ampliación general de los plazos y términos administrativos debido a la interrupción generalizada del suministro eléctrico acontecida el 28 de abril de 2025 en todo el territorio peninsular.

Esta situación afectó de manera severa al funcionamiento habitual de los servicios públicos y a los sistemas telemáticos utilizados para la tramitación de procedimientos administrativos, dificultando el ejercicio normal de los derechos de los ciudadanos y la actuación de las unidades administrativas.

Medidas adoptadas

  1. Ampliación de plazos administrativos: Se amplían hasta el 5 de mayo de 2025 (inclusive) todos los términos y plazos administrativos cuyo vencimiento se produjera entre los días 28 de abril y 2 de mayo de 2025.
  2. Ámbito de aplicación: La medida tiene efectos desde el 28 de abril de 2025 y se aplica a los procedimientos y trámites gestionados en el ámbito del sector público de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Cantabria amplía los plazos administrativos en dos resoluciones distintas por la interrupción del suministro eléctrico del 28 de abril de 2025

Ampliación de plazos por el apagón eléctrico. Imagen de bandera de Cantabria

En el Boletín Oficial de Cantabria de 2 de mayo de 2025 se ha publicado la Resolución de 29 de abril de 2025, de ampliación de plazos de los procedimientos y expedientes administrativos por parte de la Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa del Gobierno de Cantabria, mediante la cual se acuerda la ampliación general de un día en todos los plazos de los procedimientos y expedientes administrativos. Esta decisión se adopta como consecuencia de una situación excepcional ocurrida el día anterior, 28 de abril de 2025.

Por tanto, y dado que la afectación no se limitó a los plazos que vencían el día 28 de abril, sino que también impidió el desarrollo normal de cualquier trámite durante esa jornada, se ha considerado procedente establecer una ampliación generalizada de un día adicional en todos los procedimientos administrativos en curso, sin distinción.

Asturias amplía los plazos de procedimientos administrativos por la interrupción del suministro eléctrico del 28 de abril de 2025

Asturias amplía los plazos de procedimientos administrativos por la interrupción del suministro eléctrico del 28 de abril de 2025. Imagen de bandera de Asturias

Medida que se adopta mediante acuerdo.

Como consecuencia del apagón eléctrico generalizado del 28 de abril de 2025, que causó graves problemas en los servicios y sistemas electrónicos de la Administración del Principado de Asturias, y dada la persistencia de incidencias técnicas durante el 29 de abril, el Consejo de Gobierno ha acordado una ampliación de plazos en los procedimientos administrativos a través del Acuerdo de 2 de mayo de 2025, del Consejo de Gobierno, de ampliación general de plazos de procedimientos administrativos como consecuencia de la interrupción generalizada del suministro eléctrico del día 28 de abril de 2025, publicado en un suplemento del Boletín Oficial del Principado de Asturias del 2 de mayo de 2025.

Contenido del acuerdo

Aragón amplía los plazos para la presentación de autoliquidaciones tributarias por la interrupción del suministro eléctrico del 28 de abril de 2025

Ampliación de plazos por el apagón eléctrico. Imagen de bandera de Aragón

Medida que se adopta mediante orden.

La Orden PEJ/423/2025, de 30 de abril, conjunta de los Departamentos de Presidencia, Economía y Justicia y de Hacienda, Interior y Administración Pública, por la que se acuerda una ampliación general de dos días para los plazos de todos los procedimientos administrativos tramitados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y sus organismos públicos, publicada en el Boletín Oficial de Aragón el 2 de mayo de 2025, es una disposición conjunta de los Departamentos de Presidencia, Economía y Justicia y de Hacienda, Interior y Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón. Mediante esta norma, se acuerda la ampliación general de dos días hábiles en los plazos de todos los procedimientos administrativos gestionados por la Administración autonómica y sus organismos públicos.

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