Autonómica

Cataluña adopta medidas tributarias relativas a los municipios rurales

Cataluña adopta medidas tributarias relativas a los municipios rurales. Imagen de la vista aérea de un pueblo de Gerona

Mediante ley se incorporan nuevas deducciones en IRPF y tipos reducidos y bonificación en ITP y AJD.

El 31 de julio de 2025 se ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña la Ley 8/2025, de 30 de julio, del Estatuto de los municipios rurales.

En Cataluña, la distribución de la población es marcadamente desigual: el 75% de los habitantes se concentra en solo el 15% del territorio, principalmente en el eje litoral y comarcas como El Barcelonès, que presenta una de las mayores densidades de población de Europa (15.649,86 hab./km²). En contraste, el 85% del territorio restante acoge solo al 25% de la población, con numerosas comarcas rurales de muy baja densidad.

Esta situación demográfica genera dificultades para los ayuntamientos rurales, que carecen de recursos humanos, técnicos y financieros para cumplir con las exigencias administrativas. Por ello, se plantea una legislación centrada en garantizar igualdad de derechos para los ciudadanos del medio rural y en dotar a las administraciones locales de herramientas adecuadas para prestar los servicios públicos necesarios. Para ello se adoptan medidas tributarias relativas a los municipios rurales.

En primer lugar, las medidas sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas respecto al traslado de la residencia habitual a un municipio rural, para facilitar o bien la adquisición o reforma de la vivienda habitual en un municipio rural, o bien la deducción por alquiler de vivienda.

En el segundo lugar, se regulan las medidas relativas al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, que incluyen la rebaja del tipo de gravamen para la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en un municipio rural.

Murcia aprueba sus Presupuestos para 2025 realizando modificaciones en IRPF, ITP Y AJD, IP y tributos propios

Murcia aprueba sus presupuestos generales para 2025 realizando modificaciones en IRPF, ITP Y AJD, IP y tributos propios. Imagen de la bandera de Murcia

Se aprueban nuevas deducciones y se reducen los tipos de gravamen.

En el Boletín Oficial de la Región de Murcia se publicó en un boletín extraordinario del 24 de julio de 2025, la Ley 3/2025, de 23 de julio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2025.

Aquí expondremos las medidas tributarias que recoge.

Se introducen modificaciones en los tributos cedidos, en el marco de las competencias normativas reconocidas por la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias. Para ello, se modifica el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en la Región de Murcia en materia de Tributos Cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre.

La Rioja procede a realizar una aclaración respecto a la deducción en IRPF por adquisición de vehículos eléctricos

La Rioja procede a realizar una aclaración respecto a la deducción en IRPF por adquisición de vehículos eléctricos. Imagen de un coche blanco electrico cargandose

Esto se debe a que hay una deducción estatal equivalente.

En el Boletín Oficial de La Rioja se ha publicado la Ley 6/2025, de 21 de julio, sobre medidas económicas, fiscales y administrativas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Aquí expondremos únicamente las medidas fiscales.

Se procede a la modificación de la Ley 10/2017 de, 27 de octubre, por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y tributos cedidos.

En concreto, se modifica la disposición adicional tercera, relativa a la incompatibilidad entre deducciones autonómica y estatal por la adquisición de vehículos eléctricos.

La Rioja adopta medidas fiscales de apoyo al medio rural

La Rioja adopta medidas fiscales de apoyo al medio rural. Imagen de un viñedo en un día soleado

Las medidas afectan al IRPF, ISD e ITP Y AJD.

En el Boletín Oficial de La Rioja se ha publicado la Ley 5/2025, de 21 de julio, de medidas fiscales de apoyo al medio rural.

El Gobierno de La Rioja reconoce la necesidad de intervenir, dentro de sus competencias, adoptando medidas fiscales para aliviar la carga sobre las actividades agrícolas, fomentar la competitividad, asegurar el relevo generacional y contribuir al arraigo rural, combatiendo la despoblación y preservando el medio ambiente.

Por ello se procede a la modificación de la Ley 10/2017 de27de octubre, por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y tributos cedidos.

Las Islas Baleares ha adoptado medidas fiscales en materia de conciliación de la vida familiar y laboral

Las Islas Baleares ha adoptado medidas fiscales en materia de conciliación de la vida familiar y laboral. Imagen de la bandera de las Islas Baleares

A través de esta ley, se ha dado un primer paso en esta materia que se pretende ampliar más adelante.

En el Boletín Oficial de las Illes Balears del 10 de julio de 2025, se ha publicado la Ley 3/2025, de 4 de julio, de medidas dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en las Illes Balears. La ley se basa en los derechos reconocidos por los artículos 23, 24 y 33 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, que garantizan la igualdad entre hombres y mujeres y la conciliación de la vida familiar y profesional y se enmarca en el Pilar Europeo de Derechos Sociales y transpone la Directiva (UE) 2019/1158, que introduce el principio de corresponsabilidad y fomenta condiciones laborales más igualitarias.

Reducciones autonómicas en Aragón aplicables en el ISD por la adquisición de participaciones en entidades con actividad económica

Aprobado adopta medidas fiscales respecto a la empresa familiar. Bandera de Aragón ondeando

Se da apoyo fiscal a la empresa familiar.

El 7 de julio de 2025, se ha publicado en el Boletín Oficial de Aragón, la Ley 3/2025, 27 de junio, de apoyo fiscal a la empresa familiar por la que se modifica el texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón. Tiene como entrada en vigor el día 8 de julio. El impacto de las modificaciones es simplemente aclarar lo que ya establecía la normativa anterior, en otros se trata de facilitar la carga probatoria y, en un tercer grupo de medidas, se amplía la protección fiscal de la empresa familiar, tanto subjetiva como objetivamente.

Madrid incrementa la bonificación en ISD hasta el 50% para todos los parientes del Grupo III

Madrid incrementa la bonificación en ISD hasta el 50% para todos los parientes del Grupo III. Imagen de la bandera de la Comunidad de Madrid

Además, se simplifican los requisitos en el impuesto sobre donaciones.

El 27 de junio de 2025, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, la Ley 2/2025, de 25 de junio, por la que se modifica el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, del Consejo de Gobierno, para incrementar la bonificación aplicable a los parientes incluidos en el Grupo III de parentesco en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y simplificar los requisitos de acceso a los beneficios fiscales en el Impuesto sobre Donaciones. Tiene como entrada en vigor el primer día del mes siguiente a su publicación, es decir, el 28 de junio.

Se modifica el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre.

Aragón aprueba un nuevo texto refundido de los impuestos medioambientales

Aragón aprueba un nuevo texto refundido de los impuestos medioambientales. Imagen de la bandera de Aragón y bandera española ondeando al viento

El Gobierno de Aragón ha aprobado un nuevo texto refundido de los Impuestos Medioambientales, en virtud de la delegación legislativa contenida en la Ley 2/2024, de 23 de mayo, con el fin de integrar y reorganizar la normativa vigente en esta materia, el Decreto Legislativo 1/2025, de 28 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de los Impuestos Medioambientales de la Comunidad Autónoma de Aragón. Este texto incluye lo que exponemos a continuación.

1. Antecedentes legislativos

  • Desde la Ley 13/2005, Aragón ha ido desarrollando impuestos medioambientales como tributos propios para gravar impactos en el medio natural.
  • Diversas leyes (3/2012, 10/2015, 3/2019, 8/2022, 17/2023 y 2/2024) han introducido, modificado o suprimido estos tributos, abarcando emisiones contaminantes, grandes superficies comerciales, agua embalsada, transporte eléctrico, parques eólicos y fotovoltaicos.

La Comunitat Valenciana adopta medidas fiscales que afectan a IRPF, ITP y AJD, ISD, tasas y canon de saneamiento de aguas

La Comunitat Valenciana adopta medidas fiscales que afectan a IRPF, ITP y AJD, ISD, tasas y canon de saneamiento de aguas. Imagen de la bandera de Valencia

El día 31 de mayo de 2025 se ha publicado en el DOGV la Ley 5/2025, de 30 de mayo, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat. A continuación, exponemos las modificaciones que se han adoptado.

IRPF

La Ley 13/1997 se modifica en varios artículos para actualizar las deducciones autonómicas en el IRPF.

  • Nacimiento, adopción, guarda o acogimiento familiar
    • Deducción por hijo nacido o adoptado: 600 € por el primero, 750 € por el segundo, y 900 € por el tercero o siguientes. Aplicable también en los dos ejercicios siguientes al nacimiento/adopción.
    • Deducción por acogimiento o delegación de guarda durante todo el ejercicio: 600 €, 750 €, y 900 €.
  • Persona con discapacidad acogida, adoptada o nacida durante el ejercicio: deducción de 246 € si es el único caso, 303 € si hay más de uno.
  • Gastos de guardería o educación infantil: deducción del 15 % hasta 297 € por menor de 3 años.
  • Conciliación de vida laboral y familiar: deducción de 460 € por hijo o persona acogida de entre 3 y 5 años. En exclusiva para la madre o acogedora.

Cataluña realiza una segunda modificación en la entrada en vigor del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos

Cataluña realiza una segunda modificación de la entrada en vigor del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos. Imagen de un edificio de pisos turísticos

Respecto a la primera modificación -Decreto Ley 9/2025- que se hizo de la entrada en vigor del Decreto Ley 6/2025 fue aprobado acuerdo de derogación el 14 de mayo de 2025: Acuerdo de derogación del Decreto ley 9/2025, de 29 de abril, por el que se modifica el Decreto ley 6/2025, de 25 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos.

El Decreto ley 6/2025, aprobado el 25 de marzo de 2025, introdujo una serie de medidas urgentes en relación con el impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos. Aunque el decreto fue convalidado por el Parlamento de Cataluña -Resolución 202/XV del Parlamento de Cataluña, de convalidación del Decreto ley 6/2025 publicada en el DOGC el 14 de mayo-, se ha optado por su tramitación como proyecto de ley, lo que conlleva la necesidad de ajustar los plazos de aplicación de determinadas disposiciones contenidas en el mismo, a fin de garantizar la seguridad jurídica de los obligados tributarios y del conjunto de operadores turísticos.

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