Novedades Legislativas

Navarra establece la aplicación del IVA reducido a la creación artística y la cinematográfica

Con el objetivo de mejorar las condiciones laborales de la creación artística, se establece la aplicacióndel tipo impositivo del 10% a los servicios prestados por intérpretes, artistas, directores y técnicos, que sean personas físicas, a los productores de películas cinematográficas susceptibles de ser exhibidas en salas de espectáculos y a los organizadores de obras teatrales y musicales

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 14 de febrero de 2019, se ha publicado el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 1/2019, de 30 de enero, de Armonización Tributaria, por el que se modifica la Ley Foral 19/1992, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

De acuerdo con el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, que está dedicado a regular los criterios de armonización del régimen tributario de Navarra con el régimen tributario general del Estado, se establece con efectos desde el 1 de enero de 2019 la aplicación del tipo reducido del IVA (10 por ciento) a la creación artística y cinematográfica. Para ello se establece que se aplicará dicho gravamen reducido a los servicios “prestados por intérpretes, artistas, directores, directoras y personal técnico, que sean personas físicas, a las productoras de películas cinematográficas susceptibles de ser exhibidas en salas de espectáculos y a quienes organicen obras teatrales y musicales”, al igual que se ha rebajado en el territorio común del Estado y con el objetivo de mejorar las condiciones laborales de la creación artística, de manera que garanticen un adecuado desempeño de su actividad por parte de los colectivos afectados (actores, escritores, cineastas, compositores, bailarines, etc.), desde un enfoque que contempla su tratamiento específico en materia de este impuesto. Se recupera así la aplicación del tipo reducido del impuesto a estos servicios esenciales de la industria cultural, que habían pasado a tributar al tipo impositivo general del 21 por ciento en el año 2012.

Navarra modifica los estatutos del Organismo Autónomo Hacienda Tributaria

El gobierna navarro ha detectado la necesidad de potenciar el control tributario entendido en un sentido global y para ello se modifica el estatuto de este organismo autónomo  con el objetivo principal de potenciar las funciones del Servicio de Sistemas de Información Tributaria

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 7 de febrero de 2019 se ha publicado el DECRETO FORAL 1/2019, de 16 de enero, por el que se modifican los Estatutos del Organismo Autónomo Hacienda Tributaria de Navarra, aprobados por Decreto Foral 135/2015, de 28 de agosto.

Navarra modifica la Administración y Hacienda Local y establece el coeficiente a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo del IIVTNU

Navarra reforma la Administración y Haciendas locales y entre otras medidas aprueba los coeficientes a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo  del IIVTNU, partiendo de los valores medios de cada año y restando el módulo del coste de construcción aprobado para la valoración catastral.

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy , 6 de febrero de 2019, se han publicado junto con la LEY FORAL 2/2019, de 24 de enero, de Cuentas Generales de Navarra de 2017, la LEY FORAL 3/2019, de 24 enero, de la Comunidad Foral de Navarra, por la que se modifica la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra y la  LEY FORAL 4/2019, de 4 de febrero, de la Comunidad Foral de Navarra, de reforma de la Administración Local de Navarra.

Mediante la Ley Foral 3/2019 de modificación de las haciendas locales navarras se completa la reforma del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU) para dar cumplimiento a la STC 72/2017, de 5 de junio de 2017, que declaró inconstitucionales y nulos determinados preceptos de la Ley Foral 2/1995 únicamente en la medida que someten a tributación situaciones de inexistencia de incrementos de valor que ya se llevó a cabo mediante la LEY FORAL 19/2017, estableciendo un método objetivo para el cálculo de las plusvalías, si bien, con arreglo a coeficientes móviles en el tiempo y sensibles a la evolución de los precios del mercado inmobiliario.

Álava aprueba los coeficientes de actualización en el IS y en el IRPF para 2019

Aprobados los coeficientes de actualización para 2019 para la determinación de las rentas obtenidas en la transmisión de elementos patrimoniales en el IRPF e IS en Álava. 

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava  de 6 de febrero de 2019, se ha publicado el DECRETO FORAL  4/2019, de 29 de enero del Consejo de Gobierno Foral, por el que se aprueban los coeficientes de actualización aplicables en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades.

Las distintas normas forales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los tres territorios forales vascos establecen la aplicación de estos coeficientes en el supuesto de transmisiones onerosas o lucrativas, para la actualización del valor de adquisición de los correspondientes elementos patrimoniales, atendiendo principalmente a la evolución del índice de precios del consumo producida desde la fecha de su adquisición y de la estimada para el ejercicio de su transmisión.

Modelos de declaración del IS y del IRNR

Publicado el Proyecto de Orden por la que se aprueban los modelos de declaración del IS y del IRNR para los periodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018.

En primer lugar, la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 ha introducido varias modificaciones que afectan al incentivo de reducción de las rentas procedentes de determinados activos intangibles para adaptar su regulación a los acuerdos adoptados en el seno de la Unión Europea y de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) respecto a los regímenes conocidos como “patent box”. Entre ellas, destaca:

  • La exclusión de las rentas derivadas de derechos sobre informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas -know how-.
  • Las variaciones en el cálculo de su importe, tanto en el porcentaje de aplicación como en el modo de cálculo de las rentas positivas susceptibles de reducción.
  • La adaptación de su régimen transitorio.

Rebajas en el IRPF en Alava para las rentas del trabajo y mejora de las deducciones por natalidad y por edad del contribuyente

Alava aprueba una serie de medidas en el IRPF dirigidas a reducir la tributación de los trabajadores con menores rentas así como al colectivo de jubilados y al aumento en deducciones por edad, así como incentivos fiscales a la natalidad.

Siguiendo la ruta iniciada mediante la NORMA FORAL 2/2018 de modificación de diversas normas tributarias, Alava continua con las medidas fiscales que supongan aliviar la carga impositiva a las rentas bajas y consolidar políticas fiscales sociales y se publica hoy, 4 de febrero de 2019, en el BOTHA la NORMA FORAL 1/2019, de 16 de enero, de modificación de la Norma Foral 33/2013, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Gipuzkoa reduce la retención en el IRPF de los rendimientos de la propiedad intelectual

El porcentaje de retención e ingreso a cuenta sobre los rendimientos del capital mobiliario será del 19 por 100 y del 15 por 100 para los rendimientos del capital mobiliario procedentes de la propiedad intelectual cuando el contribuyente no sea el autor.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 30 de enero de 2019 se ha publicado el DECRETO FORAL 1/2019, de 29 de enero, por el que se reduce el tipo de retención e ingreso a cuenta aplicable en el impuesto sobre la renta de las personas físicas a los rendimientos del capital mobiliario derivados de la propiedad intelectual.

Beneficios fiscales para paliar daños causados por temporales y otras catástrofes

El Real Decreto-ley 2/2019, de 25 de enero, amplía los beneficios fiscales para las zonas afectadas por desastres en 2018

El citado real decreto-ley, publicado y en vigor el 26 de enero, adopta medidas complementarias a las contempladas en el acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de septiembre de 2018 por el que se declararan zonas afectadas gravemente por una emergencia de protección civil a la Comunidad Valenciana, por los incendios acaecidos en el mes de agosto de 2018, y al municipio de Tui (Pontevedra), como consecuencia de una explosión de material pirotécnico el 23 de mayo de 2018, así como en los acuerdos del Consejo de Ministros de 19 de octubre y 2 de noviembre de 2018, por los que se declara zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil a los municipios de Artà, Capdepera, Manacor, Sant Llorenç des Cardassar y Son Servera, de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, como consecuencia de las lluvias torrenciales y desbordamientos de torrentes acaecidos el 9 de octubre de 2018, y a las provincias de Málaga, Sevilla, Cádiz, Valencia, Castellón, Tarragona, Teruel y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que sufrieron los daños causados por las lluvias torrenciales y desbordamientos de torrentes acaecidos los días 18,19, 20 y 21 de octubre de 2018.

Relación de valores negociados en mercados organizados cuarto trimestre de 2018 a efectos del IP

Publicado el Proyecto de Orden por el que se aprueba la relación de valores negociado en mercados organizados correspondiente al cuarto trimestre de 2018 a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio

La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 prorroga durante dicho 2018 la vigencia del Impuesto sobre el Patrimonio, restablecido con carácter temporal por el Real Decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre.

El mencionado Real Decreto ley 13/2011, de 16 de septiembre, obliga a presentar declaración a los sujetos pasivos cuya cuota tributaria, determinada de acuerdo con las normas reguladoras del Impuesto y una vez aplicadas las deducciones o bonificaciones que procedieren, resulte a ingresar, o cuando, no dándose esta circunstancia, el valor de sus bienes o derechos, determinados de acuerdo con las normas reguladoras del Impuesto, resulte superior a 2.000.000 de euros.

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