Novedades Legislativas

Actualización de las bonificaciones del IBI e ICIO para incentivar la instalación de sistemas de energía ambiente y modificación de la cuantificación del elemento tributario la potencia instalada en el IAE para favorecer la electrificación industrial

Para reforzar nuestro sistema eléctrico se modifican los beneficios fiscales en el IBI, ICIO e IAE

Entre las medidas aprobadas para el refuerzo del sistema eléctrico, encontramos la actualización de las bonificaciones en el IBI e ICIO para incentivar la instalación de sistemas de energía ambiente y se modifica la cuantificación del elemento tributario la potencia instalada en el IAE para favorecer la electrificación industrial.

En el BOE de hoy, 25 de junio de 2025, se ha publicado el REAL DECRETO-LEY 7/2025, de 24 de junio, por el que se aprueban medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico, entre las que se incluye la actualización de las bonificaciones en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) para incentivar la instalación de sistemas de energía ambiente, como puede ser la aerotermia, del mismo modo que estaba ya previsto para sistemas de aprovechamiento de energía solar y en se modifica la cuantificación del elemento tributario la potencia instalada en el Impuesto sobre Actividades Económicas para favorecer la electrificación industrial. Estas medidas persiguen reforzar la seguridad, estabilidad y eficiencia del sistema eléctrico, cuya vulnerabilidad se puso de manifiesto el pasado 28 de abril de 2025, cuando se produjo un cero de tensión en el sistema eléctrico peninsular. Con este real decreto-ley se persigue contribuir al refuerzo del sistema eléctrico español, así como la consecución de ahorros en los costes energéticos para el conjunto de los consumidores, aportando también certidumbre al conjunto de los agentes, por lo que entre las mismas encontramos algunas medidas de carácter fiscal, dirigidas a incrementar la demanda eléctrica, mediante el mejor aprovechamiento de las redes existentes y medidas destinadas a la electrificación industrial y de usos energéticos como son la movilidad y la climatización.

Gipuzkoa incorpora en su Reglamento del IRPF las modificaciones previstas en la NORMA FORAL 1/2025 de reforma de su sistema tributario, en especial las retenciones sobre los rendimientos del trabajo con efectos a partir del 1 de julio de 2025

Gipuzkoa incorpora en su Reglamento del IRPF las modificaciones previstas en la NORMA FORAL 1/2025 de reforma de su sistema tributario

Gipuzkoa modifica su Reglamento del IRPF para implementar las modificaciones en materia de este impuesto implantadas por la NORMA FORAL 1/2025 de reforma del sistema tributario del Territorio Histórico de Gipuzkoa, y otras modificaciones tributarias, destacando la nueva tabla de porcentajes de retención a aplicar sobre los rendimientos del trabajo con efectos a partir del 1 de julio de 2025

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa se ha publicado el DECRETO FORAL 10/2025, de 24 de junio, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, acometiendo la reforma reglamentaria que implementa las modificaciones en materia de IRPF implantadas por la NORMA FORAL 1/2025, de 9 de mayo, por la que se aprueban la reforma del sistema tributario del Territorio Histórico de Gipuzkoa, y otras modificaciones tributarias.

Entre otros aspectos, se han modificado la regulación de la obligación de autoliquidar con motivo de la percepción de rendimientos del trabajo y la bonificación de dichos rendimientos, por lo que resulta necesario modificar la tabla de porcentajes de retención a aplicar sobre los rendimientos del trabajo con efectos a partir del 1 de julio de 2025.

Alava incorpora en su ordenamiento foral las últimas modificaciones aprobadas en el territorio del Estado en materia de IVA e Impuestos Especiales

Alava incorpora a su ordenamiento fiscal el Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco y las modificaciones del IVA que se establecen en la disposición final primera de la Ley 7/2024.

en el BOTHA de hoy 25 de junio de 2025, se ha publicado el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 1/2025, de 17 de junio, del Consejo de Gobierno Foral. Aprobar la modificación de los Decretos Forales Normativos 12/1993, de 19 de enero, y 1/1999, de 16 de febrero que incorpora al ordenamiento foral alavés algunas de las medidas aprobadas mediante la Ley 7/2024. La Ley 7/2024, de 20 de diciembre, se estableció en el territorio común el impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, y se modifican otras normas tributarias. Además se estableció un impuesto complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras que deben ser incorporados a la normativa foral que los regula.

Aprobados los modelos de declaración del IS y del IRNR para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024

Aprobados los modelos de declaración del IS y del IRNR para períodos impositivos iniciados en 2024. Imagen de los modelos 202 y 222 superpuestos

Aprobados los modelos de declaración del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, incluyendo la figura de la autoliquidación rectificativa y nuevos medios de pago como tarjeta de crédito o transferencias a través de plataformas de comercio electrónico seguro.

En el BOE de hoy se ha publicado la ORDEN HAC/657/2025, de 21 de junio, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica.

Las modificaciones operadas en estos modelos respondes a las modificaciones normativas que se han producido en este último año como la introducción de la a autoliquidación rectificativa por la que se permite al obligado tributario rectificar una autoliquidación anterior utilizando el modelo normalizado, que se introduce en el modelo 200 para los períodos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024 la figura de la autoliquidación rectificativa incorporándose al citado modelo las casillas necesarias para que el obligado tributario pueda efectuar la rectificación que proceda.

Gipuzkoa incorpora nuevo impuesto especial: Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco

Gipuzkoa: Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco. Primer plano de mujer fumando un cigarrillo electrónico

Esto se debe a lo establecido en la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, por la que se establece un Impuesto Complementario.

El 20 de junio de 2025 se ha publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa el Decreto Foral Normativo 2/2025, de 10 de junio, por el que se modifica el Decreto Foral Normativo 4/2023, de 26 de julio, de Impuestos Especiales.

La Ley 7/2024, de 20 de diciembre, por la que se establecen un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, y se modifican otras normas tributarias, incluye modificaciones en los citados impuestos que deben ser incorporados a la normativa foral que regula los mismos.

Álava modifica su reglamento del IRPF para modificar las retenciones aplicables a los rendimientos de trabajo

Álava modifica en su reglamento del IRPF las retenciones aplicables a los rendimientos de trabajo. Imagen de traspaso de dinero entre dos personas

El objeto principal del presente Decreto Foral es la aprobación de una nueva tabla de porcentajes de retención aplicables a los rendimientos del trabajo dentro del Reglamento del IRPF.

En el Boletín Oficial del territorio Histórico de Álavade hoy 18 de junio de 2025, se ha publicado el Decreto Foral 23/2025, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno Foral. Aprobar la modificación de los porcentajes de retención aplicables a los rendimientos de trabajo en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Actualización de las entregas a cuenta a las comunidades autónomas y a las entidades locales de los recursos resultantes de la aplicación de los sistemas de financiación territorial

Actualización de las entregas a cuenta a las comunidades autónomas y a las entidades locales de los recursos resultantes de la aplicación de los sistemas de financiación territorial. Imagen del mapa de España hecho con piezas de puzzle

La ausencia de Ley de Presupuestos Generales del Estado hace necesaria la actualización de las entregas a cuenta a las comunidades autónomas y a las entidades locales de los recursos resultantes de la aplicación de los sistemas de financiación territorial para adecuar las previsiones de ingresos y un mejor ajuste de los recursos financieros de los distintos subsectores de las administraciones públicas y evitar distorsiones relevantes sobre las finanzas de las citadas administraciones territoriales y del propio Estado.

En el BOE de hoy, 18 de junio de 2025, se ha publicado el REAL DECRETO-LEY 6/2025, de 17 de junio, por el que se adoptan medidas relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial.

Ante la actual situación de prórroga presupuestaria, las entregas a cuenta para dotar a las comunidades autónomas y a las entidades locales de los recursos resultantes de la aplicación de los sistemas de financiación territorial deben actualizarse porque, de no hacerlo, se generarían unos resultados financieros indeseados, contrarios a la lógica financiera de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, y del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Bizkaia modifica su reglamento del IRPF para modificar, entre otras, las retenciones aplicables a los rendimientos de trabajo

Bizkaia aprueba el Régimen Fiscal de la Final de la UEFA Europa League 2025 aplicable en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Imagen de una curva de rendimiento con un hombre debajo con una lupa

El límite único de 20.000 euros anuales de rendimientos brutos del trabajo a partir del cual existe obligación de declarar, (manteniéndose el límite de los 1.600 euros anuales para los rendimientos brutos del capital y ganancias patrimoniales) debe complementarse, con una nueva tabla de porcentajes de retención aplicable a los rendimientos derivados del trabajo personal.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy 17 de junio de 2025, se ha publicado el DECRETO FORAL 59/2025, de 12 de junio, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifican los porcentajes de retención a cuenta del IRPF aplicables a los rendimientos del trabajo y otras modificaciones.

Bizkaia aprueba el Régimen Fiscal de la Final de la UEFA Europa League 2025 aplicable en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes

Bizkaia aprueba el Régimen Fiscal de la Final de la UEFA Europa League 2025 aplicable en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Imagen de las piernas de un futbolista con un balón

Se establece con efectos desde 1 de mayo de 2025, estarán exentas las rentas obtenidas sin establecimiento permanente por la entidad organizadora o por los equipos participantes, generadas con motivo de la celebración de la final «UEFA Europa League 2025» y además se entenderá que no son obtenidas en Bizkaia las rentas que perciban las personas físicas que no sean residentes en España.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy 17 de junio de 2025, se ha publicado el DECRETO FORAL NORMATIVO 2/2025, de 12 de junio, por el que se regula el Régimen Fiscal de la Final de la UEFA Europa League 2025 aplicable en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes a las rentas obtenidas sin establecimiento permanente.

El estadio de San Mamés de Bilbao ha sido escenario de la final de la «UEFA Europa League 2025» el 21 de mayo de 2025,  evento que requiere el establecimiento de un régimen fiscal específico, a fin de dar cumplimiento a los compromisos internacionales adquiridos por el Reino de España.

La aprobación del nuevo reglamento de extranjería conlleva la necesidad de actualizar el importe de las tasas por tramitación de autorizaciones administrativas y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería

La aprobación del nuevo reglamento de extranjería conlleva la necesidad de actualizar el importe de las tasas por tramitación de autorizaciones administrativas y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería. Imagen de un hombre dandole sus papeles a una chica para la tramitación de su visado

La aprobación del nuevo reglamento de extranjería conlleva la necesidad de adaptar la normativa sobre tasas a la nueva regulación, fijando la cuantía de las nuevas autorizaciones previstas y tratando de simplificar su liquidación, gestión y recaudación.

En el BOE de hoy, 16 de junio de 2025 se ha publicado la Orden PJC/617/2025, de 13 de junio, por la que se establece el importe de las tasas por tramitación de autorizaciones administrativas y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería.

La cuantificación de estas tasas responde al coste del servicio en el momento citado continúa resultando válido en relación con los procedimientos ya existentes. En la tramitación de autorizaciones para la prórroga de estancia en España, la duración de la prórroga; en la tramitación de autorizaciones de residencia, la duración de la autorización, así como su carácter definitivo o temporal, y, dentro de estas últimas, el hecho de que se trate de la primera o ulteriores concesiones o sus renovaciones; en la tramitación de autorizaciones de trabajo, la duración de la misma, su extensión y ámbito, el carácter y las modalidades de la relación por cuenta ajena, así como, en su caso, el importe del salario pactado; en la tramitación de tarjetas de identidad de extranjeros, la duración de la autorización y el hecho de que se trate de la primera o ulteriores concesiones o sus renovaciones; y en todo caso, será criterio cuantitativo de las tasas el carácter individual o colectivo de las autorizaciones, prórrogas, modificaciones o renovaciones.

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