Aprobación del Reglamento del Impuesto sobre Transacciones Financieras
Enviado por Editorial el Mié, 26/05/2021 - 09:20Se desarrolla el procedimiento de presentación e ingreso de las autoliquidaciones del Impuesto sobre las Transacciones Financieras
Como es conocido, en el BOE de 16 de octubre de 2020, se publicó la Ley 5/2020, de 15 de octubre, del Impuesto sobre las Transacciones Financieras (LITF), cuya entrada en vigor se ha producido el pasado 16 de enero de 2021. Este impuesto es un tributo de naturaleza indirecta que grava las adquisiciones onerosas de acciones representativas del capital social de sociedades españolas, con independencia del lugar donde se efectúe la adquisición y cualquiera que sea la residencia o el lugar de establecimiento de las personas o entidades que intervengan en la operación, estableciéndose, por lo tanto, como principio de imposición el de emisión.
El artículo 8 de la LITF contempla la aprobación de un reglamento del impuesto para regular el procedimiento y los supuestos en los que un depositario central de valores establecido en territorio español sea quien, en nombre y por cuenta del sujeto pasivo, efectúe la declaración y el ingreso de la deuda tributaria como en aquellos en que la presentación e ingreso se realice directamente por los sujetos pasivos ante la Administración tributaria para los cuales se establece con carácter general el sistema de autoliquidación. Este desarrollo reglamentario se ha llevado a cabo a través del Real Decreto 366/2021, de 25 de mayo, por el que se desarrolla el procedimiento de presentación e ingreso de las autoliquidaciones del impuesto sobre las transacciones financieras (BOE de 26 de mayo, en vigor el 27 de mayo y aplicable con efectos retroactivos desde el 16 de enero de 2021). Dicho reglamento se articula a través de 10 artículos, dos disposiciones adicionales y una disposición transitoria.