Carácter excluyente de los medios de recuperación del IVA soportado: Un voto particular y unificación de doctrina en el TS
Enviado por Editorial el Lun, 07/02/2011 - 10:41En las últimas semanas hemos tenido conocimiento de dos significativos pronunciamientos del Tribunal Supremo al respecto de la caducidad del derecho a la deducción del IVA; se trata de las sentencias de 23 de diciembre de 2010 y de 24 de noviembre de 2010.
Pero, para poder valorar la importancia de las mismas, hemos de hacer un repaso por la jurisprudencia del Tribunal al respecto de esta cuestión en estos últimos años.
Ello nos obliga a retroceder hasta la sentencia de 4 de julio de 2007, que marca un hito a favor del contribuyente, en el sentido de que le reconoce el mayor lapso temporal hasta entonces aceptado por lo que tiene que ver con la recuperación del IVA soportado. Así, esta sentencia, haciéndose eco del