El TJUE afirma que vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva obligar al justiciable a pagar tasas judiciales a tanto alzado por un importe imposible de prever, por encontrarse en un procedimiento de adjudicación de contrato público opaco
Enviado por Editorial el Vie, 15/07/2022 - 09:30Vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva obligar al justiciable a pagar tasas judiciales a tanto alzado por un importe imposible de prever, al impugnar un procedimiento de adjudicación de contrato público sin publicación previa de un anuncio de licitación o, en su caso, sin publicación ulterior de un anuncio de adjudicación de contrato.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su sentencia de 14 de julio de 2022, se pronuncia acerca de diversas cuestiones que se le plantean respecto a veintiún acuerdos marco celebrados a finales de 2020 por valor de tres millones de euros para la adquisición de pruebas de antígenos por la República de Austria y la sociedad federal de compras. Además de distintas cuestiones acerca del propio proceso de contratación pública, el órgano jurisdiccional remitente pregunta si una normativa nacional que establece el pago de tasas de acceso a la justicia contencioso-administrativa en el ámbito de los contratos públicos opacos vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva. Al respecto el Tribunal considera que el art. 47 CDFUE debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional que obliga al justiciable que presenta una solicitud de medidas provisionales o un recurso a pagar tasas judiciales a tanto alzado por un importe imposible de prever, cuando el poder adjudicador haya optado por un procedimiento de adjudicación de contrato público sin publicación previa de un anuncio de licitación o, en su caso, sin publicación ulterior de un anuncio de adjudicación de contrato, de modo que dicho justiciable puede encontrarse ante la imposibilidad de conocer el valor estimado del contrato en cuestión y el número de decisiones impugnables por separado que fueron adoptadas por el poder adjudicador y sobre cuya base se calcularon dichas tasas.