Selección de doctrina administrativa. Abril 2026 (2.ª quincena)
Enviado por Editorial el Jue, 30/04/2026 - 12:28

TEAC
- La notificación en el domicilio fiscal es válida, aun cuando la Administración Tributaria no la realiza en el domicilio del representante designado a estos efectos
- No se puede fundamentar la responsabilidad tributaria por levantamiento del velo cuando los presupuestos de hecho que dan lugar a esta se produjeron antes de la entrada en vigor del art. 43.1.h) LGT
- No deben confundirse los intereses de demora derivados del procedimiento expropiatorio con los intereses de demora derivados de ingresos indebidos de carácter tributario
- Aun apreciando su procedencia, no está permitido que la Administración dicte un nuevo acuerdo de declaración de responsabilidad de naturaleza sancionadora respecto de unos mismos hechos
- Exención por reinversión en vivienda habitual para no residentes: no es válido justificar el incumplimiento del plazo de los dos años alegando motivos laborales, excepción que sólo aplica al plazo de los tres años
- Los créditos incobrables correspondientes a las cuotas repercutidas del Impuesto Especial sobre la Electricidad no dan derecho a modificar la base imponible del impuesto
DGT
- Una socia puede compensar la pérdida patrimonial derivada de la disolución de una sociedad limitada con la ganancia patrimonial procedente de la disolución de una sociedad anónima
- El pago contingente asociado a ciertas variables se considera mayor precio de adquisición de la edificación y su amortización será deducible en IS cuando responda a su depreciación efectiva
- Formar parte de un grupo empresarial impide que una sociedad pueda ser considerada como entidad de nueva creación a efectos del tipo reducido del 15% en IS
- IVA e IS: sociedad en proceso de disolución transmite trabajadores a nueva sociedad satisfaciendo un importe equivalente a las indemnizaciones por despido que tendría que haber abonado a los trabajadores




