La AEAT informa sobre cómo tributan los bonos de fidelización entregados por el Banco Santander a accionistas y obligacionistas del Banco Popular
Enviado por Editorial el Mar, 26/12/2017 - 12:45Como antecedentes, el 30 de junio de 2017 se ha publicado en el BOE la Resolución de 7 de junio de 2017, de la Comisión Rectora del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, por la que se acordó declarar la resolución del Banco Popular Español y las medidas a tal efecto. La Resolución recoge que el instrumento para ello es la venta de negocio, mediante la transmisión de las acciones a un comprador. Con anterioridad se deberá proceder a la amortización y conversión de los instrumentos de capital pertinentes. Los accionistas y los acreedores de la entidad deben ser los primeros en soportar pérdidas, respetando el principio de que ningún accionista o acreedor soportará pérdidas superiores a las que habría soportado si la entidad fuera liquidada en el marco de un procedimiento concursal. Quedarán sus aportaciones como reservas voluntarias indisponibles que se aplicarán en el futuro a la absorción de los resultados negativos estimados. Por último, se procedió a la transmisión de la totalidad de las acciones de Banco Popular a la entidad Banco Santander, cuya oferta fue la única que cumplía los requisitos para su admisión.














