Foral

Navarra modifica su orden foral relativa a la deducción por inversiones en películas cinematográficas y otras obras audiovisuales

Navarra modifica su orden foral relativa a la deducción por inversiones en películas cinematográficas y otras obras audiovisuales. Imagen del rodaje de una película

Debido a las modificaciones realizadas en el artículo 65.1 de la Ley Foral 26/2016 que regulan esta deducción, con posterioridad a la aprobación de la Orden Foral 69/2021, se aprueba esta nueva orden que modifica la primera.

El 31 de diciembre de 2025, en boletín extraordinario de Navarra se ha publicado Orden Foral 131/2025, de 23 de diciembre, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden Foral 69/2021, de 7 de mayo, de la consejera de Economía y Hacienda, por la que se desarrollan las condiciones y requisitos para aplicar la deducción por inversiones en producciones cinematográficas y series audiovisuales regulada en el artículo 65.1 de la Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.

El artículo 65 de la Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, regula la "deducción por inversiones en películas cinematográficas y otras obras audiovisuales ", antes denominada "deducción por inversiones en producciones cinematográficas y series audiovisuales".

Navarra modifica su reglamento del IRPF elevando el umbral de la obligación de declarar hasta la cuantía de 17.000 euros, ampliando las obligaciones de información e incorporando normativa europea en materia de cooperación e intercambio de información

Navarra modifica su reglamento del IRPF elevando el umbral de la obligación de declarar hasta la cuantía de 17.000 euros, ampliando las obligaciones de información e incorporando normativa europea en materia de cooperación e intercambio de información fiscal. Imagen de un mazo golpeando sobre dos libros de derecho

El Decreto Foral 148/2025, de 23 de diciembre, introduce una reforma del Reglamento del IRPF en Navarra orientada a aliviar la carga fiscal de las rentas del trabajo inferiores a 17.000 euros, actualizar las reglas de retención y determinados parámetros económicos, ampliar y reforzar las obligaciones de información tributaria para combatir el fraude en un contexto de digitalización de los medios de pago y adaptar la normativa foral a las exigencias de cooperación administrativa y transparencia fiscal derivadas del Derecho de la Unión Europea y de los compromisos internacionales asumidos.

El 31 de diciembre de 2025, en boletín extraordinario de Navarra, se ha publicado el Decreto Foral 148/2025, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo.

Navarra aprueba su ley foral del Impuesto Mínimo Complementario del IS del 15% para los grupos multinacionales y nacionales de gran magnitud

Navarra aprueba su ley foral del Impuesto Mínimo Complementario del IS del 15% para los grupos multinacionales y nacionales de gran magnitud. Imagen de unos edificios de una zona financiera

Ley Foral 18/2025 de Navarra sobre el Impuesto Complementario: regulación del nivel mínimo global de imposición para grupos multinacionales y nacionales de gran magnitud, su estructura normativa basada en la Directiva (UE) 2022/2523 y las Normas Modelo de la OCDE, determinación de la base imponible, reglas del impuesto nacional, primario y secundario, cálculo del tipo impositivo efectivo, régimen de obligaciones formales y transitorias, mecanismos de simplificación y medidas de neutralidad fiscal.

El 31 de diciembre de 2025, en boletín extraordinario de Navarra, se ha publicado la Ley Foral 18/2025, de 22 de diciembre, del impuesto complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud.

La evolución normativa internacional de los últimos años ha estado fuertemente orientada a combatir la planificación fiscal agresiva y el traslado artificial de beneficios, fenómenos potenciados por la globalización de los mercados. En este contexto, la OCDE ha desempeñado un papel central mediante la iniciativa BEPS (Base Erosion and Profit Shifting), que busca limitar prácticas de erosión de bases imponibles y asegurar una tributación más equitativa de los beneficios de grandes empresas multinacionales. Estas recomendaciones han impulsado la adaptación de la normativa fiscal interna de los Estados y han servido como modelo para la Unión Europea, promoviendo una mayor coherencia en la tributación internacional.

Navarra aprueba sus medidas tributarias para 2026 en materia de IRPF, IS, ITP, IVA, ISD, IP, intercambio de información, Ley General Tributaria y normativa sobre Hacienda Pública, Tasas y Precios Públicos y Haciendas Locales

Navarra mediante ley foral adopta modificaciones tributarias en IRPF, IS, ITP, IVA, ISD, IP, intercambio de información, Ley General Tributaria y normativa sobre Hacienda Pública, Tasas y Precios Públicos y Haciendas Locales. Imagen de la bandera de Navarra

Los ajustes en IVA, ISD e IP son de menor impacto.

La ley foral aprobada tiene por objeto la modificación de un amplio conjunto de normas tributarias, entre las que se incluyen los principales impuestos directos e indirectos, la normativa general tributaria, la regulación de tasas y precios públicos, las haciendas locales, la hacienda pública foral y el régimen fiscal de las cooperativas.

El 31 de diciembre de 2025, en boletín extraordinario de Navarra, se ha publicado la Ley Foral 17/2025, de 22 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.

IRPF

Destaca el aumento del umbral de rendimientos del trabajo que exime de la obligación de declarar hasta los 17.000 euros anuales, con el fin de reducir la carga fiscal y administrativa de los contribuyentes con menor capacidad económica.

Gipuzkoa mediante su ley de presupuestos realiza cambios favorables en materia de IRPF para 2026

Gipuzkoa mediante su ley de presupuestos realiza cambios favorables en materia de IRPF para 2026. Imagen de la bandera de Gipuzkoa ondeando un dia soleado

Además, se actualizan las tasas y los valores catastrales.

El 31 de diciembre de 2025, se ha publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, la Norma Foral 6/2025, de 19 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa para el año 2026.

A continuación, exponemos las medidas tributarias adoptadas.

IRPF

Con efectos a partir del 1 de enero de 2026 se introducen las siguientes modificaciones en la Norma Foral 3/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

Reducción por tributación conjunta

En los supuestos en que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de esta norma foral se opte por la tributación conjunta, la base imponible general se reducirá en el importe de 4.896 euros anuales por autoliquidación. Antes el importe era 4.800.

Gipuzkoa aprueba nuevas medidas fiscales, modifica sus reglamentos del IRPF, IS y de obligaciones formales para adaptarlos a la revisión de su sistema tributario, el control de criptoactivos y cuentas financieras y el nuevo impuesto complementario

Gipuzkoa aprueba nuevas medidas fiscales, modifica sus reglamentos del IRPF,  IS y de obligaciones formales para adaptarlos a la revisión de su sistema tributario, el control de criptoactivos y cuentas financieras y el nuevo impuesto complementario. Imagen de la bandera de Gipuzkoa ondeando sobre un fondo blanco

Gipuzkoa aprueba nuevas modificaciones para garantizar la plena concordancia de su norma del Impuesto Complementario con las reglas y normas adoptadas a nivel internacional. Modifica los Reglamentos del IRPF y del IS para completar el desarrollo reglamentario de la reforma de su sistema tributario, adecuar las retenciones de los rendimientos de trabajo a la modificación de la tarifa y aprobar unos nuevos coeficientes de actualización de valores de los elementos patrimoniales tanto para el IRPF como en el IS, ambos, con efectos a partir del 2026 y completa la transposición de la DAC 8, y desarrolla las obligaciones de información y las normas de diligencia debida para los proveedores de servicios de criptoactivos y cuentas financieras.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 30 de diciembre de 2025 se han publicado el DECRETO FORAL-NORMA 1/2025, de 23 de diciembre, por el que se aprueban determinadas modificaciones tributarias; el DECRETO FORAL 27/2025, de 23 de diciembre, por el que se desarrollan reglamentariamente diversas modificaciones de la Norma Foral 1/2025, de 9 de mayo, se modifican las tablas de retenciones de los rendimientos de trabajo y se aprueban los coeficientes de actualización aplicables en 2026 y el DECRETO FORAL 26/2025, de 23 de diciembre, por el que se desarrollan las normas de diligencia debida y las obligaciones de información de determinados proveedores de servicios de criptoactivos, y se modifican el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales, aprobado por el Decreto Foral 47/2013, de 17 de diciembre, y el Decreto Foral 25/2016, de 29 de noviembre, por el que se establece la obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras y de suministro de información acerca de las mismas en el ámbito de la asistencia mutua.

Bizkaia aprueba las modificaciones reglamentarias en el IRPF e IS derivadas de la revisión de su sistema fiscal y de los modelos correspondientes y modifica las Normas Técnicas de Valoración Catastral de los BICE

Bizkaia aprueba las modificaciones reglamentarias en el IRPF e IS derivadas de la revisión de su sistema fiscal y de los modelos correspondientes y modifica las Normas Técnicas de Valoración Catastral de los BICE. Imagen de la bandera de Vizcaya

Bizkaia adapta sus normas reglamentarias del IRPF, IS a las modificaciones efectuadas por la Norma Foral 2/2025 de revisión fiscal del sistema tributario del Territorio Histórico de Bizkaia y se aprueban los porcentajes de retención a cuenta del IRPF aplicables a los rendimientos del trabajo en 2026. Se modifican las Normas Técnicas de Valoración Catastral de los bienes inmuebles de características especiales y se aprueban nuevos modelos de declaración.

Junto con la NORMA FORAL 7/2025, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2026 y la NORMA FORAL 8/2025, de 29 de diciembre, por la que se acuerda la aplicación y se desarrolla la regulación de la Tasa por prestación de servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento, en el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 30 de diciembre de 2025 se han publicado el DECRETO FORAL 134/2025, de 29 de diciembre, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifican los porcentajes de retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas aplicables a los rendimientos del trabajo en 2026; el DECRETO FORAL 133/2025, de 29 de diciembre, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades en desarrollo de la Norma Foral 2/2025, de 9 de abril, por la que se aprueban medidas para la revisión fiscal del sistema tributario del Territorio Histórico de Bizkaia y el DECRETO FORAL 135/2025, de 29 de diciembre, de la Diputación Foral De Bizkaia, por el que se modifica el Decreto Foral 91/2018, de 3 de julio, por el que se aprueban las Normas Técnicas de Valoración Catastral de los bienes inmuebles de características especiales.

Bizkaia aprueba los presupuestos para 2026 y actualiza las cuantías de los beneficios fiscales y la tarifa del IRPF y aprueba una nueva regulación de la Tasa de prevención, extinción de incendios y salvamento

Bizkaia aprueba los presupuestos para 2026 y actualiza las cuantías de los beneficios fiscales y la tarifa del IRPF y aprueba una nueva regulación de la Tasa de prevención, extinción de incendios y salvamento. Imagen de bloques de madera con monedas de fondo poniendo 2026

Bizkaia actualiza los tipos de cuantía fija de las tasas, precios públicos y prestaciones patrimoniales de carácter público, actualiza la cuantía de la exención de la indemnización por despido, reducciones, minoración de cuota y deducciones del IRPF y se deflacta la tarifa del impuesto con efectos desde el 1 de enero de 2026 y renueva la regulación de la Tasa por prestación de servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 30 de diciembre de 2025 se han publicado la NORMA FORAL 7/2025, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2026 y la NORMA FORAL 8/2025, de 29 de diciembre, por la que se acuerda la aplicación y se desarrolla la regulación de la Tasa por prestación de servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento.

En la Norma Foral de Presupuestos de Bizkaia además de disponer la previsión de ingresos y la habilitación de gastos de los órganos, organismos y entes integrantes del sector público regional, en el título dedicado a las normas tributarias, se actualiza los tipos de cuantía fija de las tasas, precios públicos y prestaciones patrimoniales de carácter público de la Diputación Foral de Bizkaia, así como se actualiza la cuantía de la exención de la indemnización por despido, reducciones, minoración de cuota y deducciones del IRPF y se deflacta en un 2 por ciento la tarifa del impuesto con efectos desde el 1 de enero de 2026. En su disposición adicional primera se mantiene el interés de demora desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2026, en el 4,0625%.

Álava aprueba sus medidas fiscales para 2026 (IRPF, IS, IP, ITSGF e IAE y norma foral general tributaria) y adapta su normativa a la nueva redacción del Concierto Vasco y modifica sus reglamentos de IRPF, IS y obligaciones formales

Alava aprueba sus medidas fiscales para 2026 (IRPF, IS, IP, ITSGF e IAE y norma foral general tributaria) y adapta su normativa a la nueva redacción del Concierto Vasco y modifica sus reglamentos de IRPF, IS y obligaciones formales. Imagen de una bombilla futurista con el 2026

Álava aprueba sus medidas fiscales para 2026 en el ámbito del IRPF, IS, IP, ITSGF e IAE y modifica distintos preceptos de su norma foral general tributaria en lo que se refiere a las obligaciones de información sobre criptoactivos y cuentas financieras y el procedimiento de declaración e responsabilidad tributaria. Por otro lado, se adapta la normativa alavesa a la nueva redacción del Concierto Vasco y se efectúan las modificaciones reglamentarias en el IRPF, IS y el reglamento de obligaciones formales conforme a estas modificaciones legales.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy, 29 de diciembre de 2025 se han publicado la NORMA FORAL 21/2025, de 19 de diciembre, de medidas tributarias para el año 2026, el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 2/2025, de 23 de diciembre, del Consejo de Gobierno Foral. Aprobar la adaptación de la normativa tributaria del Territorio Histórico de Álava a las modificaciones introducidas en el Concierto Económico por la Ley 3/2025, de 29 de abril, así como la modificación de la Norma Foral 16/2025, de 12 de diciembre y elDECRETO FORAL 42/2025, de 23 de diciembre, del Consejo de Gobierno Foral que modifica del Decreto Foral 40/2014, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Decreto Foral 41/2014, de 1 de agosto, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, del Decreto Foral 111/2008, de 23 de diciembre, y del Decreto Foral 3/2024, de 27 de febrero.

En la primera de estas normas, la NORMA FORAL 21/2025 se aprueban las medidas fiscales para 2026, que afectan a su Norma Foral General Tributaria, en concreto a las obligaciones de información sobre criptoactivos, así como a las obligaciones de suministro de información de las instituciones financieras respecto de las cuentas financieras abiertas en ellas de las personas que ostenten la titularidad o el control de aquéllas. Por otro lado, se declara que la competencia para iniciar el procedimiento de declaración de responsabilidad y para dictar el acto administrativo de declaración de responsabilidad corresponde al órgano de recaudación, y la equiparación de las parejas de hecho a los cónyuges en el ámbito de los tributos. Esta norma acuña el término obligado tributario cumplidor, que se beneficiarán de la minoración del recargo por presentación extemporánea, la aplicación del interés legal del dinero en lugar del interés de demora, y la exención de presentar garantías para determinadas deudas aplazadas o fraccionadas.

El resto de medidas afectan a distintos tributos del ordenamiento alavés, en concreto, el Impuesto sobre Sociedades, el Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas y el Impuesto sobre Actividades Económicas

Álava aprueba los coeficientes de actualización del valor de adquisición de los correspondientes elementos patrimoniales aplicables en el IRPF e IS para 2026

Coeficientes de actualización aplicables para 2026 en el IRPF e IS a las transmisiones patrimoniales en Álava. Imagen de una persona que señala la transición una barra de carga virtual de 2025 a 2026

Álava aprueba los coeficientes de actualización del valor de adquisición de los correspondientes elementos patrimoniales aplicables en el IRPF e IS a las transmisiones que se efectúen en el ejercicio 2026.

En el BOTHA, de hoy, 26 de diciembre de 2025 se ha publicado el DECRETO FORAL 41/2025, de 16 de diciembre, del Consejo de Gobierno Foral, por el que se aprueban los coeficientes de actualización aplicables en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades a las transmisiones que se efectúen en el ejercicio 2026.

En el caso del IRPF, para la determinación del valor de adquisición de los elementos patrimoniales en el caso de transmisiones onerosas o lucrativas, los coeficientes de actualización aplicables a las transmisiones realizadas en el ejercicio 2026, serán los siguientes:

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