Novedades Legislativas

Bizkaia regula el desarrollo de las nuevas obligaciones de información sobre los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal derivadas de la DAC 6 o directiva de intermediarios

Bizkaia, DAC 6, intermediarios, desarrollo, información, mecanismos transfronterizos de planificación fiscal. Dibujo de cuatro personas alrededor de unos gráficos

Bizkaia desarrolla reglamentariamente las nuevas obligaciones de información sobre los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal, con efectos desde el 1 de julio de 2020.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 11 de febrero de 2021, se ha publicado el DECRETO FORAL 5/2021, de 2 de febrero, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se desarrollan las nuevas obligaciones de información sobre los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal mediante la modificación del Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales del Territorio Histórico de Bizkaia, con efectos desde el 1 de julio de 2020.

Alava traspone la Directiva (UE) 2017/952 respecto a las asimetrías híbridas con terceros países

Alava, trasposición, Directiva (UE) 2017/952, asimetrías híbridas, terceros países. Montón de monedas con la bandera de la UE al fondo

Se trasponen al ordenamiento tributario alavés las reglas contenidas en la Directiva (UE) 2017/952, del Consejo, de 29 de mayo, incorporándolas a la Norma Foral del Impuesto sobre Sociedades, y a la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, fundamentalmente y que resultan aplicables cuando existe una relación de asociación entre las partes, o cuando éstas actúan en el marco de un mecanismo estructurado, en ambos casos, en el sentido de lo dispuesto en la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior.

En el Boletín Oficial de del Territorio Histórico de Alava de 10 de febrero de 2021 se ha publicado el  Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 1/2021, del Consejo de Gobierno Foral de 2 de febrero, por el que se aprueba la trasposición de la Directiva (UE) 2017/952, del Consejo, de 29 de mayo de 2017, por la que se modifica la Directiva (UE) 2016/1164 en lo que se refiere a las asimetrías híbridas con terceros países.

Con el objetivo de concretar las conclusiones del proyecto BEPS de la OCDE, el 28 de enero de 2016, la Comisión Europea presentó su paquete contra la elusión fiscal, en el marco del cual, posteriormente, se aprobó la DIRECTIVA (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior. Esta Directiva estableció un marco para luchar contra las asimetrías híbridas que, sin embargo, fue posteriormente ampliado por la DIRECTIVA (UE) 2017/952, del Consejo, de 29 de mayo, mediante la que se establecen reglas que neutralizan las asimetrías híbridas de una forma más global, incluyendo las que impliquen a terceros países.

Alava aprueba diversas medidas tributarias para 2021, destacando la eliminación de los pagos fraccionados bimensuales en el IRPF y la modificación del régimen especial de fusiones en el IS

Alava, medidas tributarias, 2021, IRPF, IS, fusiones, pagos fraccionados. Un hombre comprobando unos gráficos y tomando notas delante de un portátil

Alava aprueba diversas medidas tributarias para 2021, en el ámbito del IRPF, e IS, destacando respecto al primero, la modificación de la regla especial de imputación de determinadas ayudas públicas recibidas para la primera instalación por jóvenes agricultores o agricultoras y la eliminación de los pagos fraccionados bimensuales y en el IS modifica el régimen especial de fusiones.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy, 8 de febrero de 2021 se ha publicado la NORMA FORAL 2/2021, de 29 de enero, de medidas tributarias para 2021, que incluye diversas modificaciones en la normativa básica del IRPF destacando la modificación de la regla especial de imputación de determinadas ayudas públicas recibidas para la primera instalación por jóvenes agricultores o agricultoras que podrán imputarse por cuartas partes, en el período impositivo en el que se obtengan y en los tres siguientes y la eliminación de los pagos fraccionados bimensuales y respecto al IS modifica el régimen especial de fusiones.

Extremadura aprueba los Presupuestos Generales para 2021 y mantiene el tipo de gravamen reducido en AJD para las viviendas medias

Presupuestos Extremadura. Bandera de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Como todos los años Extremadura aprueba el tipo reducido en AJD para las viviendas calificadas como medias

En el Diario Oficial de Extremadura, el día 5 de febrero de 2021 se ha publicado la Ley 1/2021, de 3 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021, que incluye, entre otras, disposiciones en materia tributaria. Las medidas afectan al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y a las tasas.

Tiene como entrada en vigor el día 1 de enero de 2021, salvo las disposiciones relativas a las tasas, así como al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, que entrarán en vigor el día siguiente al de la publicación de esta ley en el Diario Oficial, es decir, el día 6 de febrero de 2021.

Proyecto de Real Decreto que adapta el Reglamento del IRPF a los Presupuestos para 2021

Modificación reglamento irpf. Imagen de un hombre y un gráfico

El Ministerio de Hacienda ha publicado un Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el RD 439/2007, Reglamento del IRPF.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 ha introducido diversas modificaciones en la Ley IRPF, estableciendo una nueva escala general estatal con la correspondiente subida del tipo marginal aplicable a las rentas más altas y una escala de retenciones aplicables a los perceptores de rendimientos del trabajo. Esta medida viene acompañada por una reducción del límite general aplicable en la base imponible de las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social.

Pago de deudas susceptibles de ingreso telemático a través de la Sede electrónica de la AEAT mediante transferencias a entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria

Pago entidades colaboradoras. La mano de un hombre sobre las teclas de un portátil y una tarjeta de crédito en la otra

Se establece el procedimiento y las condiciones para el pago de deudas mediante transferencias a través de entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria encomendada a la AEAT.

La Resolución de 18 de enero de 2021, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (BOE de 4 de febrero y aplicable desde el día 15 de marzo de 2021), establece el procedimiento y las condiciones para el pago de determinadas deudas  que sean susceptibles de ingreso telemático a través de la Sede electrónica de la AEAT, mediante transferencia a cuentas abiertas través de entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria estatal.

Álava mantiene la regulación del año anterior del régimen simplificado del IVA para 2021

Álava mantiene la regulación del régimen simplificado del IVA para 2021. Imagen con elementos de escritorio

Se mantiene, para 2021, los módulos, y las aplicables en el régimen especial simplificado del IVA en el año inmediato anterior.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava de hoy, 3 de febrero de 2021.se ha publicado el DECRETO FORAL 2/2021, de 26 de enero, del Territorio Histórico de Álava, del Consejo de Gobierno Foral, por el que se aprueba la regulación para 2021 del régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Medidas fiscales aprobadas en La Rioja relativas al IRPF, ISD, ITP y AJD y tasas

Medidas fiscales Rioja. Bandera de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Algunas de las modificaciones están dirigidas a paliar las consecuencias del Covid-19

El día 1 de febrero de 2021 se ha publicado en el Boletín Oficial de La Rioja la Ley 2/2021, de 29 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2021, con modificaciones relativas a tributos propios y cedidos. Las modificaciones se realizan en la Ley 10/2017, de 27 de octubre, de la Comunidad Autónoma de La Rioja, por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y tributos cedidos, excepto lo relativo al impuesto sobre la renta de las personas físicas, pues la nueva deducción que se crea se solamente se recoge en esta nueva Ley 2/2021.

Álava actualiza sus tasas y establece el interés de demora para 2021 entre otras medidas presupuestarias

Actualización de las tasas alavesas y fijación del interés de demora. Imagen de monedas, medidor y bote de cristal con monedas dentro

Además de las medidas propiamente presupuestarias, esta norma contiene diferentes disposiciones referidas a las tasas de este territorio foral y fija el interés de demora aplicable en 2021 en el resultado de incrementar el interés legal del dinero en un 25 por ciento. Igualmente se establece que no se practicarán aquellas liquidaciones de las que resulten deudas inferiores a la cuantía que se estime insuficiente para la cobertura del coste de su exacción y recaudación.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava de hoy, 1 de febrero de 2021 se ha publicado la NORMA FORAL 1/2021, de 26 de enero, de ejecución del presupuesto del Territorio Histórico de Álava para el año 2021, cuyo contenido esencial es el constituido por la aprobación de los estados de ingresos y gastos del Sector Público Foral del Territorio Histórico de Álava y la consignación del importe de los gastos fiscales que afectan a sus tributos. La norma contiene diferentes disposiciones referidas a las tasas de este territorio foral y fija el interés de demora aplicable en 2021 en el resultado de incrementar el interés legal del dinero en un 25 por ciento. Igualmente se establece que no se practicarán aquellas liquidaciones de las que resulten deudas inferiores a la cuantía que se estime insuficiente para la cobertura del coste de su exacción y recaudación, atendiendo a criterios de naturaleza de la deuda y que, con carácter general, se anulen y se den de baja en contabilidad todas aquellas deudas que correspondan a la misma persona deudora, cuando el total adeudado por ésta resulte inferior a la cuantía que se estime y fije en función de criterios de eficiencia recaudatoria y coste de la recaudación.

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