El documento de solicitud del CIF debe tenerse en cuenta para el cómputo de la prescripción (TSJ Andalucía 11-10-2007)
Enviado por Editorial el Mar, 13/05/2008 - 11:39Así lo entiende la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de 11 de octubre de 2007, que analiza un supuesto de prescripción del derecho a determinar la deuda tributaria de una deuda por el ITP y AJD, en la que el Tribunal entiende que, para determinar si ha prescrito el derecho a liquidar el Impuesto por la constitución de una sociedad civil hay que tener en cuenta no sólo la fecha en que se presentó el documento para su liquidación ante la Comunidad Autónoma (1998), sino también el hecho de que en una fecha anterior (1988) se presentó dicho docu