El TS aclara como calcular la amortización deducible respecto de inmuebles arrendados a efectos de IRPF cuando fueron adquiridos por herencia o donación
Enviado por Editorial el Mié, 06/10/2021 - 14:32Para calcular la amortización deducible respecto de inmuebles arrendados a efectos de IRPF cuando fueron adquiridos por herencia o donación en el coste de adquisición satisfecho está incluido el valor del bien adquirido en aplicación de las normas sobre Impuesto sobre Sucesiones o Donaciones o su valor comprobado en estos gravámenes.
El Tribunal Supremo en una sentencia de 15 de septiembre de 2021, ha resuelto que para calcular la amortización deducible respecto de inmuebles arrendados a efectos de IRPF cuando fueron adquiridos por herencia o donación en el coste de adquisición satisfecho está incluido el valor del bien adquirido en aplicación de las normas sobre Impuesto sobre Sucesiones o Donaciones o su valor comprobado en estos gravámenes.
El Tribunal Supremo, en esta sentencia resuelve el recurso de casación planteado por el Abogado del Estado, que discrepa del parecer manifestado por la Sala juzgadora y que es admitido parcialmente por el Tribunal que casa y anula parcialmente la sentencia recurrida.