TJUE

El redondeo en el IVA no es contrario a la normativa comunitaria (TJUE 05-03-2009)

Destacamos en esta ocasión la sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 5 de marzo de 2009 en la que se señala que ante la inexistencia de una normativa comunitaria específica referente al método de redondeo de las cuotas del IVA, corresponde a los Estados miembros determinar las reglas y los métodos de redondeo de las cuotas del IVA, ya que dichos Estados están obligados, al realizar esta determinación, a respetar los principios en los que se basa el sistema común de este Impuesto, especialmente los de neutralidad fiscal y proporcionalidad.

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