La libertad de establecimiento impide establecer normas que limiten el ejercicio de la asesoría fiscal en otros Estados de la UE prestado sin salir del despacho
Enviado por Editorial el Vie, 18/12/2015 - 08:26El 17 de diciembre de 2015, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ha dictado una sentencia en resolución a una cuestión prejudicial cuyo fallo está orientado en ese sentido.
Se pregunta al Tribunal sobre la situación de una sociedad de asesoría fiscal, constituida conforme a la legislación de un Estado miembro -Países Bajos-, que elabora en el Estado miembro en el que tiene su establecimiento y donde no está regulada la actividad de asesoría fiscal una declaración fiscal para un destinatario en otro Estado miembro -Alemania- y presenta esa declaración a la autoridad fiscal de este último, en el que rigen disposiciones nacionales reguladoras de esa actividad.