El Acuerdo internacional en materia de fiscalidad y protección de los intereses financieros entre el Reino de España y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en relación con Gibraltar. Examen a luz de la libre circulación de capitales
Enviado por Editorial el Vie, 30/06/2023 - 13:12Tras la firma del Acuerdo Internacional en materia de fiscalidad y protección de los intereses financieros entre España y Reino Unido, las situaciones de posible conflicto de residencia fiscal se van a decantar en prácticamente todos los casos en favor de la jurisdicción española. La regulación contenida en este acuerdo establece una serie de diferencias de trato, tanto para personas físicas como jurídicas, que podrían colisionar con el Derecho de la Unión Europea, bien desde la perspectiva de la libre circulación de capitales del artículo 63 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), bien desde el principio general de no discriminación del artículo 18 del TFUE.
Palabras clave: Gibraltar; Derecho de la Unión Europea; libre circulación de capitales; restricción; residencia fiscal.
Manuel Benítez Pérez
Doctor en Derecho y abogado del Departamento
Fiscal Internacional de Montero & Aramburu Abogados (España)