Artículos de Tributación

Casos prácticos de las últimas novedades en el IVA: acuerdos de venta de mercancías en consigna, operaciones intracomunitarias y e-commerce

La Directiva IVA (Directiva 2006/112/CE) ha sido objeto de dos modificaciones relevantes por la Directiva 2017/2455, relativa al e-commerce, y por la Directiva 2018/1910, relativa al quick fixes. Igualmente, el Reglamento de Ejecución 282/2011 ha sido modificado por los Reglamentos de Ejecución 2017/2459, 2018/1912 y 2019/2026.
Estas modificaciones han sido objeto de incorporación a nuestra normativa mediante el Real Decreto-Ley 3/2020 y el Real Decreto-Ley 7/2021.
A través de 26 casos prácticos proponemos un análisis y estudio detallado de las mencionadas modificaciones normativas.

Palabras clave: IVA; operaciones intracomunitarias; acuerdos de venta de mercancías en consigna; ventas a distancia; facilitación de ventas por interfaces.

Javier Bas Soria
Inspector de Hacienda del Estado
Doctor en Derecho

La actividad promocional de las fundaciones públicas y el IVA

Los convenios de colaboración empresarial exigen que sus beneficiarios difundan la ayuda recibida del colaborador. Esta actividad no se considera por la Ley 49/2002 una prestación de servicios. Sin embargo, una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha entendido que se trata de un servicio publicitario sujeto a IVA.

Palabras clave: convenio de colaboración empresarial; publicidad; subvenciones; IVA; fundaciones; patrocinio deportivo; mecenazgo.

Isidoro Martín Dégano
Profesor titular de Derecho Financiero y Tributario. UNED

La recuperación de valor

Análisis de la STS de 6 de mayo de 2021, rec. núm. 1208/2020

La Sentencia del Tribunal Supremo (TS) de 6 de mayo de 2021 objeto de análisis interpreta el artículo 19.6 del texto refundido de la Ley del impuesto sobre sociedades, estableciendo que la tributación consecuente con una recuperación de valor ha de producirse en sede de la entidad vinculada que está en posesión de los elementos patrimoniales afectados, aun cuando la misma no sea residente en territorio español. En la presente colaboración se comentan los argumentos vertidos en dicha sentencia, los cuales afectan a un variado conjunto de materias, tales como la capacidad económica, el impacto de los convenios bilaterales para eliminar la doble imposición y el Derecho de la Unión Europea. Finalmente, se apunta el alcance de la doctrina fijada por el TS en el contexto de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Eduardo Sanz Gadea
Inspector de la Hacienda del Estado (jubilado)

La compensación de BINS es un derecho del contribuyente y no una opción tributaria del artículo 119.3 de la LGT

Análisis de la STS de 30 de noviembre de 2021, rec. núm. 4464/2020

La Sentencia del Tribunal Supremo (TS) de 30 de noviembre de 2021 pone fin a la controversia generada en torno a la naturaleza jurídica de la compensación de bases imponibles negativas (BINS), que el TS considera un derecho del contribuyente excluido del ámbito de aplicación del artículo 119.3 de la LGT, relativo a las opciones tributarias. Con ello, no solo se permite la compensación de BINS en autoliquidaciones extemporáneas, sino su plena rectificación de acuerdo con el artículo 120.3 de la LGT y su aprovechamiento en el seno de un procedimiento de comprobación, con las limitaciones derivadas del artículo 119.4 de la LGT. Se trata de un pronunciamiento de gran relevancia, además, para la delimitación del régimen jurídico de las opciones tributarias en su conjunto, cuyo concepto se perfila de forma restrictiva, estableciéndose, por otra parte, unas exigencias mínimas para dotar de efectos vinculantes a las manifestaciones de voluntad, de acuerdo con el principio de seguridad jurídica.

Eva María Cordero González
Profesora Titular de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de Oviedo

El derecho tributario frente al interés casacional objetivo

La nueva configuración del recurso de casación en el orden contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo (TS) dada por la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, ha supuesto un auténtico giro copernicano en la configuración de la jurisprudencia en dicha jurisdicción en lo que se refiere a la supresión de los tradicionales motivos tasados de casación y su sustitución por la noción del «interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia». Va a ser este concepto, denominado la «piedra angular» del recurso por la propia Sala Tercera, en torno al cual se ha de construir una jurisprudencia sobre un ámbito tan amplio y diverso como el derecho administrativo, en el que se incluye el derecho tributario como una parcela del ordenamiento jurídico esencial para el funcionamiento del Estado y que afecta a la práctica totalidad de los ciudadanos en su condición de contribuyentes.
El objetivo de este trabajo es revisar cómo ha operado el interés casacional objetivo en la admisión de recursos de casación en materia tributaria, con el fin de conocer las posibilidades que el actual sistema ofrece y definir el criterio de la Sección de Admisión de la Sala Tercera del TS en los últimos años.

Palabras clave: recurso de casación; derecho tributario; Tribunal Supremo.

Álvaro González Arias
Senior International Tax and Transactions Services en EY Abogados
Doctorando en Derecho

Este trabajo ha sido finalista del Premio «Estudios Financieros» 2021 en la modalidad de Tributación.

El jurado ha estado compuesto por: don Agustín Fernández Pérez, don Ubaldo González de Frutos, doña María Luisa González-Cuéllar Serrano, don José Andrés Rozas y don Félix Alberto Vega Borrego.

Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

Un sistema fiscal del siglo XIX frente a un contribuyente del siglo XXI: el irrefrenable éxodo fiscal de los youtubers al Principado de Andorra

Desde finales de 2020 se viene discutiendo, sobre todo en la prensa, el fenómeno de la huida (fiscal) de youtubers al Principado de Andorra. El trabajo analiza de forma pormenorizada estos traslados de residencia desde el punto de vista de todas las reglas del sistema fiscal español potencialmente aplicables concluyendo que la arquitectura del modelo vigente impide, en la mayor parte de los casos, poner freno a estos traslados.

Palabras clave: youtubers; traslados de residencia; tributación internacional.

Andrés Báez Moreno
Profesor titular de Derecho Tributario. Universidad Carlos III de Madrid
Abogado

Las pérdidas debidas a donaciones

Análisis de la RTEAC de 31 de mayo de 2021, RG 3746/2020

A continuación comentamos la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de 31 de mayo de 2021, RG 3746/2020, en la que el tribunal estima el recurso interpuesto por el director del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y fija criterio, en contra de la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de la Comunidad Valenciana con sede en Valencia, de fecha 30 de septiembre de 2019, que había interpretado el artículo 33.5 c) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el sentido de que las transmisiones a título lucrativo realizadas por actos inter vivos pueden dar lugar a pérdidas patrimoniales, a integrar en la base imponible del impuesto del donante o transmitente.

Nuria Puebla Agramunt
Doctora en Derecho por la UCM y abogada del ICAM
Profesora contratada doctora de la UDIMA

Las exigencias probatorias de la residencia fiscal en el extranjero

Análisis de la STSJ de Madrid de 24 de marzo de 2021, rec. núm. 1088/2019

En este comentario analizamos la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 24 de marzo de 2021 (rec. núm. 1088/2019 –NFJ083795–) en la que el órgano jurisdiccional se enfrenta a la determinación de la residencia fiscal de un trabajador desplazado al extranjero. El entorno económico social internacionalizado evidencia que cada vez es más frecuente que los trabajadores tengan que desplazarse fuera del territorio de su país por motivos laborales pudiendo suscitarse diversas cuestiones respecto a su residencia. La aplicación de nuestra normativa interna plantea diversas problemáticas en cuanto a los elementos y la valoración de la prueba de la residencia fiscal en el extranjero. De hecho, el tratamiento tributario de las rentas obtenidas durante las estancias laborales en el exterior y la acreditación de la residencia en otro país han sido durante los últimos años una de las cuestiones estrella que ha merecido numerosos pronunciamientos de nuestros tribunales. La conflictividad persiste y como botón de muestra reciente hallamos el interesante asunto enjuiciado en el pronunciamiento objeto de este comentario.

Luis Miguel Muleiro Parada
Profesor contratado doctor de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de Vigo

Aplicación práctica del nuevo régimen del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana

Se ha aprobado el Real Decreto-Ley 26/2021, de 8 de noviembre, que entró en vigor el día 10 de noviembre de 2021, para dar cumplimiento a la Sentencia del Tribunal Constitucional de 26 de octubre de 2021, que anulaba los preceptos del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales (RDLeg. 2/2004) que establecían la forma de calcular la base imponible del impuesto sobre incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU).
En la actual regulación del impuesto se establece una nueva forma de calcular el incremento de valor gravado, estableciéndose unos coeficientes para su determinación de forma objetiva, al tiempo que se dispone que los sujetos pasivos podrán optar por declarar el incremento de valor real, calculado por comparación entre los valores de venta y adquisición de los terrenos.
También se dispone de forma expresa que no están sujetos al impuesto los supuestos en los que el sujeto pasivo pueda demostrar que no se ha producido un incremento de valor, sino una disminución patrimonial; al tiempo que se somete a gravamen los incrementos de valor generados en periodos inferiores al año, que anteriormente no estaban sujetos al impuesto.
Con estos supuestos prácticos se examinan las diversas novedades que se producen con la nueva normativa del IIVTNU y los supuestos de mayor interés que se realizan en la liquidación del impuesto.

Palabras clave:impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana –IIVTNU–; incrementos de valor de los terrenos; plusvalías; usufructos; haciendas locales; reducción de valores catastrales; casos prácticos.

Nicolás Sánchez García
Auditor de la Sindicatura de Cuentas de la Comunitat Valenciana
Profesor de CEF.- UDIMA

Gasto de amortización por alquiler de inmuebles adquiridos a título gratuito

Análisis de la STS de 15 de septiembre de 2021, rec. núm. 5664/2019

El objeto de este comentario es analizar la innovadora Sentencia del Tribunal Supremo (TS) de 15 de septiembre de 2021 que casa la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 30 de mayo de 2019, Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, estableciendo la siguiente doctrina legal con relación a los alquileres de viviendas: 1.º La interpretación correcta del artículo 23.1 b) de la LIRPF es la que entiende que para calcular la determinación del rendimiento neto se deducirán las cantidades destinadas a la amortización del inmueble y de los demás bienes cedidos con este, siempre que respondan a su depreciación efectiva, en las condiciones que reglamentariamente se determinen, y tratándose de inmuebles adquiridos a título gratuito en el coste de adquisición satisfecho está incluido el valor del bien adquirido en aplicación de las normas sobre el impuesto sobre sucesiones o donaciones o su valor comprobado en estos gravámenes. 2.º Según el artículo 23.1 de la LIRPF, los gastos asociados a dichos bienes inmuebles deben admitirse como deducibles única y exclusivamente por el tiempo en que los mismos estuvieron arrendados y generaron rentas, en la proporción que corresponda (doctrina ya fijada en la Sentencia del TS de 25 de febrero de 2021) (Banacloche Palao, 2021, pp. 116-135).

Carmen Banacloche Palao
Profesora titular de Derecho Financiero y Tributario.
URJC

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