Cómputo en el IAE de la superficie del local cuando en el mismo se llevan a cabo dos actividades diferentes
Enviado por Editorial el Vie, 24/01/2025 - 12:20En dos consultas de la DGT se plantea la cuestión sobre el cómputo de la superficie del local cuando en el mismo se llevan a cabo dos actividades diferentes.
En dos consultas planteadas a la DGT, de 31 de octubre de 2024, se aclara la cuestión relativa al cómputo de la superficie en el IAE cuando en un mismo local se ejerza más de una actividad. En ambos casos la DGT se remite a lo dispuesto en la letra f) de la regla 14ª.1.F) de la Instrucción, que establece que cuando en un mismo local se ejerza más de una actividad, por el mismo sujeto pasivo o por sujetos pasivos distintos, se imputará a cada una de ellas la superficie utilizada directamente, más la parte proporcional que corresponda del resto del local ocupada en común y si ello no fuere posible, se imputará a cada actividad el número de metros cuadrados que resulte de dividir la superficie total del local entre el número de dichas actividades.