Amplia consulta de la DGT sobre facturación de acuerdo con las nuevas reglas del Reglamento Veri*factu
Enviado por Editorial el Jue, 10/04/2025 - 12:57Se detallan todas las posibilidades que se ofrecen al contribuyente, incluida la posibilidad de facturar de forma manual.
La contribuyente de la consulta vinculante V0058/2025 de la DGT, tiene la condición de empresario o profesional, lo que implica que está sujeta al IVA por las entregas de bienes y prestaciones de servicios que realice dentro del territorio de aplicación de este impuesto. Como parte de sus obligaciones fiscales, está obligada a expedir factura por todas las operaciones que lleve a cabo.
El Reglamento aprobado por el Real Decreto 1007/2023 es aplicable a los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades que realicen operaciones sujetas y no exentas de IVA. Este reglamento regula los sistemas de facturación, especificando las condiciones y requisitos para su implementación, incluida la obligación de remitir registros de facturación a la Agencia Tributaria de forma segura y verificable.
Si la contribuyente no utiliza un sistema informático de facturación y opta por un método manual (como facturas manuscritas o impresas a máquina), no está obligada a cumplir con las disposiciones del Reglamento. Sin embargo, si utiliza herramientas como hojas de cálculo o procesadores de texto, el Reglamento podría ser aplicable, ya que estos sistemas informáticos pueden servir para procesar y conservar los datos de facturación, lo que los convierte en sistemas que podrían estar sujetos a la normativa.