El TEAC acepta la aportación tardía de certificado de residencia para aplicar en IRNR los gastos deducibles
Enviado por Editorial el Mié, 10/09/2025 - 12:42De acuerdo con la Orden EHA/3316/2010, art. 7, para aplicar la deducción de gastos del art. 24.6 del TRLIRNR, debe adjuntarse un certificado de residencia fiscal expedido por la autoridad fiscal del Estado de residencia.
La interesada de la resolución del TEAC RG 5948/2021, de 31 de marzo de 2025, presentó el modelo 210 el 26 de febrero de 2020, correspondiente al ejercicio 2019, con el fin de declarar los rendimientos obtenidos por el arrendamiento de un inmueble ubicado en España. En dicha autoliquidación indicó ser residente fiscal en Alemania y solicitó una devolución.
El 9 de julio de 2020, la Oficina Nacional de Gestión Tributaria (ONGT) inició un procedimiento de comprobación limitada en relación con la declaración presentada, requiriendo la aportación, entre otros documentos, del certificado de residencia fiscal en Alemania correspondiente al año 2019.














