IVA e IS: sociedad en proceso de disolución transmite trabajadores a nueva sociedad satisfaciendo un importe equivalente a las indemnizaciones por despido que tendría que haber abonado a los trabajadores
Enviado por Editorial el Lun, 27/04/2026 - 11:22Tratamiento fiscal de la subrogación de trabajadores en el contexto de la disolución de una sociedad, con asunción por otra sociedad de nueva creación de las obligaciones indemnizatorias laborales a cambio de contraprestación económica: calificación como prestación de servicios sujeta y no exenta, deducibilidad de las cuotas soportadas y consideración del gasto como fiscalmente deducible.
La entidad de la consulta tributaria de la DGT V0040-26, de 13 de enero de 2026, una sociedad anónima en proceso de disolución ha llevado a cabo una operación de reestructuración de su plantilla consistente en la transmisión de sus trabajadores a una nueva sociedad mercantil.
El objetivo de dicha operación es evitar la asunción directa de las posibles indemnizaciones por despido que pudieran derivarse de la extinción de los contratos laborales, trasladando dicha obligación a una entidad tercera.
Como contrapartida, la sociedad satisface a la nueva entidad un importe equivalente al coste estimado de dichas indemnizaciones, importe que es objeto de repercusión del Impuesto sobre el Valor Añadido mediante la correspondiente factura.














