Tratamiento fiscal en España del Transition Tax exigido por EE.UU. a estadounidenses residentes en España, existiendo la cláusula de reserva de ciudadanía en el CDI
Enviado por Editorial el Lun, 06/10/2025 - 11:13El contribuyente quiere saber si puede considerarse gasto deducible o pérdida patrimonial en IRPF.
El contribuyente de la consulta vinculante V0948-25, de 29 de mayo de 2025, es residente fiscal en España, aunque también ciudadano de los Estados Unidos de América. En España tributa por IRPF y por el Impuesto sobre el Patrimonio, además de ser socio y administrador de varias sociedades españolas, cuyas sedes, actividad y facturación se encuentran íntegramente en territorio español. Sin embargo, por su condición de ciudadano estadounidense, está sujeto a la normativa fiscal de dicho país, concretamente a la Section 965 del Internal Revenue Code, que establece el llamado Transition Tax. Este impuesto grava a los ciudadanos norteamericanos, aunque no residan en EE.UU., por las reservas no distribuidas de sociedades extranjeras en las que tengan al menos un 10% de participación. Se aplica sobre beneficios acumulados entre 2001 y 2017 y su tipo general es del 17,5%, reducible al 9,1% en ciertos supuestos. El pago puede fraccionarse en ocho plazos, hasta 2025. Desde 2018 rige, además, el denominado Gilti Tax, que sigue gravando beneficios no distribuidos de sociedades extranjeras.














