TEAC: las retribuciones que percibe una persona física representante de una persona jurídica constituyen una operación vinculada, no quedando eximidas por el hecho de ser también el administrador
Enviado por Editorial el Mié, 28/01/2026 - 13:02El TEAC considera que la retribución regularizada por la Inspección Tributaria no remunera las funciones propias del cargo de administrador de las dos entidades de este caso, sino la prestación de servicios como representante de dichas sociedades.
La resolución RG 1902/2024, de 22 de mayo de 2025, del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) analiza una regularización tributaria derivada de la valoración de determinadas operaciones vinculadas entre una persona física (el obligado tributario) y las sociedades XZ y TW.
La segunda cuestión importante se analiza AQUÍ.














