La venta de autobuses entre empresas del mismo grupo no constituye simulación (TSJ Cantabria 09-11-2006)
Enviado por Editorial el Jue, 22/03/2007 - 13:28La venta de autobuses entre empresas del mismo grupo con el objetivo de obtener una doble amortización no puede considerarse que constituya en este caso un supuesto de simulación relativa. La carga de acreditar que ha habido simulación le corresponde a la Administración y no al contribuyente. No hay simulación relativa en la medida en que la Administración no señala cual es el negocio ocultado y el precio pagado por la venta de los autobuses coincide con el real.