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Modificación de las ayudas públicas exentas de IRPF en el territorio histórico de Álava

Universidad de Cambridge. Ayudas públicas exentas de IRPF

Modificación de las ayudas públicas exentas de IRPF en el territorio histórico de Álava, con efectos desde el 1 de enero de 2019.

En el BOTHA de hoy, 27 de noviembre de 2019, se ha publicado el Decreto Foral 51/2019, del Consejo de Gobierno Foral de 19 de noviembre. Aprobar la modificación del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

En concreto se modifica el apartado relativo a la exención de diferentes ayudas públicas.

Bizkaia estrenará en 2020 un nuevo reglamento de recaudación

Imagen de un hombre joven de negocios y tecnología

Bizkaia aprueba un nuevo reglamento de recaudación con efectos para 2020 y modifica sus reglamentos y de revisión en vía administrativa, de inspección tributaria, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades  y desarrolla el régimen fiscal de la UEFA 2020.

En el BOB de hoy, 23  de agosto de 2019 se ha publicado el  DECRETO FORAL 125/2019, de 21 de agosto, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación del Territorio Histórico de Bizkaia, se desarrolla el régimen fiscal de la fase final de la UEFA Euro 2020 y se modifican el Reglamento de desarrollo de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia, en materia de revisión en vía administrativa, el Reglamento de inspección tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia y los Reglamentos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades.

Mediante esta norma se aprueba un nuevo Reglamento de Recaudación del Territorio Histórico de Bizkaia, con efectos desde 1 de enero de 2020, para adaptar dicha norma a las nuevas funciones encomendadas al Servicio de Inspección Recaudatoria, configurándose como un nuevo texto reglamentario completo más moderno, armonizado y con un lenguaje acorde con la perspectiva de género. En lo que se refiere a la deuda, encontramos modificaciones sustanciales:  ampliación de los medios de pago, incluyendo las tarjetas de crédito y débito y destaca la previsión de que el pago de la deuda pueda realizarse mediante transferencia bancaria o cargo en cuenta; en materia de aplazamiento o fraccionamiento del pago de las deudas, se actualiza la tramitación de la solicitud y se establece que dicha solicitud deberá realizarse en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia y modifica la regulación de la dispensa de la garantía e  introduce nuevas variables como la insuficiencia sobrevenida de garantías.

Armonización de la normativa fiscal alavesa a las diversas modificaciones introducidas por el Estado en varios Impuestos

Imagen de una hucha con forma de cerdito y un enchufe al lado

Alava armoniza su regulación fiscal de los II.EE,  en concreto se configura el Impuesto especial sobre la Electricidad como un Impuesto que grava el suministro de energía eléctrica, establece la aplicación del tipo reducido del IVA del 10% a los servicios prestados por intérpretes, artistas, directores y técnicos, modifica los tipos de gravamen del Impuesto sobre Actividades de Juego y establece la neutralidad de determinadas reclasificaciones de participaciones o acciones de instituciones de inversión colectiva.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava del pasado 12 de agosto de 2019 se publicó el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 1/2019, del Consejo de Gobierno Foral de 30 de julio, por el que se aprueba la adaptación a la normativa tributaria alavesa a las diversas modificaciones introducidas por el Estado en varios Impuestos. En concreto, el Impuesto especial sobre la Electricidad deja de configurarse como un Impuesto sobre la fabricación para pasar a ser un Impuesto que grava el suministro de energía eléctrica para consumo o su consumo por los productores de aquella electricidad generada por ellos mismos persiguiéndose con esta modificación una reducción de costes administrativos, tanto para los distintos actores del mercado eléctrico, como para la Administración, adaptándose la normativa a lo establecido en el Directiva de la Unión Europea.  

Álava modifica los reglamentos de obligaciones censales y de información sobre derechos de suscripción

Imagen de la mano de un hombre escribiendo en teclado en Álava

Álava regula las nuevas opciones que tienen determinados sujetos pasivos para que sus servicios prestados por vía electrónica, de telecomunicaciones y de radiodifusión y televisión efectuados a consumidores finales y centraliza todo el suministro informativo sobre operaciones con derechos de suscripción en la entidad depositaria.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava se ha publicado hoy, 31 de julio de 2019, el DECRETO FORAL 34/2019, del Consejo de Gobierno Foral de 23 de julio, por el que se aprueban diversas modificaciones en el Decreto Foral 3/2011, de 25 de enero, que regula el censo de los contribuyentes y las obligaciones censales y en el Decreto Foral 111/2008, de 23 de diciembre, que regula la obligación de informar sobre cuentas, operaciones y activos financieros, así como sobre bienes y derechos situados en el extranjero, que surtirán efecto desde el 1 de enero de 2019.

Modificación de los Reglamentos navarros de IVA, IS, IRPF, obligaciones de facturación, censales e identificación fiscal

Imagen de una lupa, calculadora, gafas, movil, boli y un folio en el que estaría el reglamento a modificar

Publicado el Decreto Foral 75/2019 de Navarra, de 26 de junio, que modifica los Reglamentos de IVA, IRPF, IS, y obligaciones de facturación, censales y de identificación fiscal.
En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 30 de julio de 2019 se ha publicado el DECRETO FORAL 75/2019, de 26 de junio, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por Decreto Foral 86/1993, de 8 de marzo, el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por Decreto Foral 23/2013, de 10 de abril, el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo, el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Decreto Foral 114/2017, de 20 de diciembre, y el Decreto Foral 8/2010, de 22 de febrero, por el que se regula el NIF y determinados censos relacionados con él.

Modificación de los Reglamentos de IRPF, de desarrollo de obligaciones tributarias formales y de facturación en Gipuzkoa

Entre las modificaciones de los Reglamentos de IRPF y de desarrollo de las obligaciones tributarias formales y de facturación destacan las relativas al desarrollo del régimen especial de tributación para personas trabajadoras desplazadas..

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa se han publicado los DECRETOS FORALES 17/2019 de 25 de junio, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y 18/2019 de 25 de junio, por el que se modifican el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales, y el Reglamento que regula las obligaciones de facturación.

Entre las modificaciones que se incluyen el Reglamento de IRPF de Gipuzkoa destaca el desarrollo reglamentario del régimen especial de tributación para personas trabajadoras desplazadas; se extiende la exención establecida para las ayudas públicas a determinadas ayudas prestadas por el Gobierno Vasco. Se introduce un ajuste técnico en la imputación temporal de rendimientos en los supuestos de pérdida de la condición de contribuyente del impuesto por cambio de residencia al extranjero. Se especifican los requisitos que han de cumplir los planes individuales de ahorro sistemático en los que existen mecanismos de reversión, periodos ciertos de prestación o fórmulas de contraseguro, para de esta manera garantizar que se alcanza la finalidad perseguida con la creación de dichos planes.

Álava modifica su reglamento de las obligaciones de facturación

Con efectos desde el 1 de enero de 2019 se modifica el reglamento que regula las obligaciones de facturación en Alava, para incorporar en este territorio las modificaciones resultantes como consecuencia de la transposición de la Directiva 2017/2455 del Consejo, de 5 de diciembre de 2017 en el territorio nacional.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava, de 26 de junio de 2019,  se ha aprobado el DECRETO FORAL 31/2019, de 18 de junio, del Territorio Histórico de Álava, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la modificación del Decreto Foral 18/2013, de 28 de mayo, que aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, con efectos desde el 1 de enero de 2019.

Como  consecuencia de la transposición de la Directiva 2017/2455 del Consejo, de 5 de diciembre de 2017, se modifican las reglas referentes a la normativa aplicable en materia de facturación que, desde el 1 de enero de 2019, será la normativa del Estado miembro de identificación para los sujetos pasivos acogidos a los regímenes especiales aplicables a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica.

Bizkaia aprueba un nuevo Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo

Bizkaia aprueba el Reglamento de desarrollo de la Norma Foral 4/2019, de 20 de marzo, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y los incentivos fiscales al mecenazgo, que resulta de aplicación para los periodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2019.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de 24 de mayo de 2019 se ha publicado el DECRETO FORAL 55/2019, de 21 de mayo, del Territorio Histórico de Bizkaia, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, que resulta de aplicación para los periodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2019.

Este reglamento desarrolla la nueva Norma Foral 4/2019, de 20 de marzo, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y los incentivos fiscales al mecenazgo, que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2019.

Álava incluye en su norma foral del IRPF la mención expresa a la exención de las prestaciones de maternidad y paternidad entre otras

La exención de las prestaciones por maternidad y por paternidad percibidas la Seguridad Social, las percibidas por los empleados públicos y por los cooperativistas por entidades de previsión social voluntaria así como la retribución por cuidados de hijos menor con enfermedad grave.

En el Boletín Oficial deL Territorio Histórico de Alava del día 10 de abril de 2019 se publicó la NORMA FORAL 10/2019, de 27 de marzo, de modificación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas., al objeto de regular, a partir del 1 de enero de 2019, la exención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de determinadas prestaciones de maternidad y paternidad reguladas en la ley general de la Seguridad Social y situaciones que expresamente se asimilan a las prestaciones exentas.

Neutralidad fiscal de determinadas reclasificaciones de participaciones o acciones de instituciones de inversión colectiva en Navarra

El DECRETO-LEY FORAL 1/2019, de Navarra, establece la neutralidad fiscal en las operaciones de reclasificación de participaciones o acciones de instituciones de inversión colectiva, de cara a los IRPF, IS e IRNR.

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 14 de marzo de 2019, se ha publicado el DECRETO-LEY FORAL 1/2019, de 27 de marzo, por el que se modifica parcialmente la Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, para incorporar a la normativa tributaria foral el contenido del Real Decreto-Ley 27/2018, que estableció en el ámbito estatal un periodo transitorio (entre el 3 de enero de 2018 y el 30 de marzo de 2019) durante el cual determinadas reclasificaciones de participaciones o de acciones de instituciones de inversión colectiva van a resultar neutrales fiscalmente, de forma que los inversores de instituciones de inversión colectiva soporten de forma inmediata menos costes asociados a sus acciones o participaciones, conforme a una normativa mercantil que ya resulta aplicable; y que dicha reclasificación no tenga incidencia tributaria para los citados inversores.

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