Novedades Legislativas

Proyecto de Orden modelos de declaración IRPF y Patrimonio 2015

Proyecto de Orden modelos de declaración IRPF y Patrimonio 2015

En la página de la AEAT se ha puesto a disposición de los ciudadanos , el Proyecto de Orden por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2015, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención o puesta a disposición, modificación y confirmación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos.

En cuanto a las novedades reflejadas en el modelo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, podemos destacar las siguientes:

  • Se adecua el modelo a las modificaciones introducidas en el impuesto por la Ley 26/2014: nueva tarifa aplicable a la base liquidable general y a la base liquidable del ahorro;  creación del  Plan de Ahorro a Largo Plazo, incorporación en la base imponible del ahorro de las ganancias y pérdidas patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de transmisiones de elementos patrimoniales, cualquiera que sea el plazo de permanencia en el patrimonio del contribuyente; supresión de la deducción por alquiler….

Procedimiento para la obtención del certificado del INAEM previsto en el artículo 36 de la LIS (espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales)

La Orden ECD/2836/2015, de 18 de diciembre (BOE de 30 de diciembre), regula el procedimiento para la obtención del certificado del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM), previsto en el artículo 36.3, a)  de la  LIS, y establece la obligatoriedad, para el conjunto de contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades que tengan derecho a la correspondiente deducción en la cuota del impuesto, de comunicarse por medios electrónicos con el citado organismo autónomo, y la obligatoriedad de admitir la notificación por medios electrónicos.

Aprobación del modelo 113 de comunicación de datos de ganancias patrimoniales por cambio de residencia a otro Estado miembro de la UE o del EEE

La Orden HAP/2835/2015, de 28 de diciembre (BOE de 30 de diciembre y en vigor a partir del 31 del citado mes), aprueba el modelo 113 de comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia cuando se produzca a otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con efectivo intercambio de información tributaria, que deberá ser presentada por el contribuyente del IRPF cuando pierda su condición por tal motivo, en el plazo comprendido entre la fecha del desplazamiento y la fecha de finalización del plazo de declaración del Impuesto correspondiente al primer ejercicio en que el contribuyente no tuviera tal condición como consecuencia del cambio de residencia, debiéndose comunicar las variaciones de domicilio en el plazo de 2 meses desde que se produzcan, no teniendo, en ningún caso, la presentación del modelo la consideración de cambio de domicilio -art. 48 LGT-.

Reforma del Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas de Gipuzkoa

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa del día 24 de diciembre de 2015 se publicó la NORMA FORAL 6/2015, de 23 de diciembre, de reforma del Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas.

Mediante la NORMA FORAL 6/2015, de 23 de diciembre, de reforma del Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas, se pretende mejorar el tratamiento tributario a los elementos afectos a actividades económicas y a determinadas participaciones empresariales, mejorar en el ámbito de la justicia tributaria horizontal y además, avanzar en la armonización de la tributación entre los Territorios Históricos. Entre las medidas previstas la más relevante es  la que sustituye la bonificación del 75 por 100 por la exención en el Impuesto de los elementos afectos y participaciones mencionados, cuando se cumplan determinados requisitos, al objeto de favorecer el tejido empresarial.

Aprobadas las medidas tributarias de Gipuzkoa

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 28 de diciembre de 2015, se ha publicado la NORMA FORAL 7/2015, de 23 de diciembre, por la que se aprueban determinadas modificaciones tributarias.

A través de  la NORMA FORAL 7/2015, de 23 de diciembre, por la que se aprueban determinadas modificaciones tributarias, se llevan a cabo reformas de calado en las figuras impositivas más destacadas del sistema tributario guipuzcoano, como son la aprobación de nuevas regulaciones en los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre la Renta de no Residentes y, en especial, en el Impuesto sobre Sociedades.

Aprobación de los modelos 149 y 151 (régimen especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español) y modificación del modelo 290 (FATCA)

Se ha publicado, en el BOE de 23 de diciembre de 2015, la Orden HAP/2783/2015, de 21 de diciembre, que aprueba el modelo 151 de declaración IRPF para contribuyentes del régimen especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español, así como el modelo 149 de comunicación para el ejercicio de la opción por tributar por dicho régimen, y que modifica la Orden HAP/1136/2014, de 30 de junio, por la que se regulan determinadas cuestiones relacionadas con las obligaciones de información y diligencia debida establecidas en el acuerdo entre el Reino de España y los Estados Unidos de América para la mejora del cumplimiento fiscal internacional y la aplicación de la ley estadounidense de cumplimiento tributario de cuentas extranjeras y se aprueba la declaración informativa anual de cuentas financieras de determinadas personas estadounidenses, modelo 290.

Publicados para 2016 los precios medios de venta aplicables a medios de transporte usados

Como es habitual por estas fechas, en el BOE de 21 de diciembre de 2015, se publica la Orden HAP/2763/2015, de 17 de diciembre, que aprueba los precios medios de venta de vehículos, ciclomotores, motocicletas y embarcaciones de recreo, que serán utilizables como medios de comprobación de valores a los efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

Modificación de la Orden HAP/2194/2013 que regula la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas

La Orden HAP/2762/2015, de 15 de diciembre (BOE de 21 de diciembre), modifica la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria, para ampliar su  ámbito objetivo de aplicación:

  • A la presentación de determinadas declaraciones censales y solicitudes de devolución, modificando para ello, en primer lugar, el título de la Orden que pasa a denominarse: “Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria”,  señalándose, mediante la inclusión de un apartado 4 en su artículo 1,  que sus disposiciones son también de aplicación a los modelos 030 (declaración censal de alta en el Censo de obligado tributarios, cambio de domicilio y/o de variación de datos personales) y 140 (IRPF. Deducción por maternidad. Abono anticipado de la deducción) y regulándose su habilitación, condiciones generales y procedimiento para su presentación electrónica por internet.
  • A determinados modelos de declaración que en la redacción original de la misma se habían excluido expresamente, como las autoliquidaciones que se deben realizar solo con carácter ocasional, modelos 308 (IVA, solicitud de devolución: recargo de equivalencia, artículo 30 bis del Reglamento del IVA, artículo 21.4.º de la Ley del IVA y sujetos pasivos ocasionales) y 309 (declaración-Liquidación no periódica del IVA), así como, los modelos 341 (Solicitud de reintegro de compensaciones en el Régimen Especial de la Agricultura, Ganadería y Pesca), 568 (Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. Solicitud de devolución por reventa y envío de medios de transporte fuera del territorio) y 576 (Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. Declaración-Liquidación), de manera que a partir de 2016 se pueda realizar su presentación mediante la utilización del sistema Cl@vePIN.

Armonización tributaria del IVA en Navarra

En el Boletín Oficial Navarra de hoy,  se ha publicado el Decreto Foral Legislativo 2/2015 de 16 de diciembre, de Armonización Tributaria, por el que se modifica la Ley Foral 19/1992, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, para cumplir con lo dispuesto  en el Convenio Económico  que obliga a que en la Comunidad Foral se apliquen idénticas normas sustantivas y formales que en el Estado.

La Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2106, modifica puntualmente la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, con el objeto de adecuarla a la normativa comunitaria en cuanto a la exención de las prestaciones de servicios directamente relacionados con las exportaciones de bienes fuera del territorio de la Comunidad Europea.

Por otro lado, eleva a 250.000 euros el límite máximo de las adquisiciones e importaciones de bienes para la aplicación del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.

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