Novedades Legislativas

Modificación de distintos modelos relativos al suministro de información derivado de las obligaciones informativas

Proyecto de modificación de los modelos 181, 187, 188, 193, 198 y 289.

  • Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden EHA/3514/2009, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 181 de declaración informativa de préstamos y créditos, y operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles, la Orden HAP/1608/2014, de 4 de septiembre, por la que se aprueba el modelo 187, de declaración informativa de acciones o participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva, la Orden de 17 de noviembre de 1999 por la que se aprueban los modelos 128 de declaración-documento de ingreso y los modelos 188 del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes, en relación con las rentas o rendimientos de capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguro de vida o invalidez, la Orden EHA/3377/2011, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 193 de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre determinadas rentas del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, correspondiente a establecimientos permanentes, la Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 198, de declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios, y la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre, por la que se aprueba el modelo 289, de declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua, y por la que se modifican otras normas tributarias

Novedades para las herencias y las donaciones en Asturias

Mejoras en las reducciones de la base imponible y la tarifa del impuesto.

Con fecha 12 de julio de 2017, se ha publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, la Ley 7/2017, de 30 de junio, de tercera modificación del Texto Refundido de las disposiciones legales en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 2/2014, de 22 de octubre.

Dicha Ley incluye una serie de modificaciones tributarias relativas al Impuesto sobre sucesiones y donaciones que tienen como finalidad:

  • Reducir la fiscalidad de las herencias en línea directa
  • Mejorar los beneficios fiscales que afectan a la adquisición de vivienda habitual por herencia
  • Fomentar la continuidad o la creación y ampliación de empresas y explotaciones agrarias

Nuevas modificaciones: es el turno del IVA, el ITP y AJD, los II. EE., el IRPF, el IS y el ISD

Publicados los Proyectos de Real Decreto por los que se modifican el Rgto. de IVA, el Rgto. del ITP y AJD, el Rgto. de II.EE. (…), el Rgto. de IRPF, el Rgto. del IS y el Rgto. del ISD.

El Ministerio de Hacienda y Función Pública ha publicado, al objeto de someterlos al trámite de información pública, los Proyectos de Real Decreto por los que se modifican el Rgto. del IVA, el Rgto. del ITP y AJD, el Rgto. de II.EE. (…), el Rgto. de IRPF, el Rgto. del IS y el Rgto. del ISD.

Publicado en el BOE el Protocolo de modificación del Convenio con México para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal

En el BOE de 7 de julio de 2017 se ha publicado el Protocolo,  hecho en Madrid el 17 de diciembre de 2015, que modifica el Convenio entre España y México para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio y prevenir el fraude y la evasión fiscal y su Protocolo, hecho en Madrid el 24 de julio de 1992, cuya entrada en vigor va a tener lugar el 27 de septiembre de 2017.

Nueva Ley de medidas fiscales en Castilla y León

El Boletín Oficial de Castilla y León ha publicado la aprobación de la nueva Ley 2/2017 de medidas tributarias y administrativas de la Comunidad Autónoma que entrará en vigor el 7 de julio de 2017. Si bien en esta Ley predominan las reformas relativas al  Procedimiento Administrativo Común (PAC), existen interesantes novedades desde el punto de vista tributario.

Modificación en el impuesto sobre sociedades en Navarra: patent box

Con efectos para el periodo impositivo 2016 se impide aplicar el régimen transitorio a los activos intangibles adquiridos de partes vinculadas después del 1 de enero del 2016, si en el momento de la adquisición aquéllos no tuvieran derecho al incentivo patent box.

En el Boletín Oficial de Navarra de 6 de julio de 2017 se ha publicado la LEY FORAL 10/2017, de 27 de junio, de modificación parcial de la Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, con efectos desde el 1 de julio de 2016. Se establecen medidas de protección adicional al objeto de impedir que los contribuyentes apliquen el régimen transitorio de “patent box”  a los activos intangibles que se adquieran directa o indirectamente de partes vinculadas después del día 1 de enero del 2016, siempre que en el momento de la adquisición aquéllos no tuvieran derecho a la aplicación de un régimen de reducción.

Aprobación de los modelos de poderes inscribibles en los registros electrónicos de apoderamientos de la Administración General del Estado y de las entidades locales

La Orden HFP/633/2017, de 28 de junio (BOE de 4 de julio y en vigor a partir del 2 de enero de 2018), aprueba los modelos de poderes inscribibles en el Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del Estado y en el registro electrónico de apoderamientos de las Entidades Locales (distinguiendo si permiten la actuación ante todas las Administraciones, ante la Administración General del Estado o ante las Entidades Locales) y un modelo  de revocación de los poderes otorgados y establece los sistemas de firma válidos para realizar los apoderamientos apud acta a través de medios electrónicos.

Modificaciones en la normativa tributaria: gestión, inspección, recaudación, régimen sancionador y revisión en vía administrativa

Publicados los Proyectos de Real Decreto de modificación del Rgto. de gestión e inspección tributaria, del Rgto. general de recaudación, del Rgto. Régimen Sancionador Tributario y del Rgto. de revisión en vía administrativa.

El 30 de junio de 2017, el Ministerio de Hacienda y Función Pública ha publicado, al objeto de someterlos al trámite de información pública, los Proyectos de Real Decreto de modificación del Rgto. de gestión e inspección tributaria, del Rgto. general de recaudación, del Rgto. Régimen Sancionador Tributario y del Rgto. de revisión en vía administrativa.

Cambios en el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades en relación con la cobertura del riesgo de crédito en entidades financieras

El Real Decreto 683/2017, de 30 de junio (publicado en el BOE y en vigor el día 1 de julio y con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2016, surtiendo efectos, por tanto, para las entidades financieras de cara a la autoliquidación del IS cuyo plazo de presentación ha comenzado el 1 de julio de 2017), modifica el Capítulo III del Título I del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades -arts. 8 y 9- (en adelante RIS), relativo al contenido del régimen especial del deterioro de créditos por insolvencias en las entidades financieras, para adaptarlo a los cambios (tanto en el ámbito conceptual como en el metodológico para la cuantificación de las coberturas por riesgos de crédito) introducidos por la Circular del Banco de España 4/2016, de 27 de abril, en el nuevo anejo IX  de  la Circular 4/2004, de 22 de diciembre, del Banco de España, a entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada y modelos de estados financieros. Además, introduce en el citado texto legal tres disposiciones transitorias, concretamente la  sexta, que regula el riesgo de crédito de entidades financieras generado con anterioridad a 1 de enero de 2016,  la séptima relativa al deterioro de instrumentos de deuda de los fondos de titulización, y por último, la octava que contiene la regulación del riesgo de crédito en establecimientos financieros de crédito. (vid. cuadro comparativo)

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