EL TS sobre la base de su jurisprudencia permite la revisión de liquidaciones firmes del IIVTNU cuando el contribuyente ya invocó la nulidad de pleno derecho de la liquidación con anterioridad a la STC 182/2021
Enviado por Editorial el Mié, 17/12/2025 - 10:13El TS aunque no fija doctrina reitera su jurisprudencia que permite la posibilidad de declarar la nulidad de pleno derecho de liquidaciones firmes practicadas en concepto de IIVTNU, pues el restablecimiento del pleno respeto a la Constitución exige la posibilidad de abrir el cauce de revisión de las liquidaciones firmes para impedir la perpetuación de una lesión de los valores constitucionalmente protegidos.
El Tribunal Supremo, en su sentencia de 19 de noviembre de 2025, recaída en el recurso n.º 5830/2023 aunque no fija doctrina reitera su jurisprudencia que permite la posibilidad de declarar la nulidad de pleno derecho de liquidaciones firmes practicadas en concepto de IIVTNU, pues en este casoconsta en el expediente es que en el primer escrito presentado ante el Ayuntamiento ya invocaba la nulidad de pleno derecho de las liquidaciones, y lo hacía sobre la base de la STC 59/2017, alegando y demostrando la pérdida de valor de los inmuebles, según consta en los valores reflejados en los títulos de adquisición y transmisión, dato no discutido por el Ayuntamiento.
Considera el Tribunal que el restablecimiento del pleno respeto a la Constitución exige la posibilidad de abrir el cauce de revisión de las liquidaciones firmes para impedir la perpetuación de una lesión de los valores constitucionalmente protegidos.














