Es doctrina legal que, declarado concurso, la Administración tributaria no puede dictar providencias de apremio para hacer efectivos sus créditos contra la masa
Enviado por Editorial el Lun, 08/04/2019 - 14:18La sentencia del Tribunal Supremo, de 20 de marzo de 2019, es una sentencia fundamental por cuanto, definitivamente, fija los límites que ya se venían apuntando desde la jurisprudencia a que se ve constreñida la Administración en su poder ejecutivo frente a la administración concursal una vez que un obligado tributario ha sido declarado en concurso de acreedores, cerrando filas en favor de la segunda, conforme al principio de preferencia del pr




