Viabilidad de la escisión total por motivos de simplificación sucesoria y relevo generacional
Enviado por Editorial el Jue, 23/04/2026 - 13:25La escisión de una sociedad dedicada a la gestión y arrendamiento de inmuebles y su reestructuración en varias sociedades con la finalidad de simplificar la sucesión futura y facilitar el relevo generacional es factible, siendo un motivo económico válido que no presupone fraude o evasión fiscal.
La entidad contribuyente de la consulta V0127-26, de 27 de enero de 2026, está dedicada al arrendamiento de varios inmuebles, locales y viviendas, sin empleado contratado para dicha gestión. El único socio se plantea una operación de reestructuración consistente en una escisión total, de forma que la sociedad actual segregue los bienes inmuebles que serán adjudicados a tres sociedades de nueva creación. Dichas tres nuevas sociedades, tendrán los mismos socios, en este caso un socio único. El motivo económico de esta operación es simplificar la sucesión futura y facilitar el relevo generacional evitando conflictos entre los futuros herederos en el momento de la sucesión.
Se consulta si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial para escisiones que se regula en los arts. 76 a 89 del Capítulo VII del Título VII de la LIS, en especial si sería un motivo económico válido.














