Limitación a la compensación de BINs tras la adquisición de entidades inactivas y consecuencias en los procesos de fusión
Enviado por Editorial el Mar, 06/05/2025 - 14:54La entidad arrendaba un inmueble pero sin personal contratado, lo que indica que no desarrollaba una actividad económica.
La sociedad T de la consulta vinculante V0056/2025, de 3 de febrero de 2025, actúa como cabecera de un grupo familiar empresarial compuesto por varias entidades: A, B, C y D, con diferentes niveles de participación.
Las actividades principales del grupo incluyen:
- T: sociedad holding, arrendamiento de inmuebles y cesión de espacios para eventos.
- A: promoción inmobiliaria y arrendamiento de activos.
- B: arrendamiento de un inmueble con uso hotelero (sin personal).
- C: sociedad inactiva en el momento de la consulta.
La operación de reestructuración propuesta consta de dos fases:
- Fusión por absorción: la entidad A absorbería a la entidad B, transmitiéndose en bloque todo su patrimonio.
- Aportación no dineraria: la sociedad T aportaría inmuebles a la entidad A para concentrar en ella los activos inmobiliarios del grupo.














