Cómo realizar el cálculo del saldo medio del último trimestre para el modelo 720 si la cuenta bancaria se ha abierto después del 1 de octubre
Enviado por Editorial el Mié, 09/07/2025 - 13:27El art. 42 bis del RD 1065/2007 (RGAT) establece que debe informarse del saldo medio del último trimestre del año natural respecto a las cuentas bancarias situadas en el extranjero.
El contribuyente de la consulta tributaria V0630/2025, de 8 de abril de 2025, persona física residente en España, plantea una duda relacionada con la obligación de declarar cuentas situadas en el extranjero (modelo 720). Concretamente, desea saber cómo debe calcularse el saldo medio del último trimestre del año cuando la cuenta ha sido abierta después del 1 de octubre.
El art. 42 bis del RD 1065/2007 (RGAT) establece que debe informarse del saldo medio del último trimestre del año natural respecto a las cuentas bancarias situadas en el extranjero de las que el contribuyente sea titular, autorizado, beneficiario o tenga poder de disposición.














