El TEAC analiza la doctrina del Tribunal Supremo y el alcance del régimen opcional de autoliquidación en el Impuesto sobre Sucesiones: procedencia de intereses de demora en Andalucía
Enviado por Editorial el Lun, 22/06/2026 - 15:45Procedencia de intereses de demora en una liquidación del Impuesto sobre Sucesiones, en la que se discute la aplicación de la doctrina del Tribunal Supremo sobre regímenes opcionales de declaración. Se concluye que en Andalucía no existe un régimen opcional de autoliquidación, por lo que no resulta aplicable dicha jurisprudencia invocada por el recurrente. En consecuencia, procede la exigencia de intereses de demora desde el fin del plazo voluntario de ingreso hasta la liquidación administrativa.
El TEAC en su resolución RG 6120/2024, de 29 de mayo de 2026, analiza la procedencia de intereses de demora aplicando la doctrina del Tribunal Supremo en materia de liquidaciones tributarias y el alcance del denominado “régimen opcional” de autoliquidación. En particular, examina si resulta aplicable la exclusión de intereses cuando la regularización administrativa obedece a discrepancias interpretativas sobre la aplicación de los beneficios fiscales, concluyendo que dicha doctrina solo opera en aquellos supuestos en los que el sistema de gestión del tributo permite efectivamente una alternativa entre declaración y autoliquidación, circunstancia que no concurre en el caso enjuiciado.














