Por fin el Tribunal Supremo ha fijado jurisprudencia: las prestaciones por maternidad están exentas del IRPF
Enviado por Editorial el Vie, 05/10/2018 - 12:15Ha establecido como doctrina legal que “las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”
La sentencia del Tribunal Supremo de 3 de octubre de 2018, desestima un recurso de la Abogacía del Estado, que defendía que dichas prestaciones no debían estar exentas del IRPF. El Supremo confirma una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 29 junio de 2017, que estimó el recurso de una mujer y ordenó a Hacienda que le devolviera la cantidad ingresada en el IRPF de 2013 por la prestación por maternidad con cargo a la Seguridad Social percibida en dicho ejercicio.




