La residencia en una determinada Comunidad Autónoma no legitima per se el establecimiento de beneficios fiscales
Enviado por Editorial el Lun, 30/03/2015 - 07:22Por fin ha sido publicada hoy -razón por la cual, aunque ha trascendido a la prensa, no hemos subido hasta ahora estas notas a nuestra web- la esperada sentencia del Tribunal Constitucional, de 18 de marzo de 2015, que resuelve la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo en su auto de 8 de mayo de 2013 en lo que tiene que ver con la eventual vulneración del principio de igualdad de una norma como la controvertida, que establece una bonificación en el ISD sólo para los residentes en el territorio de una determinada Comunidad Autónoma –en este caso la Comunidad Valenciana- en el momento en que se produce el devengo del impuesto.




