Novedades Legislativas

Aprobados dos proyectos de ley de modificación del Concierto Económico y de aprobación del cupo vasco para el quinquenio 2017-2021

Aprobados dos proyectos de ley de modificación del Concierto Económico y de aprobación del cupo vasco para el quinquenio 2017-2021
  • Se ha aprobado el Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley del Concierto Económico, con el objetivo de adaptarlo a determinados cambios legislativos que se han producido en la normativa estatal y que estaban pendientes de incorporarse en el mismo
  • Se fija el cupo base para 2017 en 1.300 millones de euros
  • La nueva Ley del Cupo aclara y da estabilidad a las relaciones financieras entre el Estado y el País Vasco para el próximo quinquenio

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley por la que se aprueba la metodología de señalamiento del Cupo del País Vasco para el quinquenio 2017-2021, y del Proyecto de Ley que modifica otra Ley del 23 de mayo de 2002 que aprobó el Concierto Económico con el País Vasco.

Modificaciones en los modelos de declaración censal y autoliquidación de IVA

Se modifican los modelos 036, 037, 303 y 322.

El Proyecto de Real Decreto por el que se modifican el Rgto. de IVA, el Rgto. de ITP y AJD, el Rgto. de II.EE. (…), publicado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública el pasado mes de julio, introduce determinados cambios que afectan a la gestión de los impuestos y que por tanto, determinan la necesidad de modificar otras normas reglamentarias de desarrollo.

La Agencia Tributaria informa de que la entrada en vigor del Proyecto de Orden de modificación del SII está prevista para el 1 de julio de 2018

Calculadora de plazos para la remisión de facturas a través del Suministro Inmediato de Información (SII)

La AEAT ha hecho un comunicado para informar de que la entrada en vigor del Proyecto de Orden para la modificación de algunas especificaciones normativas y técnicas del sistema de llevanza de los libros registro del IVA a través de la sede electrónica de la AEAT, publicado en la página del Ministerio de Hacienda y Función Pública el pasado 11 de octubre, va a tener lugar  el 1 de julio de 2018 en lugar del 1 de enero de 2018, tal y como estaba previsto en la disposición final segunda del citado Proyecto de Orden.

La Rioja consolida en un único texto legal todo lo relativo a tributos cedidos y propios, excepto canon de saneamiento y tasas

La Ley 10/2017 de la C.A. de La Rioja  realiza una  consolidación fiscal en tributos cedidos y propios, y toda modificación futura será una  reforma de la misma

Para evitar algunas dudas razonables en relación a la aplicación de algunos preceptos, generadas por  la dispersión de las normas que actualmente regulan los tributos propios y cedidos en la Comunidad Autónoma de La Rioja, se aprueba un texto que regula todas las normas vigentes con rango de ley en materia de impuestos en esta Comunidad Autónoma:  la Ley 10/2017, de 27 de octubre, por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y tributos cedidos. El fin es cumplir con los principios de buena regulación y de transparencia en relación con la actividad normativa, y facilitar el conocimiento de las normas fiscales por los ciudadanos, al tenerlas recogidas en una sola ley que abordará la regulación sujeta a reserva de ley de los tributos en La Rioja en un único texto normativo. En lo sucesivo, cualquier modificación que se efectúe en su régimen no se tratará ya de forma autónoma, sino como una reforma de esta ley.

Modificaciones en los modelos 210, 211, 213 y 296 del IRNR

Se simplifican y mejoran los procedimientos de presentación de autoliquidaciones.

El Ministerio de Hacienda y Función Pública, ha publicado el Proyecto de Orden por el que modifica la Orden EHA/3316/2010, de 17 de diciembre, y la Orden EHA/3290/2008 de 6 de noviembre.

Las disposiciones contenidas en el mencionado Proyecto de Orden tienen por objeto la simplificación y mejora de los procedimientos de presentación de las autoliquidaciones aprobadas por dicha orden, así como, la homogeneización de los procedimientos de presentación con los de otras obligaciones tributarias, así como la mejora en la información e identificación sobre determinados perceptores de rentas que se deben incluir en la declaración informativa anual del modelo 296.

Comentario a las medidas fiscales contenidas en la Ley 6/2017 de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo

La Ley del Trabajo Autónomo introduce en la LIRPF una nueva regulación relativa a dos gastos deducibles de los rendimientos netos de las actividades económicas en estimación directa: gastos por suministros de electricidad, gas, agua y telecomunicaciones cuando el empresario o profesional ejerza su actividad en su propia vivienda habitual y gastos de manutención del titular de la actividad

La Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, publicada en el BOE del 25 de octubre, introduce medidas que repercuten en diferentes ámbitos (Seguridad Social, derechos colectivos del trabajador autónomo, formación profesional para el empleo de los trabajadores autónomos y fiscal), ciñéndonos en este análisis a las medidas de índole tributaria que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2018 (disp. final 13.ª a). Del resto de medidas puede consultar su análisis en http://www.laboral-social.com/analisis-medidas-ley-6-2017-reformas-urgentes-trabajo-autonomo-seguridad-social-irpf-derechos-colectivos-formacion-empleo.html.

Proyecto de Orden ministerial por la que se establecen determinadas disposiciones relativas al sistema Intrastat

Avance en la reducción de cargas que el sistema impone a los declarantes.

En 1993 se culmina la creación del mercado interior, suprimiéndose los controles aduaneros en el comercio entre Estados miembros de la Unión Europea, circunstancia que hizo que, desde entonces, la información relativa a los intercambios intra-UE de bienes no pudiera obtenerse a partir de los datos procedentes del cumplimiento de las formalidades aduaneras.

La necesidad de seguir elaborando las estadísticas del comercio intra-UE supuso que, junto con la puesta en marcha del mercado interior, se estableciera el denominado sistema Intrastat. El objeto del sistema Intrastat es, por consiguiente, cubrir las necesidades de información detallada que precisan tanto las instituciones de la Unión Europea, para el diseño de las políticas orientadas al desarrollo del mercado interior, como las empresas y asociaciones sectoriales, para el análisis de sus mercados. Asimismo, el sistema permite disponer de datos agregados que hacen posible el análisis de la política económica y monetaria y satisfacen las necesidades específicas de los Estados miembros en esta materia.

Modificación de Reglamentos tributarios para la introducción del SII en el IVA en Navarra

Navarra modifica con efectos para el 1 de enero de 2018 los reglamentos tributarios para la implantación del suministro inmediato de información (SII) en el IVA.

En el Boletín Oficial de Navarra de 20 de octubre de 2017, se ha publicado el DECRETO FORAL 91/2017, de 4 de octubre, de la Comunidad Foral de Navarra, para el impulso de los medios electrónicos en la gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por Decreto Foral 86/1993, de 8 de marzo, el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por Decreto Foral 23/2013, de 10 de abril, el Decreto Foral 69/2010, de 8 de noviembre, por el que se regula la declaración anual de operaciones con terceras personas y por el que se modifican otras normas con contenido tributario, el Decreto Foral 276/2002, de 30 de diciembre, por el que se regula el sistema de extinción por compensación de determinadas deudas tributarias, y el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo.

El presente Decreto Foral tiene por objeto incorporar las modificaciones reglamentarias necesarias para acometer la iniciativa consistente en que la llevanza de los libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido se realice a través de los servicios telemáticos de la Hacienda Tributaria de Navarra, mediante el suministro electrónico de los registros de facturación, por parte de determinados empresarios o profesionales y otros sujetos pasivos del Impuesto, sistema cuya implantación se prevé para el 1 de enero de 2018.

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