Novedades Legislativas

Modificaciones en La Ley Foral de IVA de Navarra

Se modifica la Ley Foral de IVA de Navarra para establecer la tributación al 10 por ciento de las monturas de gafas, espectáculos culturales en vivo y servicios mixtos de hostelería y la exención de las entregas de monedas de colección.

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 31 de agosto de 2017 se ha publicado el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 2/2017, de 23 de agosto, de armonización tributaria, por el que se modifica la Ley Foral 19/1992, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, con efectos desde el 29 de junio de 2017.

Aprobación del modelo 232 “Declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales”

Publicación del modelo 232 de declaración informativa de operaciones vinculadas y operaciones relacionadas con paraísos fiscales con efectos para períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2016.

En el BOE de 30 de agosto de 2017 y con efectos para las declaraciones correspondientes a los períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2016, se ha publicado la Orden HFP/816/2017, de 28 de agosto, por la que se aprueba el modelo 232 de declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales, que deberá presentarse cuatro meses después de la fecha de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades.

Modificaciones de la normativa alavesa del IVA, Impuesto sobre Hidrocarburos e interés de demora

Se  adapta la normativa tributaria alavesa a las modificaciones introducidas en al territorio estatal por la Ley 3/2017 de PGE para 2017 en IVA, Hidrocarburos e interés de demora.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava de 23 de agosto de 2017 se ha publicado el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 5/2017, del Consejo de Gobierno Foral de 3 de agosto, que adapta a la normativa tributaria alavesa diversas modificaciones introducidas en el Impuesto sobre el Valor Añadido, en los Impuestos Especiales y en el interés de demora.

La aprobación y publicación de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, ha supuesto la introducción de modificaciones en la normativa reguladora del Impuesto sobre el Valor Añadido y de los Impuestos Especiales. Asimismo, la citada Ley fija, para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017, el interés de demora en el 3,75 por ciento.

La concertación del Impuesto sobre el Valor Añadido y de los Impuestos Especiales, salvo determinadas excepciones, implica de los Territorios Históricos deben aplicar las mismas normas sustantivas y formales que las establecidas en cada momento por el Estado, por lo que a través de este Decreto Normativo se incorporan a la normativa fiscal alavesa las modificaciones incluidas en los referidos impuestos.

Aprobada la estructura orgánica básica del ministerio de Hacienda y Función Pública

Se ha aprobado el Real Decreto 769/2017, de 28 de julio (BOE de 29 de julio), que desarrolla la estructura orgánica del Ministerio de Hacienda y Función Pública, que queda establecida en los siguientes órganos superiores y directivos: Secretaría de Estado de Hacienda, Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, Secretaría de Estado de Función Pública y Subsecretaría de Hacienda y Función Pública.

Entre las novedades que plantea la nueva estructura, destaca la distribución de funciones que se realiza entre el Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales y el de Hacienda y Función Pública. Al primero se le asignan las competencias en administración territorial a través de la Secretaría de Estado para las Administraciones Territoriales; al segundo se le atribuyen, a través de la Secretaría de Estado de la Función Pública, las relativas a la Función Pública, Administración Digital y Gobernanza Pública, concepto en el que se incluyen las competencias que venía ejerciendo la Oficina para la Reforma de la Administración Pública.

Modificaciones en el modelo 190 y en los plazos de presentación de los modelos 171, 184, 345 y 347

Se suprime el límite de 3000 euros a partir del cual se incluyen en el modelo 190 las becas exentas en virtud de lo dispuesto en el art. 7.j) de la Ley 35/2006 (Ley IRPF) y se anticipan los plazos de presentación de los modelos 171, 184, 345 y 347 al mes de enero de cada ejercicio.

Como es conocido, desde el año 2014, en el modelo 347, de declaración anual de operaciones con terceras personas, las entidades integradas en las distintas Administraciones Públicas a que se refiere el apdo. 2 del art. 3 del RDLeg. 3/2011(TR de la Ley de Contratos del Sector Público), deberán relacionar a todas aquellas personas o entidades a quienes hayan satisfecho subvenciones, auxilios o ayudas, cualquiera que sea su importe, sin perjuicio de la aplicación de la excepción prevista en la letra i) del art. 33.2 del RD 1065/2007 (Rgto de gestión e inspección tributaria).

Adaptación de reglamentos tributarios de Bizkaia al Derecho Civil Vasco

Bizkaia adapta los reglamentos tributarios para acomodar su regulación  a la Ley 5/2015, de 25 de junio, de derecho Civil Vasco, que introdujo importantes modificaciones en materia sucesoria y que afectan a ISD, ITP y AJD, IRPF, IP e IIVTNU.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de 26 de julio de 2017, se ha publicado la DECRETO FORAL 92/2017de la Diputación Foral de Bizkaia, de 12 de julio, por el que se adaptan varios Reglamentos de carácter tributario a la Norma Foral 1/2017, de 12 de abril, de adaptación del sistema tributario del territorio histórico de Bizkaia a la Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco.

Alava introduce en el IRPF el tratamiento fiscal de los Planes de Ahorro a Largo Plazo

Modificada la Norma Foral de Alava que regula el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas al objeto de introducir tratamiento fiscal de los Planes de Ahorro a Largo Plazo

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy, 19 de julio de 2017, se ha publicado la NORMA FORAL 13/2017, de 28 de junio, de modificación de la Norma Foral 33/2013, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas al objeto de introducir tratamiento fiscal de los Planes de Ahorro a Largo Plazo introducido en la regulación de este impuesto aplicable en el territorio común del Estado mediante la LEY 26/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifican la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, y otras normas tributarias.

Medidas fiscales contenidas en el texto de la Proposición de Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo remitido por el Congreso de los Diputados al Senado

En el Boletín Oficial de las Cortes Generales (Senado) de 17 de julio, se ha publicado el texto remitido por el Congreso de los Diputados al Senado,  de la Proposición de Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo y en cuyo título V, se contienen una serie de medidas fiscales para clarificar la fiscalidad de los trabajadores autónomos y cuyo texto difiere bastante del publicado en el Congreso de los Diputados, para su tramitación parlamentaria.

Para llevar a cabo la referida clarificación se propone modificar la regla 5ª del apartado 2 del artículo 30 de la Ley del IRPF (Ley 35/2016, de 28 de noviembre), en relación con la deducibilidad en el IRPF de los gastos de suministros de la vivienda parcialmente afecta a la actividad económica y de los gastos de manutención incurridos en el desarrollo de la actividad.

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