Novedades Legislativas

Cataluña modifica el impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos y crea la tasa por el servicio de gestión y recaudación del recargo municipal del impuesto

Cataluña modifica el impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos y crea la tasa por el servicio de gestión y recaudación del recargo municipal del impuesto. Imagen de una mujer mirando la Sagrada Familia desde una azotea

Las modificaciones se refieren al incremento de las tarifas, la afectación de los ingresos y las finalidades a las que se destina el Fondo para el Fomento del Turismo, y la modificación del recargo del Ayuntamiento de Barcelona y la creación de un recargo para los demás municipios.

El 10 de marzo de 2026 se ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña, la Ley 2/2026, de 6 de marzo, de modificación del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos y de creación de la tasa por el servicio de gestión y recaudación del recargo municipal del impuesto.

La norma se aprueba en un contexto de evolución económica y social con la finalidad de adoptar medidas fiscales dirigidas a dar respuesta a la emergencia habitacional, promover un turismo sostenible y asegurar una justa distribución de la carga tributaria. Asimismo, deroga el Decreto ley 6/2025, de 25 de marzo, el Decreto ley 10/2025, de 13 de mayo, que modificaba el anterior, y la disposición adicional del Decreto ley 21/2025, de 14 de octubre, de medidas urgentes de apoyo al sector agrario y forestal.

La ley introduce modificaciones en este impuesto propio de la Generalitat estructuradas en tres ámbitos: el incremento de las tarifas, la modificación de la afectación de los ingresos y de las finalidades del Fondo para el Fomento del Turismo, y la modificación del recargo del Ayuntamiento de Barcelona junto con la creación de un recargo para los demás municipios.

Proyecto de Orden de los modelos de declaración informativa y censal relacionados con criptoactivos

Proyecto de Orden de los modelos de declaración informativa y censal relacionados con criptoactivos. Imagen del dibujo de tres personas leyenco una hoja de impuestos y con el símbolo del bitcoin

Proyecto de Orden por la que se aprueba el modelo 042 «Declaración censal de alta, modificación y baja en el registro de operadores de criptoactivos»; el modelo 172 «Declaración informativa sobre saldos en criptoactivos»; el modelo 175 «Declaración informativa de proveedores de servicios de criptoactivos obligados a comunicar información», y el modelo 721 «Declaración informativa sobre criptoactivos situados en el extranjero», y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación; y se modifica la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre, por la que se aprueba el modelo 289 de Declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua, y por la que se modifican otras normas tributarias.

El proyecto de Orden ministerial tiene por objeto aprobar determinados modelos de declaración informativa y censal relacionados con los criptoactivos, establecer las condiciones y el procedimiento para su presentación y modificar la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre, por la que se aprueba el modelo 289 de declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua.

La Comunidad Valenciana aprueba una nueva deducción aplicable a IRPF para sufragar los gastos efectuados en actividades vinculadas a la formación y práctica musicales

La Comunidad Valenciana aprueba una nueva deducción aplicable a IRPF para sufragar los gastos efectuados en actividades vinculadas a la formación y práctica musicales. Imagen del teclado de un piano en el que encima tiene un cerdito de ahorro en azul clarito

La Comunidad Valenciana ha aprobado el 6 de marzo de 2026, una nueva deducción en cumplimiento de lo previsto en la Ley 2/1998, de 12 de mayo, valenciana de la música, cuyo objeto es el fomento, protección, coordinación, difusión y promoción de la música en la Comunitat Valenciana. A tal efecto, se establece una deducción destinada a sufragar gastos efectuados en actividades directamente vinculadas a la formación y práctica musicales, con el fin de incentivar la participación activa de los ciudadanos mediante la reducción de la carga económica de su formación y práctica musicales.

El 6 de marzo de 2026, se ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, el Decreto-Ley 2/2026, de 6 de marzo, del Consell, de modificación de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del impuesto sobre la renta de las personas físicas y de los restantes tributos cedidos, para la creación de una deducción por gastos vinculados al fomento y a la formación musicales.

En el artículo 1 se expone el objeto del presente decreto ley, cuyo propósito es la creación de una nueva deducción vinculada al fomento y la formación musicales.

Se amplía el ámbito de la exención del art. 7.u) de la Ley IRPF para incorporar las indemnizaciones en materia democrática

Se amplía el ámbito de la exención del art. 7.u) de la Ley IRPF para incorporar las indemnizaciones en materia democrática. Imagen del reflejo de la bandera de España en el suelo de la calle con las sobras de unas personas

Se aprueba el Real Decreto-ley 6/2026, de 3 de marzo, de ampliación del reconocimiento e indemnizaciones a víctimas por su defensa de la Democracia entre 1968 y 1978 y modificación de la Ley del IRPF para declarar exentas las nuevas compensaciones previstas en la Ley de Memoria Democrática.

El 4 de marzo de 2026, se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 6/2026, de 3 de marzo, por el que se modifica la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, sobre reconocimiento a favor de personas fallecidas o con lesiones incapacitantes por su actividad en defensa y reivindicación de la Democracia.

El real decreto-ley analizado tiene por finalidad actualizar y ampliar las medidas de reconocimiento y reparación previstas en la Ley 20/2022, en favor de las personas fallecidas o con lesiones incapacitantes por su actividad en defensa de la democracia durante el período comprendido entre el 1 de enero de 1968 y el 29 de diciembre de 1978.

La Comunidad Valenciana incorpora medidas para ampliar el ámbito subjetivo aplicable a las deducciones en IRPF por determinados gastos sanitarios y por la práctica de la salud

La Comunidad Valenciana incorpora medidas para ampliar el ámbito subjetivo aplicable a las deducciones en IRPF por determinados gastos sanitarios y por la práctica de la salud. Imagen de una mesa en la que hay un listado sobre los gastos de bienestar de salud y deporte

Se han aprobado diversas medidas para ampliar el ámbito subjetivo de aplicación de deducciones en la cuota autonómica del IRPF en la Comunidad Valenciana, concretamente, deducciones a razón de diversos gastos sanitarios, en respuesta a una situación de extraordinaria y urgente necesidad derivada del incremento sostenido de los gastos sanitarios no cubiertos por el sistema público, especialmente en materia de salud mental, atención bucodental, óptica y patologías crónicas, así como de su persistente presión sobre la renta disponible de los hogares de la Comunitat Valenciana, con especial incidencia en las rentas medias.

El 3 de marzo de 2026, se ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, el Decreto–Ley 1/2026, de 27 de febrero, del Consell, de modificación de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del impuesto sobre la renta de las personas físicas y restantes tributos cedidos, en materia de deducciones autonómicas por gastos sanitarios y por la práctica de la salud.

Derogación de la prórroga de las medidas fiscales en IRPF, IS e IVA aprobadas en el RDLey 2/2026 que no ha sido convalidado en el Congreso de los Diputados

Derogación de la prórroga de las medidas fiscales en IRPF, IS e IVA aprobadas en el RDLey 2/2026 que no ha sido convalidado en el Congreso de Diputados. Imagen de una mujer en su escritorio rompiendo u npapel

Al no haberse alcanzado el acuerdo necesario para su convalidación en el Congreso de los Diputados queda derogado el Real Decreto Ley 2/2026 que prorrogaba medidas fiscales que se habían adoptado por las sucesivas crisis de los últimos años.

El 28 de febrero de 2026, se ha publicado en el BOE la Resolución de 26 de febrero de 2026, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial.

Las medidas en materia tributaria contenidas en esta norma que quedan derogadas son las siguientes:

Galicia permite de forma excepcional y transitoria acreditar a efectos de su deducción en IRPF el gasto en material escolar realizado en efectivo

Galicia permite de forma excepcional y transitoria acreditar a efectos de su deducción en IRPF el gasto en material escolar realizado en efectivo. Imagen de lápices de colores y billetes de fondo

Esta medida se trata de una regularización excepcional del régimen probatorio aplicable a la nueva deducción prevista por la adquisición de libros de texto y material escolar, poniendo de manifiesto conforme a los principios de seguridad jurídica y confianza legitima, la voluntad de evitar efectos retroactivos perjudiciales mediante esta corrección transitoria.

El 2 de marzo de 2026 se ha publicado en el Diario Oficial de Galicia la Ley 2/2026, de 27 de febrero, de medida excepcional de carácter fiscal, por la que se permite el pago en dinero de curso legal de los gastos en material escolar y libros de texto en el período del 1 de julio al 31 de diciembre de 2025, con la finalidad de no perjudicar a quienes desconocían la inadmisión de este medio de pago como forma válida de acreditación del gasto.  

En la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, se añade el art. 5.Veinticinco al texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por el Decreto legislativo 1/2011, de 28 de julio, de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el ejercicio de las competencias normativas en materia de tributos cedidos, que regula la deducción por la adquisición de libros de texto y material escolar en el IRPF.

Publicados los valores negociados en centros de negociación, con su valor de negociación medio correspondiente al cuarto trimestre de 2025, a efectos del IP de 2025 y el Modelo 189 de declaración informativa anual sobre valores, seguros y rentas

Publicados los valores negociados en centros de negociación, con su valor de negociación medio correspondiente al cuarto trimestre de 2025, a efectos del IP de 2025 y el Modelo 189 de declaración informativa anual sobre valores, seguros y rentas. Imagen de una pantalla con muchos números con porcentajes

Ya está disponible la publicación anual de valores negociados por el Ministerio de Hacienda a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio y del modelo 189 de información sobre valores, seguros y rentas para garantizar la correcta determinación de la base imponible y la transparencia tributaria.

En el BOE del 27 de febrero de 2026, se ha publicado la Orden HAC/132/2026, de 24 de febrero, por la que se aprueba la relación de valores negociados en centros de negociación, con su valor de negociación medio correspondiente al cuarto trimestre de 2025, a efectos de la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio del año 2025 y de la declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas.

El Impuesto sobre el Patrimonio fue creado por la Ley 19/1991, de 6 de junio, y estuvo vigente hasta el 1 de enero de 2008, fecha en la que la Ley 4/2008 lo eliminó. Esta supresión incluyó una bonificación del 100% sobre la cuota íntegra del impuesto y la derogación de las obligaciones formales de autoliquidación, declaración y pago. Sin embargo, la crisis económica motivó su restablecimiento temporal mediante el Real Decreto-ley 13/2011, inicialmente para los ejercicios 2011 y 2012, y posteriormente prorrogado hasta que la Ley 11/2020, de Presupuestos Generales del Estado para 2021, decidió mantenerlo de manera indefinida con efectos a partir del 1 de enero de 2021.

Proyecto de Orden: modelos de declaración IS e IRNR 2025

Proyecto de Orden: modelos de declaración IS e IRNR 2025. Imagen de unos modelos del IS

El Ministerio de Hacienda ha publicado el proyecto de orden que establece los modelos y el procedimiento para la autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades (IS) y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR) para establecimientos permanentes, aplicable a los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.

El proyecto de Orden tiene como objeto aprobar los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades (IS), y del Impuesto sobre la Renta de los No Residentes (IRNR) correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituida en el extranjero con presencia en territorio español para el ejercicio 2025, así como, promulgar instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y establecer las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica.

En primer lugar, se señala la aprobación por Real Decreto 10/2025, de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025) con el objeto de actualizar y reflejar las nuevas actividades económicas emergentes.

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