Medidas fiscales en Navarra por las consecuencias económicas de la crisis en Oriente Medio
Enviado por Editorial el Lun, 20/04/2026 - 15:13Para paliar los efectos negativos del conflicto surgido en Oriente Medio se han aprobado en la Comunidad Foral de Navarra ciertas medidas fiscales de carácter excepcional, con el objetivo de aportar seguridad jurídica, aliviar la carga tributaria y fomentar la transición energética como vía para reducir la vulnerabilidad externa de nuestra economía.
El 20 de abril de 2026 se ha publicado en el Boletín Oficial de Navarra, el Decreto Ley Foral 1/2026, de 15 de abril, por el que se adoptan medidas fiscales en la Comunidad Foral de Navarra en respuesta a las consecuencias económicas de la crisis en Oriente Medio. Entre estas medidas destacan ampliación de los plazos para materializar la reserva especial para inversiones o la exención por reinversión, la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas en el ámbito del IRPF y, en cuanto al ITPAJD, la introducción en la modalidad de TPO de la exención por la transmisión de los ahorros energéticos en el marco del sistema de los Certificados de Ahorro Energético (CAE)
En primer lugar, se establece una ampliación de los plazos para materializar la reserva especial para inversiones o la exención por reinversión. Así se amplía un año el plazo establecido en la Ley Foral del IS para materializar la exención por reinversión de beneficios extraordinarios, para aquellos contribuyentes cuyo plazo de reinversión finalice en el año 2026; y se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2027 el plazo para materializar el importe destinado a la Reserva especial para inversiones, para aquellos contribuyentes cuyo plazo de materialización termine entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027.












