Novedades Legislativas

Modificación de los departamentos de la AEAT, funciones y competencias, para incorporar entre otras, las inspecciones conjuntas o la presencia de funcionarios en otras Administraciones y los acuerdos de no aplicación del reglamento VeriFactu

Modificación de los departamentos de la AEAT y sus funciones y competencias. Imagen de las figuras de unos empresarios sobre un fondo de mapamundi

Se modifican los departamentos de la AEAT para adaptar sus funciones, entre otras, a las nuevas figuras de cooperación administrativa en materia tributaria que afectan plenamente a la actividad inspectora, como son las denominadas inspecciones conjuntas o la presencia de funcionarios en actuaciones de otras Administraciones, la mención a los procedimientos amistosos en materia de imposición directa y los acuerdos de no aplicación del reglamento VeriFactu.

En el BOE del sábado 13 de septiembre de 2025 se publicó la ORDEN PJC/1000/2025, de 10 de septiembre, por la que se modifica la Orden PRE/3581/2007, de 10 de diciembre, por la que se establecen los departamentos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y se les atribuyen funciones y competencias.

Proyecto de orden del modelo 185: declaración informativa mensual de cotizaciones de afiliados y mutualistas

Este proyecto de orden aprueba el nuevo modelo 185, denominado “Declaración informativa mensual de cotizaciones de afiliados y mutualistas”, y regula las condiciones y procedimiento para su presentación.

Este proyecto de orden aprueba el nuevo modelo 185, denominado “Declaración informativa mensual de cotizaciones de afiliados y mutualistas”, y regula las condiciones y procedimiento para su presentación.

Hasta ahora, la obligación informativa se cumplía mediante el modelo 185 aprobado en 2003 (Orden HAC/96/2003), con transmisión de datos por sistemas como EDITRAN o FTP. Este procedimiento implicaba tratamientos manuales y mayor riesgo de errores.

Publicadas las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 2026

Publicadas las normas para la elaboración de los PGE 2026. Equipo trabajando con tableta y documentos, haciendo planificación

Tras haberse prorrogado en dos ocasiones los Presupuestos Generales del Estado de 2023 (ni en 2024 ni en 2025 se presentarse unos nuevos), el Gobierno inicia la senda para aprobarlos para 2026, con la publicación de las normas para su elaboración.

En el BOE de 3 de septiembre de 2025 se ha publicado la ORDEN HAC/974/2025, de 1 de septiembre, por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 2026.

Los PGE para 2026 se orientarán a la consecución de los objetivos de la política económica, social y medioambiental del Gobierno y adecuarán sus gastos al límite de gasto no financiero establecido por el Gobierno de forma coherente con las previsiones fiscales y las orientaciones formuladas en el marco del Semestre Europeo. Asimismo, los Presupuestos Generales del Estado para 2026 incorporarán los créditos necesarios para recoger el conjunto de actuaciones que, formando parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, están destinadas para este ejercicio.

Se modifica la estructura y organización territorial de la AEAT afectando a varias Administraciones de Madrid y se modifican las referencias a la Delegación Especial de Valencia y a la ciudad de Valencia

Con el fin de buscar mayores cotas de eficacia y eficiencia, se modifica la estructura y organización territorial de la AEAT. Logo de la Agencia Tributaria

Se modifica la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, afectando a varias Administraciones de la ciudad de Madrid y se modifican las referencias efectuadas a la Delegación Especial de Valencia y a la ciudad de Valencia.

En el BOE de hoy, 1 de septiembre de 2025 se ha publicado la Resolución de 29 de julio de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 13 de enero de 2021, por la que se establece la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

El Consejo Europeo recomienda a España revisar y simplificar su sistema tributario, desplazando parte de la carga fiscal de las rentas del trabajo hacia la fiscalidad medioambiental, del consumo y de los bienes inmuebles

El Consejo Europeo recomienda a España revisar y simplificar su sistema tributario. Banderas de España y Europa ondeando juntas

El Consejo recomienda a España reforzar la sostenibilidad fiscal mediante la revisión y simplificación del sistema tributario, desplazando parte de la carga fiscal sobre las rentas del trabajo hacia la fiscalidad medioambiental, del consumo y de los bienes inmuebles. Por otro lado, el CESE evalúa los costes, beneficios y uso eficaz de la información fiscal en la UE.

En el DOUE de 20 de agosto de 2025 se han publicado la RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO, de 8 de julio de 2025, relativa a las políticas económicas, sociales, de empleo, estructurales y presupuestarias de España y el DICTAMEN DEL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO: Evaluación de las obligaciones de información fiscal en la UE: costes, beneficios y uso eficaz de la información por parte de las autoridades tributarias.

Entre sus recomendaciones para España en el plano fiscal el Consejo aconseja reforzar la sostenibilidad fiscal mediante la revisión y simplificación del sistema tributario, en particular desplazando parte de la carga fiscal sobre las rentas del trabajo hacia la fiscalidad medioambiental, del consumo y de los bienes inmuebles, para apoyar el crecimiento económico y el empleo, la cohesión y las transiciones ecológica y digital.

Por otro lado, el CESE aconseja simplificar de las normas fiscales como medio para mejorar los intercambios de información.

Cataluña adopta medidas tributarias relativas a los municipios rurales

Cataluña adopta medidas tributarias relativas a los municipios rurales. Imagen de la vista aérea de un pueblo de Gerona

Mediante ley se incorporan nuevas deducciones en IRPF y tipos reducidos y bonificación en ITP y AJD.

El 31 de julio de 2025 se ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña la Ley 8/2025, de 30 de julio, del Estatuto de los municipios rurales.

En Cataluña, la distribución de la población es marcadamente desigual: el 75% de los habitantes se concentra en solo el 15% del territorio, principalmente en el eje litoral y comarcas como El Barcelonès, que presenta una de las mayores densidades de población de Europa (15.649,86 hab./km²). En contraste, el 85% del territorio restante acoge solo al 25% de la población, con numerosas comarcas rurales de muy baja densidad.

Esta situación demográfica genera dificultades para los ayuntamientos rurales, que carecen de recursos humanos, técnicos y financieros para cumplir con las exigencias administrativas. Por ello, se plantea una legislación centrada en garantizar igualdad de derechos para los ciudadanos del medio rural y en dotar a las administraciones locales de herramientas adecuadas para prestar los servicios públicos necesarios. Para ello se adoptan medidas tributarias relativas a los municipios rurales.

En primer lugar, las medidas sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas respecto al traslado de la residencia habitual a un municipio rural, para facilitar o bien la adquisición o reforma de la vivienda habitual en un municipio rural, o bien la deducción por alquiler de vivienda.

En el segundo lugar, se regulan las medidas relativas al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, que incluyen la rebaja del tipo de gravamen para la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en un municipio rural.

Proyecto de RD por el que se desarrollan las normas de diligencia debida y las obligaciones de información de determinados proveedores de servicios de criptoactivos y se modifican el RD 1065/2007, el RD 1021/2015 y el RD 939/2005

Proyecto de RD por el que se desarrollan las normas de diligencia debida y las obligaciones de información de determinados proveedores de servicios de criptoactivos y se modifican el RD 1065/2007, el RD 1021/2015 y el RD 939/2005. Imagen del mapa de Europa con el mercado de valores y cifras financieras por el fondo

Se ha publicado en la página web del Ministerio de Hacienda el Proyecto de Real Decreto por el que se desarrollan las normas de diligencia debida y las obligaciones de información de determinados proveedores de servicios de criptoactivos, y se modifican el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, el Real Decreto 1021/2015, de 13 de noviembre, por el que se establece la obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras y de informar acerca de las mismas en el ámbito de la asistencia mutua y el Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.

Este Real Decreto desarrolla reglamentariamente las modificaciones introducidas por la Ley XX/2025 en la Ley General Tributaria (LGT), la Ley del IRPF, y la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, especialmente en lo relativo a obligaciones de información, cooperación administrativa y criptoactivos. Su objetivo principal es completar la transposición de la Directiva (UE) 2023/2226 (DAC 8) al ordenamiento español.

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