¿Tras la reforma operada por la Ley 34/2015, en el ámbito del IVA, la Administración puede comprobar cuotas de períodos prescritos a efectos de la regularización de los períodos posteriores no prescritos?
Enviado por Editorial el Lun, 03/03/2025 - 14:54¿Tras la reforma operada por la Ley 34/2015, en el ámbito del IVA, la Administración puede comprobar los saldos a compensar o exceso en el período de las cuotas soportadas deducibles sobre las cuotas devengadas generados en períodos prescritos a efectos de la regularización de los períodos posteriores no prescritos con ocasión de la comprobación y liquidación de estos últimos períodos?
En el Auto del Tribunal Supremo de 19 de febrero de 2025 , en el recurso n.º 5852/2023, se plantea la cuestión relativa a si
la reforma operada por la Ley 34/2015, en el ámbito del IVA, permite a la Administración comprobar los saldos a compensar o exceso en el período de las cuotas soportadas deducibles sobre las cuotas devengadas generados en períodos prescritos a efectos de la regularización de los períodos posteriores no prescritos con ocasión de la comprobación y liquidación de estos últimos períodos.