El Tribunal Supremo reiterando su doctrina considera que la visita exterior de un inmueble incluyendo fotografías sin mayor explicación, no es suficiente para enervar la necesidad de visita interior para entender motivada la comprobación de su valor
Enviado por Editorial el Mié, 09/07/2025 - 13:52El Tribunal Supremo reiterando su doctrina considera que la visita exterior de un inmueble incluyendo fotografías sin mayor explicación, no es suficiente para enervar la necesidad de visita interior para entender motivada la comprobación de su valor, ya que la comodidad de la Administración a la hora de gestionar de modo masivo los tributos no puede justificar la omisión de la buena praxis pericial con disminución en las garantías del obligado tributario.
El Tribunal Supremo, en su sentencia de 24 de junio de 2025, recaída en el recurso n.º 6908/2023 reiterando su doctrina considera que la visita exterior de un inmueble incluyendo fotografías sin mayor explicación, no es suficiente para enervar la necesidad de visita interior para que se estime motivada la comprobación de su valor, ya que la comodidad de la Administración a la hora de gestionar de modo masivo los tributos no puede justificar la omisión de la buena praxis pericial con disminución en las garantías del obligado tributario. La realización de visita exterior, confirmada por la práctica de algunas fotografías sin mayor explicación, no es suficiente para enervar la necesidad de visita interior del inmueble, debiendo el perito explicar y motivar en su informe las razones que, en su caso, puedan justificar su imposibilidad o innecesaridad.














