¿Sigue vigente la tasa por gastos y remuneraciones en dirección e inspección de las obras? ¿Cumple su regulación los principios de reserva de ley y de equivalencia de la cuota con el coste real o previsible del servicio prestado?
Enviado por Editorial el Mar, 18/02/2025 - 09:27En el recurso n.º 937/2024 del Auto del Tribunal Supremo de 5 de febrero de 2025, se plantea la cuestión de si se mantiene vigente la tasa por gastos y remuneraciones en dirección e inspección de las obras -regulada en el Decreto 137/1960- y, en su caso, si con su regulación se cumplen los principios de reserva de ley y de equivalencia de la cuota con el coste real o previsible del servicio prestado.
En el presente caso, la recurrente sostiene que la decisión adoptada en la resolución recurrida, toda vez que ha determinado la desestimación del recurso, convierte la tasa en impuesto, porque si no hay memoria económica y se cobra un 4% de toda obra pública sin más, lo que acaba pasando es que la tasa se convierte en un impuesto, que se cobra porque sí, pero no porque se reciba ningún servicio debidamente cuantificado en cuanto al coste.