Blog especializado en el área fiscal

Esta web está especializada en temas de fiscalidad y de impuestos en España. Incluimos una completa guía fiscal que mantenemos actualizada anualmente con la que podrá mantenerse informado de las novedades que se produzcan en temas tributarios.

Además puede suscribirse al Boletín Gratuito de fiscalidad y tributación

Puntos clave de la declaración de la Renta 2023

Puntos clave de la declaración del IRPF de 2023. Imagen de elementos que hacen referencia a la planificación de impuestos, como reloj, calculadora, formularios etc

¡La campaña de la Renta 2023 ya está aquí! Desde el 3 de abril hasta el 1 de julio de 2024, millones de españoles deberán presentar su declaración de la renta.

Los obligados a presentar la declaración del IRPF mediante el modelo 100 deben saber que la Agencia Tributaria ha introducido una serie de cambios en el IRPF, que afectan al año fiscal 2023.

Como en la campaña anterior, todos los contribuyentes podrán obtener el borrador de la declaración a través del servicio de tramitación del borrador/declaración (Renta WEB).

Selección de jurisprudencia. Abril 2024 (1.ª quincena)

El Tribunal anula la regularización en el IS por el uso de los inmuebles cedidos por la sociedad a los socios y sus familiares y no la simple retroacción, pues la recurrente solicitó directamente la anulación del Acuerdo en este punto

Le cabe a la Administración liquidar de nuevo, siempre y cuando su potestad no haya prescrito. Imagen de botón de refresco de pantalla

Considera la Sala que debe accederse a la anulación de la liquidación por regularización por el uso de los inmuebles y no simple retroacción. Sin perjuicio de que le cabe a la Administración liquidar de nuevo, siempre y cuando su potestad no haya prescrito.

El TSJ de las Islas Baleares, en su Sentencia de 31 de enero de 2024, analiza dos cuestiones distintas. Por un lado, si procedía la retroacción de actuaciones ordenada por el TEAR de las Islas Baleares y por otro lado si resultan acreditados los ingresos no justificados regularizados por parte de la Administración.

En relación a la primera de las cuestiones planteadas, comienza la Sala recordando que la sociedad titular de una serie de inmuebles cedió el uso y disfrute gratuito de los mismos tanto sus socios como familiares de éstos, sin que dicha cesión se ajustase al valor de mercado. Y la Inspección estimó que el valor de mercado, como mínimo, podría razonablemente corresponderse con el alquiler de dichos inmuebles es de 32.824,00 euros en 2016 y de 42.438,57 euros en 2017, emitiendo liquidación conforme a dichos valores.

Ahora bien, el sujeto pasivo interpuso reclamación económico-administrativa interesando que se anulase la valoración al haberse determinado el valor de mercado siguiendo un método incorrecto al considerar que la base imposible es igual a la renta de alquiler sin admitir sustracción de gastos.

El TEAR estimó la argumentación referida a la deficiente valoración acordando la retroacción de actuaciones para que "la Administración motive suficientemente el valor de mercado del arrendamiento".

La AN considera que, no discutiéndose el efectivo ejercicio de funciones ejecutivas diferenciadas de las propias de administrador, no existe razón jurídica para no poder deducir el gasto relativo a las retribuciones de los administradores

La AN considera que, no discutiéndose el efectivo ejercicio de funciones ejecutivas diferenciadas de las propias de administrador, no existe razón jurídica para no poder deducir el gasto relativo a las retribuciones de los administradores. Imagen de cuatro dibujos de señores de construcción cada uno de un color

Afirma la AN que no ha resultado controvertido que los cuatro administradores, cuyas retribuciones no han sido admitidas como gasto deducible, antes de ser nombrados administradores eran trabajadores de la empresa, llevando acabo determinadas funciones ejecutivas, que continuaron realizando tras el nombramiento como miembros del Consejo de Administración: director de operaciones, directora de comunicación e imagen, director general de la unidad de negocio de materiales, y director financiero.

La Audiencia Nacional, en su Sentencia de 8 de febrero de 2024, analiza si son deducibles las retribuciones satisfechas a sus cuatro administradores.

La Inspección consideró que las retribuciones percibidas por estos administradores no eran deducibles en el Impuesto sobre Sociedades (IS) de la entidad recurrente por no cumplirse los requisitos establecidos en la legislación mercantil para la aprobación de la retribución.

En particular, de los requisitos legales a los que se condiciona la deducibilidad, se cumplía uno, que las retribuciones estuvieran previstas en los estatutos sociales, y no se cumplía el segundo, que la Junta General societaria hubiere acordado la distribución de estas remuneraciones, permitiendo conocer con certeza el importe a satisfacer.

Ahora bien, comienza la Sala señalando que no ha resultado controvertido que los cuatro administradores, cuyas retribuciones no han sido admitidas como gasto deducible, antes de ser nombrados administradores eran trabajadores de la empresa, llevando acabo determinadas funciones ejecutivas, que continuaron realizando tras el nombramiento como miembros del Consejo de Administración: director de operaciones, directora de comunicación e imagen, director general de la unidad de negocio de materiales, y director financiero.

El Tribunal Supremo resuelve que el precinto de una caja de seguridad bancaria de una empresa por Hacienda no afecta al derecho a la intimidad pues las personas jurídicas privadas no son directamente titulares de este derecho

Las personas jurídicas privadas no son directamente titulares del derecho a la intimidad. Imagen de cajas de seguridad

El Tribunal Supremo resuelve que no resulta necesario obtener autorización judicial o consentimiento del titular para proceder al precinto de una caja de seguridad ubicada en una entidad bancaria por parte de la AEAT, ya que ducho precinto nunca puede afectar al derecho a la intimidad de una persona jurídica, ya que las personas jurídicas privadas no son directamente titulares de este derecho fundamental.

En un comunicado de prensa publicado en la página web del Tribunal Supremo se adelanta el fallo de la sentencia que resuelve que no resulta necesario obtener autorización judicial o consentimiento del titular para proceder al precinto de una caja de seguridad ubicada en una entidad bancaria por parte de la AEAT, ya que ducho precinto nunca puede afectar al derecho a la intimidad de una persona jurídica.

El Tribunal Supremo desestima el recurso de una empresa que consideraba vulnerado el derecho constitucional a la intimidad por la medida cautelar de precinto de una caja de seguridad en un banco practicada por la Inspección de la Agencia Tributaria.

El TS concluye que, desde la perspectiva del derecho fundamental a la intimidad, no resulta necesario obtener autorización judicial o consentimiento del titular para proceder al precinto de una caja de seguridad ubicada en una entidad bancaria por parte de la AEAT en un procedimiento de inspección de tributos.

Campaña Renta 2023: últimos pronunciamientos judiciales que te interesa conocer

Campaña de Renta 2023: las sentencias más destacadas del año. Imagen de un reloj de arena cerca de un montoncito de monedas y con un reloj antiguo de fondo

Así han resuelto nuestros Tribunales las cuestiones más polémicas en IRPF que se les han planteado.

Hoy, 3 de abril 2024, da comienzo el plazo para la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2023. Las asesorías de España están ya en la línea de salida y, por ello, desde la Editorial CEF-. queremos aportar nuestro grano de arena, por lo que aprovechamos para repasar los pronunciamientos más destacados del año, que les recomendamos tengan presentes en su quehacer diario.

Los títulos más destacados son los siguientes:

I. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

El TC avala la constitucionalidad de la tributación en el IRPF de los bienes recibidos en virtud de pactos y contratos sucesorios previstos en los Derechos civiles forales vigentes en diversas partes de España, como la “apartación” gallega

El Tribunal Constitucional en su sentencia de 24 de mayo de 2023 razona que no hay doble imposición porque la capacidad económica que tributa en el IRPF es distinta de la gravada en el ISD. Respecto a si el “apartado” tributa por una ganancia propia o ajena, se recuerda que la Ley IRPF aplica una regla análoga a otras transmisiones gratuitas y que el legislador tiene un amplio margen de configuración al concretar el principio de capacidad económica, que puede modular por razones de técnica tributaria. Respecto de que no se diferencie entre quienes hacen estas operaciones con ánimo elusivo y los que no, el Tribunal recuerda que, según su reiterada doctrina, el art. 14 CE no garantiza el derecho a un trato desigual.

Campaña Renta 2023: últimos pronunciamientos del TEAC y de la DGT que te interesa conocer

Campaña de Renta 2023: últimos pronunciamientos administrativos. Imagen de una diana con el 2023 dentro de ella

Cuestiones más interesantes planteadas a los órganos interpretativos de la Administración tributaria.

Hoy, 3 de abril de 2024, da comienzo el plazo para presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2023. A continuación, les ofrecemos una recopilación de los últimos pronunciamientos administrativos (TEAC/DGT) más destacados en esta materia y que les recomendamos tengan presentes a la hora de comenzar a preparar la mencionada campaña.

Los títulos más destacados son los siguientes:

I. TEAC

La acreditación de la residencia fiscal a efectos de aplicación de un Convenio de Doble Imposición está sujeta a una flexibilidad condicionada

Si bien el TEAC ha considerado en ocasiones que la acreditación de la residencia fiscal podía hacerse mediante la ponderación de un conjunto probatorio, esta flexibilidad en la aportación de las pruebas no rige igual en todos los supuestos, sino que se trata de una flexibilidad condicionada.

LEGISLACIÓN DEL MES. Marzo 2024

A continuación, reseñamos, al objeto de facilitarle la acotación temporal de la normativa recientemente aprobada, las normas de interés tributario publicadas en los distintos boletines oficiales durante el mes de marzo.

ESTADO

IBI
RESOLUCIÓN de 3 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, por la que se habilita el sistema para la solicitud electrónica de las compensaciones por la pérdida de recaudación derivada de la exención establecida en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles que se reconozca a los centros docentes acogidos al régimen de concierto educativo (BOE de 11 de marzo de 2024).

Páginas