El TC declara inconstitucionales y nulas las modificaciones del IS introducidas por el RDLey 3/2016 dado que el decreto-ley no puede alterar elementos estructurales de los tributos que como el IS son pilares básicos del sistema
Enviado por Editorial el Jue, 18/01/2024 - 15:45El Tribunal Constitucional declara inconstitucionales y nulas las modificaciones del IS introducidas por el RDLey 3/2016 que consisten en la fijación de topes más severos para la compensación de bases imponibles negativas; la introducción ex novo de un límite a aplicación de las deducciones por doble imposición; y la obligación de integrar automáticamente en la base imponible los deterioros de participaciones que hayan sido deducidos en ejercicios anteriores, ya que el IS es un pilar básico del sistema tributario y los elementos a los que afectan esas modificaciones son parte esencial de la estructura del impuesto.
En la página web del Tribunal Constitucional se ha adelantado en una nota de prensa el fallo de la STC 11/2024, de 18 de enero de 2024, publicada en el BOE de 20 de febrero de 2024, en la que el Pleno estima por unanimidad la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Audiencia Nacional respecto de varias modificaciones del Impuesto sobre Sociedades introducidas por el Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social.
El Tribunal considera que la aprobación de dichas medidas por Real Decreto-ley ha vulnerado el art. 86.1 CE, pues las medidas adoptadas mediante dicho instrumento normativo no pueden afectar al deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos que establece el art. 31.1 CE., cuando dicha figura tiene vedado alterar el régimen general y aquellos elementos esenciales de los tributos que inciden en la determinación de la carga tributaria.