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Navarra armoniza su Ley de IVA para incorporar el nuevo tratamiento fiscal que reciben en este impuesto las donaciones de productos a las entidades sin fines lucrativos

IVA, Navarra, donaciones, bienes, entidades sin fines lucrativos. Gráfico de trabajo en equipo efectivo para el sprint del proyecto

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy 26 de mayo de 2022 se ha publicado el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 3/2022, de 18 de mayo, de Armonización Tributaria, por el que se modifica la Ley Foral 19/1992, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, para incorporar el nuevo  tratamiento fiscal que reciben en este impuesto las donaciones de productos a las entidades sin fines lucrativos.

Por un lado, modifica la regla tercera de determinación de la base imponible en los casos de autoconsumo de bienes para incorporar una presunción de deterioro total de los bienes donados; en consecuencia, la base imponible será igual a cero en estas operaciones de donación. Por otro lado, establece un tipo del 0 por ciento (0%) aplicable a las entregas de bienes realizadas en concepto de donativos.

Bizkaia prorroga la suspensión IVPEE y la reducción tipo IVA y del Impuesto sobre la Electricidad para determinados suministros de electricidad hasta el 30 de junio de 2022

Bizkaia, prorroga, rebaja, Impuestos electricidad, IVA, IVPEE, suspensión junio 2022. Imagen de regleta eléctrica con dinero en los huecos del enchufe

Bizkaia prorroga las medidas tributarias adoptadas en el ámbito energético como la suspensión IVPEE y la reducción tipo IVA y del Impuesto sobre la Electricidad para determinados suministros eléctricos hasta el 30 de junio de 2022, para atajar la escalada del precio de la electricidad.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 19 de mayo de 2022, se ha publicado el DECRETO FORAL NORMATIVO 3/2022, de 10 de mayo, por el que se modifica el Decreto Foral Normativo 1/2022, de 8 de febrero, por el que se modifica la Norma Foral 7/1994, de 9 de noviembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido en lo que respecta a las exenciones temporales relativas a las importaciones y a determinados suministros, en respuesta a la pandemia de COVID-19 y por el que se prorrogan hasta el 30 de junio de 2022 determinadas medidas tributarias en el Impuesto sobre el Valor Añadido y en el Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica con el fin principal de prorrogar la la suspensión IVPEE y la reducción tipo IVA y del Impuesto sobre la Electricidad para determinados suministros eléctricos, ante los últimos acontecimientos ocurridos en Ucrania.

Álava prorroga la suspensión IVPEE y la reducción tipo IVA y del Impuesto sobre la Electricidad para determinados suministros de electricidad hasta el 30 de junio de 2022

Álava prorroga hasta el 30 de junio de 2022 la suspensión IVPEE y las rebajas del IVA y del Impuesto sobre la Electricidad. Imagen de un enchufe negro y unas monedas apiladas sobre un billete de 10 euros

Álava prorroga las medidas tributarias adoptadas en el ámbito energético como la suspensión IVPEE y la reducción tipo IVA y del Impuesto sobre la Electricidad para determinados suministros eléctricos hasta el 30 de junio de 2022, para atajar la escalada del precio de la electricidad.

En el Boletín Oficial de Álava de hoy, 4 de mayo de 2022, se ha publicado el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 7/2022, de 26 de abril, del Territorio Histórico de Álava, del Consejo de Gobierno Foral, por el que se aprueba la modificación del Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 1/2022, de 1 de febrero, que aprobó medidas tributarias en el ámbito energético y otras medidas tributarias, con el fin principal de prorrogar la la suspensión IVPEE y la reducción tipo IVA y del Impuesto sobre la Electricidad para determinados suministros eléctricos, ante los últimos acontecimientos ocurridos en Ucrania.

Bizkaia aprueba el desarrollo reglamentario de las medidas fiscales adoptadas en el ámbito del IRPF, IS para el impulso de la reactivación económica y la incentivación de la aplicación voluntaria del sistema BATUZ

Bizkaia aprueba el desarrollo reglamentario de las medidas adoptadas en el IRPF, IS para el impulso de la reactivación económica y la incentivación del sistema BATUZ. Imagen de un dibujo de un hombre de negocios rebotando alto en el trampolín con el gráfico verde de flecha de rendimiento de aumento

Bizkaia aprueba el desarrollo reglamentario de las medidas tributarias adoptadas  para el impulso de la reactivación económica, para la incentivación de la aplicación voluntaria del sistema BATUZ y otras modificaciones tributarias dirigidas a reforzar el proceso de recuperación del tejido económico de Bizkaia modificando los Reglamentos del IRPF e IS así como se pospone hasta el 1 de enero de 2024 la aplicación obligatoria del sistema BATUZ.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 26 de abril de 2022, se ha publicado el DECRETO FORAL 43/2022, de 12 de abril, de la Diputación Foral de Bizkaia mediante el que se desarrollan determinadas medidas tributarias de impulso de la actividad económica, con el fin de incorporar en las normas reglamentarias bizkaianas las modificaciones oportunas que garanticen la plena aplicación de las medidas adoptadas en el ámbito del IRPF e IS para impulsar la recuperación económica del tejido empresarial de Bizkaia y para incentivar asimismo la aplicación voluntaria del sistema BATUZ.

Concretamente, en el ámbito del IRPF, y con el fin de fomentar que terceros inviertan en emprendimiento, se ha modificado la deducción por inversión en microempresas, pequeñas o medianas empresas, en la misma línea que la deducción extraordinaria por inversión en microempresas, pequeñas o medianas empresas, incluyendo también las inversiones en empresas vinculadas a la economía plateada o Silver Economy y se ha ampliado el plazo y ámbito subjetivo de aplicación del régimen especial de atracción de talento para las personas trabajadoras cualificadas impatriadas.

En el ámbito del IS se ha introducido una nueva deducción por inversión en microempresas, pequeñas o medianas empresas y otra nueva deducción aplicable por aquellos contribuyentes que realicen gastos de formación profesional en el ámbito de la economía plateada, y que viene a complementar la incentivación que, en el ámbito de las oportunidades derivadas del impacto económico y social de las actividades realizadas y demandadas por el sector de las personas mayores y en cuanto al empleo de calidad, se ha mejorado la deducción por creación de empleo actualizando los límites para su aplicación.

Navarra aprueba medidas fiscales en el IRPF e IS, un aplazamiento excepcional de deudas tributarias para paliar el impacto económico derivado de la invasión de Ucrania y proroga la reducción del tipo del IVA de la electricidad y la suspensión del IVPEE

Navarra aprueba medidas tributarias para paliar el efecto económico de la invasión de Ucrania y frenar la escalada del precio de la electricidad. Imagen de puños chocando

Navarra, al igual que el resto de territorios forales aprueba medidas fiscales en el IRPF e IS y un aplazamiento excepcional de deudas tributarias para paliar el impacto económico derivado de la invasión de Ucrania. Además se prorroga hasta el 30 de junio de 2022 la suspensión temporal del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE) y se mantiene la aplicación del tipo reducido del 10 por ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) para determinados suministros de electricidad hasta dicha fecha.

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 22 de abril de 2022, se ha publicado el DECRETO-LEY FORAL 1/2022, de 13 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes en la Comunidad Foral de Navarra en respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania y el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 2/2022, de 13 de abril, de Armonización Tributaria, por el que se prorrogan determinadas medidas en relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido y con el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica.

Navarra al igual que el resto de territorios forales mediante el DECRETO-LEY FORAL 1/2022, de 13 de abril, adoptan una serie de medidas urgentes en en respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, que ha agravado grandes impactos sociales y económicos derivados de la pandemia mundial generada por la COVID-19. En el ámbito tributario, en este contexto de crisis energética y de intensa subida de precios, es crucial evitar que las tensiones de liquidez asociadas al incremento del precio de la energía pongan en riesgo la supervivencia de empresas viables y generen presiones generalizadas en la estructura de costes y precios de la economía, por ello se incluyen nuevas medidas tributarias para paliar las consecuencias derivadas de la actual situación económica que dificultan el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias. Se establece un nuevo aplazamiento excepcional de deudas tributarias, con condiciones similares al regulado por el DECRETO LEY FORAL 1/2021, por el cual podrán aplazase aquellas que correspondan a autoliquidaciones de pagos fraccionados a cuenta del IRPF y del IVA del primer trimestre de 2022, así como del mes de marzo de 2022 y se exonera contribuyentes IRPFque ejerzan actividades económicas de la obligación de realizar el pago fraccionado correspondiente al segundo trimestre de 2022.

Navarra extiende el régimen tributario de las fundaciones y de las actividades de patrocinio y la reguladora de los incentivos fiscales al mecenazgo cultural al sector medioambiental

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Mediante esta norma se afronta necesidad de ampliar el régimen del mecenazgo al medioambiental, para contribuir a la necesaria consolidación y al fortalecimiento de las entidades sin ánimo de lucro de este sector especialmente en un contexto de cambio climático y transición energética.

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 21 de abril de 2022, se ha publicado la LEY FORAL 10/2022, de 7 de abril, de modificación de la Ley Foral 10/1996, de 2 de julio, reguladora del régimen tributario de las fundaciones y de las actividades de patrocinio y de la Ley Foral 8/2014, de 16 de mayo, reguladora del mecenazgo cultural y de sus incentivos fiscales en la Comunidad Foral de Navarra, para incentivar el mecenazgo medioambiental.

El régimen fiscal del mecenazgo en Navarra además de regular el régimen fiscal propio de las entidades sin fines lucrativos, establece también el conjunto de incentivos fiscales para determinados proyectos sociales, si bien se carece de una regulación específica aplicable a la actividad de mecenazgo realizada por particulares con el objetivo de ayudar a encauzar los esfuerzos privados en actividades de interés general que estén destinados a fomentar la obtención de recursos de fuentes de financiación privadas por parte de las entidades sin ánimo de lucro que tengan por objeto la protección del medio ambiente.

Álava modifica la regulación de de los Impuestos sobre Determinados Servicios Digitales y sobre las Transacciones Financieras asumiendo las labores de inspección

Alava, inspección, impuesto, determinados servicios digitales y transacciones financieras. Hombre de negocios con signo virtual de verificado flotando en su mano

En el Boletín Oficial del territorio Histórico de Alava de hoy, 20 de abril de 2022, se ha publicado el  DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 6/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 12 de abril, que aprueba la modificación del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales y del Impuesto sobre las Transacciones Financieras, para introducir las reglas de distribución de la competencia inspectora de ambos impuestos entre los Territorios Históricos.

Mediante las modificaciones efectuadas los órganos de la Diputación Foral de Álava cuando el sujeto pasivo tenga su domicilio fiscal en el Territorio Histórico de Álava, sin perjuicio de la colaboración del resto de Administraciones tributarias concernidas, y surtirá efectos frente a todas las Administraciones competentes, incluyendo la proporción de tributación que corresponda a las mismas. Si como consecuencia de dichas actuaciones resultase una deuda a ingresar o una cantidad a devolver que corresponda a varias Administraciones, el cobro o el pago correspondiente se efectuará por la Administración tributaria de Álava sin perjuicio de las compensaciones que entre aquéllas procedan.

Álava, al igual que Bizkaia y Gipuzkoa aprueba medidas fiscales en el IRPF e IS, además del aplazamiento excepcional de deudas tributarias para paliar el impacto económico derivado de la crisis energética, alza de precios e invasión de Ucrania

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El Territorio Histórico de Alava, al igual que Bizkaia y Gipuzkoa, ha aprobado un aplazamiento excepcional de deudas sin prestación de garantía ni devengo de intereses de demora, la exoneración de la obligación de autoliquidar e ingresar el pago fraccionado a cuenta del IRPF y en el IS se incrementa en 5 puntos el porcentaje de la base imponible positiva de las microempresas considerado como gasto deducible en el IS y se amplía el porcentaje de gastos deducibles del régimen simplificado general y el de las reglas especiales de los regímenes simplificados de las actividades de elaboradores de vino, agrícolas, ganaderas o pesqueras y de transporte de mercancías por carretera en el IRPF.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava del día 13 de abril de 2022 se publicó el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 5/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 5 de abril por el que se aprueban medidas urgentes para hacer frente a la crisis por los recientes acontecimientos extraordinarios.

Por medio de esta norma se adoptan medidas tributarias de choque, excepcionales y transitorias para 2022, para responder al impacto económico negativo que se está produciendo sobre las actividades económicas afectadas por la actual coyuntura inflacionista, así como para prevenir un mayor impacto económico negativo en los operadores más vulnerables de la economía, como pueden ser las micro y pequeñas empresas y personas autónomas y además la Diputación Foral de Álava va a agilizar al máximo las devoluciones fiscales (IVA, gasóleo agrícola, campaña del IRPF).

Se introduce un aplazamiento excepcional de deudas sin prestación de garantía ni devengo de intereses de demora, que podrá ser solicitado por las personas autónomas, las micro y las pequeñas empresas, y que podrá aplicarse en relación con aquellas deudas tributarias cuyo plazo de presentación e ingreso en período voluntario finalice entre el 1 de abril y el 25 de mayo de 2022, con la excepción de las correspondientes a las campañas del IRPF, IP e IS. En este caso las deudas que abarca este aplazamiento excepcional es menor que en los casos de Gipuzkoa (deudas tributarias cuyo plazo de presentación e ingreso en período voluntario finalicen hasta el 25 de mayo de 2022 ) o Bizkaia, donde abarca hasta las deudas cuyo plazo voluntario de pago finalice hasta el 31 de julio de 2022. El ingreso de las deudas aplazadas se suspenderá durante un período de tres meses, contado desde la finalización del período voluntario de declaración e ingreso de cada una de ellas, debiendo ser posteriormente ingresadas mediante su fraccionamiento en 6 cuotas mensuales de idéntico importe.

Bizkaia y Gipuzkoa aprueban nuevas medidas fiscales en el IRPF e IS, además de un aplazamiento excepcional de deudas tributarias para paliar el impacto económico derivado de la actual crisis energética, del alza de los precios y de la invasión de Ucrania

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Bizkaia y Gipuzkoa  introducen un aplazamiento excepcional de deudas sin prestación de garantía ni devengo de intereses de demora, se exonera de la obligación de autoliquidar e ingresar el pago fraccionado a cuenta del IRPF y en el IS se incrementa en 5 puntos el porcentaje de la base imponible positiva de las microempresas considerado como gasto deducible en Bizkaia y en Gipuzkoa además, se flexibilizan y los requisitos para la dotación de la reserva especial de nivelación de beneficios; libertad de amortización para los elementos del inmovilizado material nuevos; formalización de los contratos de financiación de los proyectos de investigación y desarrollo o innovación tecnológica.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 6 de abril de 2022 se ha publicado el DECRETO FORAL NORMATIVO 2/2022, de 5 de abril, de medidas tributarias urgentes derivadas de la crisis energética y en el Boletín Oficial de Gipuzkoa de esta misma fecha encontramos el DECRETO FORAL-NORMA 1/2022, de 5 de abril, por el que se aprueban medidas tributarias urgentes para paliar el impacto económico derivado de la actual crisis energética, del alza de los precios y de la invasión de Ucrania, que contiene un espectro de medidas más amplio en el ámbito del IS que la norma de Bizkaia.

Por medio de estas normas se adoptan medidas tributarias de choque, excepcionales y transitorias para 2022, para responder al impacto económico negativo que se está produciendo sobre las actividades económicas afectadas por la actual coyuntura inflacionista, así como para prevenir un mayor impacto económico negativo en los operadores más vulnerables de la economía, como pueden ser las micro y pequeñas empresas y personas autónomas.

Mediante estas normas, se introduce un aplazamiento excepcional de deudas sin prestación de garantía ni devengo de intereses de demora, que podrá ser solicitado por las personas autónomas, las micro y las pequeñas empresas, y que podrá aplicarse en relación con aquellas deudas tributarias cuyo plazo de presentación e ingreso en período voluntario finalice entre el 1 de abril y el 31 de julio de 2022, con la excepción de las correspondientes a las campañas del IRPF, IP e IS. El ingreso de las deudas aplazadas se suspenderá durante un período de tres meses, contado desde la finalización del período voluntario de declaración e ingreso de cada una de ellas, debiendo ser posteriormente ingresadas mediante su fraccionamiento en 6 cuotas mensuales de idéntico importe.

Paralelamente, se establecen diversas medidas extraordinarias a aplicar para la determinación del rendimiento neto en la modalidad simplificada del método de estimación directa, en el IRPF, tanto con carácter general, como, en particular, para las actividades agrícolas y ganaderas, y de transporte de mercancías por carretera. Asimismo se exonera del pago fraccionado del IRPF, correspondiente al primer y segundo trimestre de las personas que obtienen rendimientos de actividades económicas.

Hasta aquí las previsiones de ambas normas son las mismas, sine mabrago en el ámbito del Impuesto sobre Sociedades, la norma de Gipuzkoa, prevé un mayor ámbito de protección y las medidas establecidas son más amplias.

Navarra aprueba su Ley Foral del Cambio Climático y Transición Energética y anuncia la aprobación en los próximos dos años de las medidas de fiscalidad ambiental necesarias para el cumplimiento de sus objetivos

El Gobierno de Navarra, en el plazo de dos años remitirá un proyecto o varios de ley foral con las medidas de fiscalidad ambiental. Imagen de bola de cristal transparente sobre vegetación

Navarra ha aprobado su Ley Foral del Cambio Climático y Transición Energética en la que se anuncia el compromiso de que el Gobierno de Navarra, en el plazo de dos años desde la aprobación de la presente ley foral, a través del Departamento de Economía y Hacienda, remitirá al Parlamento de Navarra un proyecto o varios proyectos de ley foral que recojan las medidas de fiscalidad ambiental.

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy 1 de abril de 2022 se ha publicado, entre otras, la LEY FORAL 4/2022, de 22 de marzo, de Cambio Climático y Transición Energética.

El cambio climático es un desafío urgente ya que está teniendo un impacto cada vez más severo en todos los medios y sectores, en los ecosistemas, la biodiversidad, las infraestructuras y los sistemas productivos, además de en nuestros sistemas de salud y alimentación. Por ello, ha de asumirse el compromiso de trabajar para paliar sus efectos y preparar la transición hacia un nuevo modelo energético, basado en una economía circular baja en carbono, que sea capaz de aprovechar los recursos disponibles con mayor eficiencia y que plantee la sustitución progresiva de las energías fósiles –causantes de emisiones gases de efecto invernadero– por las renovables, estableciéndose medidas y criterios para la incorporación transversal de la adaptación al cambio climático en todas las esferas de actividad, especialmente en los planes sectoriales del Gobierno de Navarra.

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