Novedades Legislativas

El DUE permite realizar las declaraciones censales de comienzo y cese del IGIC y el AIEM en Canarias

El DUE permite realizar las declaraciones censales de comienzo y cese del IGIC y el AIEM en Canarias

La norma modifica el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, con la finalidad de ampliar el uso del Documento Único Electrónico (DUE) en las obligaciones censales relativas al IGIC y al AIEM.

El 4 de agosto de 2026 se ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias el Decreto 126/2026, de 27 de julio, por el que se modifica el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias

La norma modifica el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, aprobado por el Decreto 268/2011, de 4 de agosto, con la finalidad de ampliar el uso del Documento Único Electrónico (DUE) en las obligaciones censales relativas al IGIC y al AIEM.

Modificación del Reglamento sobre cooperación administrativa y lucha contra el fraude: acceso de la Fiscalía Europea y la OLAF a la información sobre el IVA

Acceso de la Fiscalía Europea y la OLAF a la información sobre el IVA

La reforma incorpora un acceso centralizado de la Fiscalía Europea y la OLAF a determinada información sobre el IVA, refuerza las funciones de Eurofisc y establece nuevas garantías de acceso, auditoría y protección de datos.

El 27 de julio se ha publicado en el DOUE el Reglamento (UE) 2026/1743 del Consejo, de 10 de julio de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 904/2010 relativo a la cooperación administrativa y la lucha contra el fraude en el ámbito del impuesto sobre el valor añadido en lo que respecta al acceso de la Fiscalía Europea y de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude a la información relativa al impuesto sobre el valor añadido a escala de la Unión

El Reglamento (UE) 2026/1743 modifica el Reglamento (UE) n.º 904/2010 con el fin de reforzar la cooperación administrativa en la lucha contra el fraude transfronterizo en el IVA mediante el reconocimiento de un acceso centralizado, seguro y limitado de la Fiscalía Europea (EPPO) y de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) a determinada información tributaria disponible a escala de la Unión. La reforma responde a la necesidad de facilitar la detección, investigación y persecución de los fraudes que afectan a varios Estados miembros y a los intereses financieros de la Unión, al considerar insuficiente el intercambio bilateral de información entre las autoridades tributarias nacionales.

Cambios en la organización y competencias de la Inspección Tributaria y del Área de Aduanas e Impuestos Especiales de la AEAT

Cambios en la organización y competencias de la Inspección Tributaria y del Área de Aduanas e Impuestos Especiales de la AEAT. Imagen de una sala de la Agencia Tributaria

Se han publicado en el BOE dos resoluciones que modifican dos resoluciones internas sobre la organización y atribución de funciones, una relativa a la organización en materia de Inspección Tributaria y otra relativa a la organización en materia de Aduanas e Impuestos Especiales.

La Agencia Tributaria reorganiza la distribución de competencias en las áreas de Inspección Tributaria y de Aduanas e Impuestos Especiales para mejorar la eficiencia operativa, reforzar la colaboración entre órganos, adaptar su estructura a los cambios normativos nacionales y europeos y clarificar las funciones de los distintos órganos en materia de gestión, inspección, control aduanero, devoluciones, autorizaciones y procedimientos tributarios.

Por tanto, el objetivo es la reorganización interna de la AEAT.

En el BOE del 3 de julio de 2026 se ha publicado la Resolución de 23 de junio de 2026, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 24 de marzo de 1992, sobre organización y atribución de funciones a la inspección de los tributos en el ámbito de la competencia del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria.

Actualización del límite exento de garantías para aplazamientos y fraccionamientos de deudas de derecho público en Cantabria

Actualización del límite exento de garantías para aplazamientos y fraccionamientos de deudas de derecho público en Cantabria. Imagen de unos dibujos de personas frente a un lingote de 50.000 euros

La Orden actualiza a 50.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de deudas de derecho público de la Comunidad Autónoma de Cantabria, armonizando la normativa autonómica con la estatal y favoreciendo la simplificación administrativa.

El 7 de julio de 2026, se ha publicado en el Boletín Oficial de Cantabria, la Orden HAC/7/2026, de 30 de junio, por la que se establece en 50.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas derivadas de tributos propios y otros recursos de derecho público de la Comunidad Autónoma de Cantabria y las deudas correspondientes a los tributos y otros recursos de aquellas Entidades Locales cuya gestión recaudatoria tenga encomendada la Agencia Cántabra de Administración Tributaria.

Bizkaia adapta su normativa tributaria a la DAC 8 e incorpora nuevas obligaciones sobre criptoactivos

Bizkaia adapta su normativa tributaria a la DAC 8 e incorpora nuevas obligaciones sobre criptoactivos. Imagen de una moneda virtual bitcoin encima de escritorio de portatil

Bizkaia adapta su normativa tributaria a la Directiva (UE) 2023/2226 (DAC 8), incorporando nuevas obligaciones de información y diligencia debida sobre criptoactivos, cambios en el intercambio automático de información fiscal, un nuevo régimen sancionador y modificaciones en la regulación aplicable a instituciones financieras y proveedores de servicios de criptoactivos.

El 3 de julio de 2026 se ha publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia el DECRETO FORAL NORMATIVO 3/2026, de 25 de junio, de trasposición de la Directiva (UE) 2023/2226 del Consejo, de 17 de octubre de 2023, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, con relación al intercambio de información sobre criptoactivos.

La norma tiene por objeto transponer parcialmente al ordenamiento jurídico del Territorio Histórico de Bizkaia la Directiva (UE) 2023/2226 (DAC 8), que modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad. La finalidad de esta reforma es adaptar la normativa tributaria al intercambio automático de información sobre criptoactivos, dinero electrónico y monedas digitales de bancos centrales, reforzando las obligaciones de diligencia debida, comunicación de información e intercambio internacional entre administraciones tributarias.

Cataluña aprueba nuevas medidas fiscales en tributos cedidos: novedades en IRPF, ISD e ITPAJD

Cataluña aprueba nuevas medidas fiscales en tributos cedidos: novedades en IRPF, ISD e ITPAJD. Imagen mapa de cataluña sobre un escritorio

Las nuevas medidas fiscales aprobadas en Cataluña modifican la regulación de los tributos cedidos, incorporando nuevas deducciones en el IRPF, cambios en los beneficios fiscales del ISD y del ITPAJD, así como novedades en la tributación de los grandes tenedores, las fincas forestales y las cooperativas de viviendas en régimen de cesión de uso.

El 13 de julio de 2026 se ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña la Ley 11/2026, de 9 de julio, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público.

Entre las medidas aprobadas en materia fiscal se encuentran las siguientes, relativas a tributos cedidos:

Nueva Ley de la Comunidad de Madrid: reconocimiento del concebido y beneficios fiscales para familias asimiladas a familia numerosa en ITPAJD

Nueva Ley de la Comunidad de Madrid: reconocimiento del concebido y beneficios fiscales para familias asimiladas a familia numerosa en ITPAJD

La Comunidad de Madrid equipara al concebido con el hijo nacido para acceder a determinados beneficios familiares y amplía los beneficios fiscales del ITPAJD a las familias asimiladas a familia numerosa.

El 10 de julio de 2026, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, la LEY 5/2026, de 7 de julio, de reconocimiento del concebido en la aplicación de las medidas de apoyo a la familia en la Comunidad de Madrid.

La norma tiene como finalidad asimilar al concebido no nacido al hijo ya nacido para que las familias puedan acceder, dentro de las competencias autonómicas, a los beneficios y derechos vinculados a la existencia de hijos, especialmente los derivados de la condición de familia numerosa. Esta asimilación solo se aplica cuando suponga un beneficio para la unidad familiar y, con carácter general, no exige una semana mínima de gestación, salvo que la normativa específica establezca lo contrario. Para acreditar la situación es necesario presentar un informe médico reciente que certifique la semana de gestación y la fecha prevista del parto.

Nuevas deducciones, reducciones y bonificaciones fiscales en IRPF, ISD e ITPAJD en la Comunidad Valenciana

Nuevas deducciones, reducciones y bonificaciones fiscales en IRPF, ISD e ITPAJD en la Comunidad Valenciana. Imagen de un billete de 5 euros, moneda de 2 euros y calculadora

La reforma de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, actualiza las deducciones autonómicas del IRPF, las reducciones y bonificaciones en Sucesiones y Donaciones, los beneficios fiscales para personas con discapacidad, la vivienda habitual y la inversión en empresas emergentes en la Comunidad Valenciana.

El 2 de julio de 2026 se ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana la Ley 3/2026, de 29 de junio, de la Generalitat, de medidas urgentes frente a la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado.

Mediante esta nueva norma, se modifica la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos.

Modificación del artículo 4. Deducciones autonómicas

c) Nacimiento, adopción, acogimiento o delegación de guarda

Se modifica la deducción por nacimiento, adopción, acogimiento o delegación de guarda de una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 65 %, o un grado de discapacidad intelectual o mental igual o superior al 33 %, siempre que cumpla los requisitos para la aplicación del mínimo por descendientes y que la suma de la base liquidable general y del ahorro no supere los límites establecidos.

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