Novedades Legislativas

La Comunidad Valenciana aprueba nueva deducción del 100% en IP por acciones o participaciones en empresas emergentes y simplifica la deducción en IRPF por inversiones acciones o participaciones de determinadas entidades

La Comunidad Valenciana aprueba nueva deducción del 100% en IP por acciones o participaciones en empresas emergentes y simplifica la deducción en IRPF por inversiones acciones o participaciones de determinadas entidades. Imagen de la bandera de la Comunidad Valenciana

Además, adopta medidas contra la hiperregulación modificando la regulación relativa a deducciones y beneficios fiscales autonómicos para personas con discapacidad.

En boletín extraordinario de 29 de diciembre de 2025, de la Comunidad Valenciana se ha publicado el Decreto Ley 14/2025, de 26 de diciembre, del Consell, de medidas urgentes contra la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado.

Personas con discapacidad: IRPF, ISD, ITP Y AJD

Mediante esta norma se modifica la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la cual se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos, con la finalidad de adecuar la regulación de los beneficios fiscales autonómicos dirigidos a las personas con discapacidad a la estructura de la  información suministrada por los certificados de reconocimiento de la situación de discapacidad elaborados de acuerdo con el Real decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, cuya entrada en vigor se produjo el 20 de abril de 2023.

Galicia ha aprobado su ley de medidas fiscales realizando amplios cambios en materia de IRPF, ISD e ITP Y AJD

Galicia ha aprobado su ley de medidas fiscales realizando amplios cambios en materia de IRPF, ISD e ITP Y AJD. Imagen de la bandera de Galicia

Estas medidas muestran un enfoque fiscal integral que combina exenciones, deducciones y tipos reducidos, dirigidas tanto a situaciones de emergencia como a colectivos con necesidades especiales, promoviendo la equidad tributaria y la eficiencia en el uso de ayudas públicas, al tiempo que se actualizan límites y condiciones para adaptarse a la realidad económica y social de Galicia en 2025.

El 31 de diciembre de 2025 se ha publicado en el Diario Oficial de Galicia la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.

El mismo día se ha publicado la Ley 4/2025, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026. Pero la única medida tributaria recogida en esta norma se refiere a que la totalidad de los ingresos previstos por el impuesto sobre el daño medioambiental causado por determinados usos y aprovechamientos del agua embalsada, establecido por la Ley 15/2008, de 19 de diciembre, financiará actuaciones comprendidas en los programas 541B, 541D y 551B, en concreto los gastos de inversión destinados a sanear, proteger y mejorar el medio natural, así como la realización de transferencias para llevar a cabo obras y servicios hidráulicos.

Mediante su ley de presupuestos 2026, Asturias realiza modificaciones en IRPF, ITP Y AJD y tasas

Mediante su ley de presupuestos 2026, Asturias realiza modificaciones en IRPF, ITP Y AJD y tasas. Imagen de la bandera de Asturias

La Ley de Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2026 se configura conforme al marco constitucional y estatutario aplicable, incorporando tanto el contenido esencial propio de toda ley presupuestaria como un conjunto de disposiciones de carácter tributario.

El 31 de diciembre de 2025, en boletín extraordinario de Asturias, se ha publicado la Ley del Principado de Asturias 5/2025, de 31 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2026.

En materia tributaria, las principales novedades se concentran en el título V de la ley, dedicado a las normas fiscales.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

- Deducción por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida

Los contribuyentes que adquieran o rehabiliten una vivienda habitual que tenga la consideración de protegida, conforme a la normativa estatal o autonómica en la materia, tendrán derecho a aplicar la siguiente deducción por las cantidades satisfechas durante el ejercicio en la adquisición o rehabilitación de aquella: Hasta 5.000 euros en el ejercicio en el que se lleve a cabo la adquisición o rehabilitación. Hasta 1.000 euros en los ejercicios sucesivos.

Andalucía aprueba su ley de presupuestos para 2026 introduciendo medidas fiscales en materia de IRPF, ISD e ITP Y AJD

Andalucía aprueba su ley de presupuestos para 2026 introduciendo medidas fiscales en materia de IRPF, ISD e ITP Y AJD. Imagen de la bandera de Andalucía

El Presupuesto de Andalucía para 2026 incorpora un conjunto de medidas fiscales que se enmarcan en una estrategia de equilibrio entre el cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y la utilización de los tributos propios y cedidos como instrumentos de política económica y social.

El 31 de diciembre de 2025 se ha publicado en el BOJA la Ley 8/2025, de 22 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2026.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Se amplía la deducción autonómica por alquiler de vivienda habitual, elevando los límites de deducción para jóvenes menores de 35 años, personas mayores de 65 años, personas con discapacidad, víctimas de violencia doméstica y del terrorismo, con el objetivo de mantener su eficacia real ante el incremento sostenido de los precios del alquiler.

Gipuzkoa aprueba nuevas medidas fiscales, modifica sus reglamentos del IRPF, IS y de obligaciones formales para adaptarlos a la revisión de su sistema tributario, el control de criptoactivos y cuentas financieras y el nuevo impuesto complementario

Gipuzkoa aprueba nuevas medidas fiscales, modifica sus reglamentos del IRPF,  IS y de obligaciones formales para adaptarlos a la revisión de su sistema tributario, el control de criptoactivos y cuentas financieras y el nuevo impuesto complementario. Imagen de la bandera de Gipuzkoa ondeando sobre un fondo blanco

Gipuzkoa aprueba nuevas modificaciones para garantizar la plena concordancia de su norma del Impuesto Complementario con las reglas y normas adoptadas a nivel internacional. Modifica los Reglamentos del IRPF y del IS para completar el desarrollo reglamentario de la reforma de su sistema tributario, adecuar las retenciones de los rendimientos de trabajo a la modificación de la tarifa y aprobar unos nuevos coeficientes de actualización de valores de los elementos patrimoniales tanto para el IRPF como en el IS, ambos, con efectos a partir del 2026 y completa la transposición de la DAC 8, y desarrolla las obligaciones de información y las normas de diligencia debida para los proveedores de servicios de criptoactivos y cuentas financieras.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 30 de diciembre de 2025 se han publicado el DECRETO FORAL-NORMA 1/2025, de 23 de diciembre, por el que se aprueban determinadas modificaciones tributarias; el DECRETO FORAL 27/2025, de 23 de diciembre, por el que se desarrollan reglamentariamente diversas modificaciones de la Norma Foral 1/2025, de 9 de mayo, se modifican las tablas de retenciones de los rendimientos de trabajo y se aprueban los coeficientes de actualización aplicables en 2026 y el DECRETO FORAL 26/2025, de 23 de diciembre, por el que se desarrollan las normas de diligencia debida y las obligaciones de información de determinados proveedores de servicios de criptoactivos, y se modifican el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales, aprobado por el Decreto Foral 47/2013, de 17 de diciembre, y el Decreto Foral 25/2016, de 29 de noviembre, por el que se establece la obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras y de suministro de información acerca de las mismas en el ámbito de la asistencia mutua.

Bizkaia aprueba las modificaciones reglamentarias en el IRPF e IS derivadas de la revisión de su sistema fiscal y de los modelos correspondientes y modifica las Normas Técnicas de Valoración Catastral de los BICE

Bizkaia aprueba las modificaciones reglamentarias en el IRPF e IS derivadas de la revisión de su sistema fiscal y de los modelos correspondientes y modifica las Normas Técnicas de Valoración Catastral de los BICE. Imagen de la bandera de Vizcaya

Bizkaia adapta sus normas reglamentarias del IRPF, IS a las modificaciones efectuadas por la Norma Foral 2/2025 de revisión fiscal del sistema tributario del Territorio Histórico de Bizkaia y se aprueban los porcentajes de retención a cuenta del IRPF aplicables a los rendimientos del trabajo en 2026. Se modifican las Normas Técnicas de Valoración Catastral de los bienes inmuebles de características especiales y se aprueban nuevos modelos de declaración.

Junto con la NORMA FORAL 7/2025, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2026 y la NORMA FORAL 8/2025, de 29 de diciembre, por la que se acuerda la aplicación y se desarrolla la regulación de la Tasa por prestación de servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento, en el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 30 de diciembre de 2025 se han publicado el DECRETO FORAL 134/2025, de 29 de diciembre, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifican los porcentajes de retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas aplicables a los rendimientos del trabajo en 2026; el DECRETO FORAL 133/2025, de 29 de diciembre, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades en desarrollo de la Norma Foral 2/2025, de 9 de abril, por la que se aprueban medidas para la revisión fiscal del sistema tributario del Territorio Histórico de Bizkaia y el DECRETO FORAL 135/2025, de 29 de diciembre, de la Diputación Foral De Bizkaia, por el que se modifica el Decreto Foral 91/2018, de 3 de julio, por el que se aprueban las Normas Técnicas de Valoración Catastral de los bienes inmuebles de características especiales.

Bizkaia aprueba los presupuestos para 2026 y actualiza las cuantías de los beneficios fiscales y la tarifa del IRPF y aprueba una nueva regulación de la Tasa de prevención, extinción de incendios y salvamento

Bizkaia aprueba los presupuestos para 2026 y actualiza las cuantías de los beneficios fiscales y la tarifa del IRPF y aprueba una nueva regulación de la Tasa de prevención, extinción de incendios y salvamento. Imagen de bloques de madera con monedas de fondo poniendo 2026

Bizkaia actualiza los tipos de cuantía fija de las tasas, precios públicos y prestaciones patrimoniales de carácter público, actualiza la cuantía de la exención de la indemnización por despido, reducciones, minoración de cuota y deducciones del IRPF y se deflacta la tarifa del impuesto con efectos desde el 1 de enero de 2026 y renueva la regulación de la Tasa por prestación de servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 30 de diciembre de 2025 se han publicado la NORMA FORAL 7/2025, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2026 y la NORMA FORAL 8/2025, de 29 de diciembre, por la que se acuerda la aplicación y se desarrolla la regulación de la Tasa por prestación de servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento.

En la Norma Foral de Presupuestos de Bizkaia además de disponer la previsión de ingresos y la habilitación de gastos de los órganos, organismos y entes integrantes del sector público regional, en el título dedicado a las normas tributarias, se actualiza los tipos de cuantía fija de las tasas, precios públicos y prestaciones patrimoniales de carácter público de la Diputación Foral de Bizkaia, así como se actualiza la cuantía de la exención de la indemnización por despido, reducciones, minoración de cuota y deducciones del IRPF y se deflacta en un 2 por ciento la tarifa del impuesto con efectos desde el 1 de enero de 2026. En su disposición adicional primera se mantiene el interés de demora desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2026, en el 4,0625%.

La Rioja aprueba sus presupuestos y las Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2026 en materia de tasas, IAE, IRPF, ISD, tributos propios y crea la Defensoría del contribuyente

La Rioja aprueba sus presupuestos y las Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2026 en materia de tasas, IAE, IRPF, ISD, tributos propios y crea la Defensoría del contribuyente. Imagen de la bandera de La Rioja

La Rioja aprueba sus presupuestos junto con su norma de acompañamiento de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2026, entre las que destaca la deflactación de la escala autonómica de gravamen y de los importes de los mínimos personal y familiar en el IRPF y la creación de la deducción para celiacos y en el ámbito del ISD se modifican las reducciones autonómicas en los supuestos de adquisiciones de empresas individuales y negocios profesionales y de adquisición de participaciones en entidades para incluir a los colaterales de tercer grado por afinidad en las transmisiones mortis causa. Por otro lado, se modifican algunas tasas y se crea la Defensoría del Contribuyente.

En el Boletín Oficial de La Rioja de hoy, 30 de diciembre de 2025 se ha publicado la LEY 8/2025, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2026 y la LEY 9/2025, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2026.

En laLey de Presupuestos además de disponer la previsión de ingresos y la habilitación de gastos de los órganos, organismos y entes integrantes del sector público regional, en el título dedicado a las normas tributarias, se recoge para el año 2026 el mantenimiento de la cuantía de las tasas exigibles y del recargo sobre del Impuesto sobre actividades económicas en el 12%, y se declaran las actividades prioritarias de mecenazgo respecto de las cuales las deducciones y reducciones establecidas la Ley 3/2021, de 28 de abril, de Mecenazgo de la Comunidad Autónoma de La Rioja, para el IRPF e ISD se elevarán en cinco puntos porcentuales.

El contenido de la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2026, lo constituyen las medidas de naturaleza tributaria principalmente, aunque también se incluye la modificación de la Ley de Hacienda Pública riojana con objeto de establecer, de manera clara, el interés de demora a aplicar en las cantidades adeudadas a la hacienda pública autonómica conforme a la naturaleza de la deuda, para garantizar la seguridad jurídica de contribuyentes y ciudadanos, se modifican otras normas para implementar otras medidas de carácter administrativo, y se recoge la exención de determinadas tasas para el ejercicio 2026 y se crea la Defensoría del contribuyente.

Euskadi aprueba sus presupuestos para 2026 y actualiza la cuantía de las tasas autonómicas y establece una nueva tasa en materia de trabajo y seguridad social

Euskadi aprueba sus presupuestos para 2026 y actualiza la cuantía de las tasas autonómicas y establece una nueva tasa en materia de trabajo y seguridad social. Imagen de la bandera del País Vasco ondeando un día con nubes

Euskadi aprueba sus presupuestos para 2026 y tan solo incluye en esta norma la actualización de las tasas autonómicas y crea una nueva tasa por tramitación de autorizaciones y otros servicios administrativos a personas extranjeras en materia laboral

En el Boletín Oficial del País Vasco de hoy, 30 de diciembre de 2025 se ha publicado la LEY 7/2025, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2026, donde además de disponer la previsión de ingresos y la habilitación de gastos de los órganos, organismos y entes integrantes del sector público regional, en el título dedicado a las normas tributarias se actualizan las tasas y prestaciones patrimoniales de carácter público no tributarias (tarifas) de cuantía fija, por no estar fijadas en un porcentaje de la base o no estar valorada en unidades monetarias, se elevan hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente uno coma cero veinte (1,020) de la cuantía que resultaba exigible en el año 2025 y en su disposición final primera se establece una nueva tasa en materia de trabajo y seguridad social por tramitación de autorizaciones y otros servicios administrativos a personas extranjeras en materia laboral y se modifican las cuantías de otras tasas autonómicas.

Álava aprueba sus medidas fiscales para 2026 (IRPF, IS, IP, ITSGF e IAE y norma foral general tributaria) y adapta su normativa a la nueva redacción del Concierto Vasco y modifica sus reglamentos de IRPF, IS y obligaciones formales

Alava aprueba sus medidas fiscales para 2026 (IRPF, IS, IP, ITSGF e IAE y norma foral general tributaria) y adapta su normativa a la nueva redacción del Concierto Vasco y modifica sus reglamentos de IRPF, IS y obligaciones formales. Imagen de una bombilla futurista con el 2026

Álava aprueba sus medidas fiscales para 2026 en el ámbito del IRPF, IS, IP, ITSGF e IAE y modifica distintos preceptos de su norma foral general tributaria en lo que se refiere a las obligaciones de información sobre criptoactivos y cuentas financieras y el procedimiento de declaración e responsabilidad tributaria. Por otro lado, se adapta la normativa alavesa a la nueva redacción del Concierto Vasco y se efectúan las modificaciones reglamentarias en el IRPF, IS y el reglamento de obligaciones formales conforme a estas modificaciones legales.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy, 29 de diciembre de 2025 se han publicado la NORMA FORAL 21/2025, de 19 de diciembre, de medidas tributarias para el año 2026, el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 2/2025, de 23 de diciembre, del Consejo de Gobierno Foral. Aprobar la adaptación de la normativa tributaria del Territorio Histórico de Álava a las modificaciones introducidas en el Concierto Económico por la Ley 3/2025, de 29 de abril, así como la modificación de la Norma Foral 16/2025, de 12 de diciembre y elDECRETO FORAL 42/2025, de 23 de diciembre, del Consejo de Gobierno Foral que modifica del Decreto Foral 40/2014, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Decreto Foral 41/2014, de 1 de agosto, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, del Decreto Foral 111/2008, de 23 de diciembre, y del Decreto Foral 3/2024, de 27 de febrero.

En la primera de estas normas, la NORMA FORAL 21/2025 se aprueban las medidas fiscales para 2026, que afectan a su Norma Foral General Tributaria, en concreto a las obligaciones de información sobre criptoactivos, así como a las obligaciones de suministro de información de las instituciones financieras respecto de las cuentas financieras abiertas en ellas de las personas que ostenten la titularidad o el control de aquéllas. Por otro lado, se declara que la competencia para iniciar el procedimiento de declaración de responsabilidad y para dictar el acto administrativo de declaración de responsabilidad corresponde al órgano de recaudación, y la equiparación de las parejas de hecho a los cónyuges en el ámbito de los tributos. Esta norma acuña el término obligado tributario cumplidor, que se beneficiarán de la minoración del recargo por presentación extemporánea, la aplicación del interés legal del dinero en lugar del interés de demora, y la exención de presentar garantías para determinadas deudas aplazadas o fraccionadas.

El resto de medidas afectan a distintos tributos del ordenamiento alavés, en concreto, el Impuesto sobre Sociedades, el Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas y el Impuesto sobre Actividades Económicas

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