Se amplía hasta el 1 de enero de 2026, el plazo para cumplir con el Reglamento Veri*factu para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y para el resto hasta el 1 de julio de 2026
Enviado por Editorial el Mié, 02/04/2025 - 14:40Se retrasan las fechas del Reglamento Veri*factu de forma que los productores y comercializadores de los sistemas informáticos deberán ofrecer sus productos antes del 1 de enero de 2026, en lugar de la inicialmente prevista de 1 de julio de 2025.
En el BOE de hoy, 2 de abril de 2025, se ha publicado el REAL DECRETO 254/2025, de 1 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación.
Se amplía hasta el 1 de enero de 2026, respecto de la fecha inicialmente prevista de 1 julio de 2025, el plazo para cumplir con las obligaciones previstas en el reglamento y en su normativa de desarrollo, para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y para el resto de los obligados tributarios el plazo límite para su aplicación se establece en el 1 de julio de 2026 para facilitar su adaptación en la medida que no están sometidos a las mismas obligaciones que los anteriores que pudieran determinan la no utilización habitual de sistemas informáticos.