Gipuzkoa introduce medidas tributarias excepcionales en impuestos especiales, IVPEE e IVA consecuencia de la crisis en Oriente Medio
Enviado por Editorial el Vie, 24/04/2026 - 11:22En concreto, se reduce el tipo impositivo del impuesto sobre hidrocarburos de los productos cuyo consumo se encuentra más extendido, se establece una reducción del tipo impositivo del impuesto especial sobre la electricidad y determinadas minoraciones en la forma de cálculo de la base imponible del IVPEE. Además, se reduce del 21% al 10% el tipo del IVA aplicable a los contratos de energía eléctrica cuyo término fijo de potencia sea inferior a los 10 kW, suponiendo, en realidad, su aplicación a la práctica totalidad de los hogares consumidores finales.
El 24 de abril de 2026 se ha publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, el Decreto Foral Normativo 1/2026, de 14 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas tributarias para dar respuesta a la Crisis en Oriente Medio. Estas medidas de carácter coyuntural están orientadas a aliviar el coste de la energía.
El Gobierno de España aprobó el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis de Oriente Medio, con la finalidad de adoptar medidas urgentes para hacer frente a las consecuencias económicas y sociales derivadas de la crisis, incluyendo medidas de carácter coyuntural orientadas a aliviar el coste de la energía. Entre ellas, destaca una reducción generalizada de la fiscalidad energética, que afecta a distintos tributos como los impuestos especiales, el IVPEE y el IVA.













