Novedades Legislativas

Gipuzkoa introduce medidas tributarias excepcionales en impuestos especiales, IVPEE e IVA consecuencia de la crisis en Oriente Medio

Gipuzkoa introduce medidas tributarias excepcionales en impuestos especiales, IVPEE e IVA consecuencia de la crisis en Oriente Medio. Imagen de una bombilla sobre muchas monedas

En concreto, se reduce el tipo impositivo del impuesto sobre hidrocarburos de los productos cuyo consumo se encuentra más extendido, se establece una reducción del tipo impositivo del impuesto especial sobre la electricidad y determinadas minoraciones en la forma de cálculo de la base imponible del IVPEE. Además, se reduce del 21% al 10% el tipo del IVA aplicable a los contratos de energía eléctrica cuyo término fijo de potencia sea inferior a los 10 kW, suponiendo, en realidad, su aplicación a la práctica totalidad de los hogares consumidores finales.

El 24 de abril de 2026 se ha publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, el Decreto Foral Normativo 1/2026, de 14 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas tributarias para dar respuesta a la Crisis en Oriente Medio. Estas medidas de carácter coyuntural están orientadas a aliviar el coste de la energía.

El Gobierno de España aprobó el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis de Oriente Medio, con la finalidad de adoptar medidas urgentes para hacer frente a las consecuencias económicas y sociales derivadas de la crisis, incluyendo medidas de carácter coyuntural orientadas a aliviar el coste de la energía. Entre ellas, destaca una reducción generalizada de la fiscalidad energética, que afecta a distintos tributos como los impuestos especiales, el IVPEE y el IVA.

Proyecto de Orden por el que se especifican los elementos técnicos para el correcto funcionamiento de la solución pública de facturación electrónica

Proyecto de Orden por el que se especifican los elementos técnicos para el correcto funcionamiento de la solución pública de facturación electrónica. Imagen de dos ordenadores en los que en ambos hay facturación electrónica

Esta orden ministerial da cumplimiento al desarrollo normativo previsto y especifica los elementos técnicos precisos para el funcionamiento correcto de la solución pública de facturación electrónica, en concreto para cumplir con las funciones de emisión e interconexión de facturas electrónicas.

El 17 de abril de 2026 fue sometido a trámite de audiencia e información pública el Proyecto de Orden por el que se regula la solución pública de facturación electrónica, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición final tercera del Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, por el que se desarrolla el sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales y por el que se modifica el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.

Con el objetivo de reducir la morosidad comercial, la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, advirtió la necesidad de contar con información fiable sobre los plazos de pago efectivos que permitieran diseñar medidas que incentiven el cumplimiento de los plazos de pago. Con esta finalidad se adoptan cambios regulatorios entre los que destaca la promoción y obligatoriedad del uso de la factura electrónica en operaciones entre empresarios y profesionales.

Álava responde a la crisis en Oriente Medio con medidas fiscales urgentes

Álava responde a la crisis en Oriente Medio con medidas fiscales urgentes. Imagen de un dispensador de gasolina

Como respuesta a las incidencias derivadas de la crisis en Oriente Medio sobre la economía global, se han aprobado en Álava ciertas medidas fiscales de carácter excepcional con el objetivo de paliar este impacto económico negativo producido sobre ciertas actividades económicas.

El 20 de abril de 2026 se ha publicado en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava, el Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 2/2026, de 14 de abril, del Consejo de Gobierno Foral. Aprobar medidas tributarias urgentes en respuesta a la situación económica derivada de la crisis en Oriente Medio, que regula, entre otras cuestiones, el aplazamiento excepcional de deudas tributarias, medidas sobre el fraccionamiento en IRPF, incentivos a la inversión y al empleo, así como modificaciones en el ITPAJD y en el IAE.

Entre las medidas, destacan especialmente las siguientes:

Se establece un aplazamiento y fraccionamiento excepcional de deudas tributarias, sin necesidad de prestar garantías ni devengo de intereses de demora, aplicable a las deudas derivadas de autoliquidaciones mensuales o trimestrales cuyo plazo de presentación e ingreso en período voluntario finalice entre el 20 de abril y el 20 de julio de 2026.

Medidas fiscales en Navarra por las consecuencias económicas de la crisis en Oriente Medio

Medidas fiscales en Navarra por las consecuencias económicas de la crisis en Oriente Medio. Imagen de mapa de Oriente Medio desde el cielo

Para paliar los efectos negativos del conflicto surgido en Oriente Medio se han aprobado en la Comunidad Foral de Navarra ciertas medidas fiscales de carácter excepcional, con el objetivo de aportar seguridad jurídica, aliviar la carga tributaria y fomentar la transición energética como vía para reducir la vulnerabilidad externa de nuestra economía.

El 20 de abril de 2026 se ha publicado en el Boletín Oficial de Navarra, el Decreto Ley Foral 1/2026, de 15 de abril, por el que se adoptan medidas fiscales en la Comunidad Foral de Navarra en respuesta a las consecuencias económicas de la crisis en Oriente Medio. Entre estas medidas destacan ampliación de los plazos para materializar la reserva especial para inversiones o la exención por reinversión, la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas en el ámbito del IRPF y, en cuanto al ITPAJD, la introducción en la modalidad de TPO de la exención por la transmisión de los ahorros energéticos en el marco del sistema de los Certificados de Ahorro Energético (CAE)

En primer lugar, se establece una ampliación de los plazos para materializar la reserva especial para inversiones o la exención por reinversión. Así se amplía un año el plazo establecido en la Ley Foral del IS para materializar la exención por reinversión de beneficios extraordinarios, para aquellos contribuyentes cuyo plazo de reinversión finalice en el año 2026; y se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2027 el plazo para materializar el importe destinado a la Reserva especial para inversiones, para aquellos contribuyentes cuyo plazo de materialización termine entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027.

Medidas tributarias urgentes en Bizkaia como respuesta a la crisis en Oriente Medio

Medidas tributarias urgentes en Bizkaia como respuesta a la crisis en Oriente Medio. Imagen de un collage con un rio, monedas, industrias y documentos

Como respuesta a la incidencia de la crisis en Oriente Medio en la economía global, se han aprobado en Bizkaia ciertas medidas tributarias de carácter excepcional con el objetivo de paliar este impacto económico negativo producido sobre las actividades económicas afectadas.

El 20 de abril de 2026 se ha publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia, el Decreto Foral Normativo 1/2026, de 16 de abril, de medidas tributarias urgentes para responder a la crisis en Oriente Medio. En concreto, este texto trata el aplazamiento excepcional de deudas tributarias, la exoneración de pagos fraccionados en el IRPF, la amortización acelerada extraordinaria, las deducciones por creación de empleo, la modificación de la Norma Foral relativa al ITPAJD y la variación en las Tarifas y la Instrucción del IAE.

En su art. 1 relativo al objeto y ámbito de aplicación se expone como finalidad de esta norma la necesidad mitigar las tensiones financieras derivadas del conflicto bélico en Oriente Medio, así como impulsar en este contexto, que los contribuyentes del Territorio Histórico de Bizkaia puedan continuar realizando inversiones y creando empleo.

Gipuzkoa aprueba medidas tributarias urgentes ante el conflicto en el Estrecho de Ormuz

Gipuzkoa aprueba medidas tributarias urgentes ante el conflicto en el Estrecho de Ormuz. Imagen de una figura de un militar sobre el mapa de Oriente Medio

Como respuesta al conflicto en Oriente Medio y su incidencia en la economía global, se han aprobado en Gipuzkoa ciertas medidas tributarias de carácter excepcional con el objetivo de paliar este impacto económico negativo producido sobre las actividades económicas afectadas, en particular en el tejido industrial altamente consumidor de energía.

El 20 de abril de 2026 se ha publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, el Decreto Foral Norma 2/2026, de 14 de abril, de medidas para mitigar el impacto de la Crisis en Oriente Medio. En concreto, este texto trata el aplazamiento excepcional de deudas tributarias, la exoneración de pagos fraccionados en el IRPF, la amortización acelerada extraordinaria, las deducciones por creación de empleo, la modificación de la Norma Foral relativa al ITPAJD y la variación en las Tarifas y la Instrucción del IAE.

Procedimiento de compensación de los beneficios fiscales del IBI y del IAE correspondientes al ejercicio 2026, aprobados en el RDL 5/2026 por los daños causados por fenómenos meteorológicos en Andalucía y Extremadura

Procedimiento de compensación de los beneficios fiscales del IBI y del IAE correspondientes al ejercicio 2026, aprobados en el RDL 5/2026 por los daños causados por fenómenos meteorológicos en Andalucía y Extremadura. Imagen de una ciudad inundada

Procedimiento de compensación estatal por la aplicación de exenciones en el IBI y reducciones en el IAE durante 2026 derivadas de daños por fenómenos meteorológicos adversos, conforme a la Resolución de 14 de abril de 2026 dictada en desarrollo del Real Decreto-ley 5/2026 en municipios afectados de Andalucía y Extremadura.

Se ha publicado en el BOE el 20 de abril de 2026, la Resolución de 14 de abril de 2026, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, por la que se regula el procedimiento de compensación de los beneficios fiscales en las cuotas correspondientes al ejercicio 2026 del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y del Impuesto sobre Actividades Económicas, por los daños causados por las inundaciones y otros sucesos acaecidos en diferentes municipios de las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura. Estas medidas se adoptan en ejecución del Real Decreto-ley 5/2026, aprobado para hacer frente a los daños ocasionados por fenómenos meteorológicos adversos en municipios de Andalucía y Extremadura. Tiene como entrada en vigor el día 21 de abril.

Navarra establece medidas excepcionales de aplazamiento de deudas tributarias de IVA e IRPF para el primer trimestre de 2026 por la crisis en Oriente Medio

Navarra establece medidas excepcionales de aplazamiento de deudas tributarias de IVA e IRPF para el primer trimestre de 2026 por la crisis en Oriente Medio. Imagen de un calendario señalando el 15 de abril con las hojas de los impuestos a su lado

Se aprueba un régimen excepcional de aplazamiento sin intereses ni garantías de determinadas deudas tributarias correspondientes al IVA y a los pagos fraccionados del IRPF del primer trimestre de 2026 para contribuyentes que desarrollen actividades económicas con el objetivo de reforzar la liquidez empresarial ante el impacto económico derivado de la crisis internacional en Oriente Medio.

El 10 de abril de 2026 se ha publicado en el Boletín Oficial de Navarra la Orden Foral 34/2026, de 7 de abril, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se adoptan medidas de aplazamiento excepcional de deudas tributarias en la Comunidad Foral de Navarra en respuesta a las consecuencias económicas por la crisis en Oriente Medio, que tiene como fecha de entrada en vigor el día 11 de abril.

Mediante esta orden foral se aprueba un régimen extraordinario y temporal de aplazamiento de determinadas deudas tributarias como medida de respuesta ante el impacto económico derivado de la crisis en Oriente Medio.

En este escenario, la Administración Tributaria Foral considera necesario establecer una medida de apoyo dirigida a empresas y autónomos, con el objetivo de reforzar su liquidez a corto plazo.

Navarra modifica el IVA y el IVPEE para armonizarlos con las medidas fiscales estatales adoptadas por la crisis energética derivada del conflicto en Oriente Medio

Navarra modifica el IVA y el IVPEE para armonizarlos con las medidas fiscales estatales adoptadas por la crisis energética derivada del conflicto en Oriente Medio. Imagen del gas, petróleo haciendo meción al conflicto con Oriente Medio

Análisis del decreto foral legislativo de armonización tributaria de Navarra y de las medidas excepcionales en el IVA y el IVPEE para el ejercicio 2026, adoptadas en el marco del Convenio Económico con el Estado para hacer frente a la crisis energética mediante reducciones temporales de tipos impositivos, ajustes en la base imponible y la adaptación del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca con el fin de garantizar la homogeneidad normativa y la protección de consumidores y sectores económicos afectados.

En el Boletín Oficial de Navarra, se ha publicado el día 10 de abril de 2026, el Decreto Foral Legislativo 1/2026, de 1 de abril, de Armonización Tributaria, por el que se modifica el impuesto sobre el valor añadido y el impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, que tiene como entrada en vigor el 11 de abril.

El texto presenta la aprobación de un decreto foral legislativo de armonización tributaria en la Comunidad Foral de Navarra, cuya finalidad es adaptar el ordenamiento tributario foral a las modificaciones introducidas en la normativa estatal, en cumplimiento del sistema de coordinación establecido en el Convenio Económico entre el Estado y Navarra.

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