Los socios de una entidad de nueva creación que desarrollaron previamente la misma actividad habiendo aplicado el tipo reducido del 15% del IS, pretenden aplicarlo de nuevo
Enviado por Editorial el Lun, 01/06/2026 - 11:45Posible aplicación del tipo reducido del 15% en el Impuesto sobre Sociedades por una entidad de nueva creación dedicada a la promoción inmobiliaria constituida por sociedades vinculadas, condicionada a la inexistencia de transmisión previa de la actividad, ausencia de grupo mercantil y cumplimiento de los requisitos del art. 29.1 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
La consulta tributaria de la DGT V0066-26, de 20 de enero de 2026, se refiere a una sociedad limitada de reciente constitución dedicada a la promoción inmobiliaria. Esta entidad ha sido creada por cuatro sociedades limitadas unipersonales, cuyos titulares reales son dos hermanos, su padre y una cuarta persona sin relación de parentesco. Cada una de estas sociedades participa inicialmente en un 25% del capital social. No obstante, ya se prevé la entrada de nuevos inversores que aportarán financiación al proyecto, lo que supondrá una dilución de las participaciones iniciales, de forma que ninguno de los socios actuales superará el 25% del capital.
En el momento de constitución, ninguno de los socios aporta activos a la sociedad, limitándose su intervención a la financiación del proyecto. Tampoco existe un acuerdo entre los socios que permita a alguno de ellos ostentar el control o la mayoría de los derechos de voto. Asimismo, se indica que la actividad de promoción inmobiliaria ya había sido desarrollada con anterioridad por dos de los socios, quienes en su día aplicaron el tipo reducido del 15% previsto para empresas de nueva creación. La entidad no forma parte de un grupo mercantil en los términos del art. 42 del Código de Comercio.














