La realización de préstamos con el exceso de liquidez de la actividad comercial es una operación financiera (TS 01-07-2010)
Enviado por Editorial el Jue, 28/10/2010 - 13:08Sentencia de 1 de julio de 2010. En ella, este Tribunal analiza, en relación con las operaciones financieras que no constituyen actividad habitual del sujeto pasivo a efectos del cálculo de la prorrata general, el supuesto de utilización de los excesos de liquidez originados en la actividad comercial ordinaria de una entidad, como consecuencia de compra a proveedores a plazo y venta al contado, en préstamos de diversa especie, actividad de rápida rotación de los productos (utilización en prestamos a filiales, al Tesoro Público y a otras instituciones o entidades y compraventa de letras del Tesoro, operaciones todas ellas exentas según el artículo 20.Uno.18 de la Ley 37/1992), generando todo ello un 30 por ciento del beneficio social.